El TC declara inconstitucional la regulación de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades

El TC declara inconstitucional la regulación de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades

Ha estimado, por unanimidad, la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional

1 / 07 / 2020 16:59

Actualizado el 02 / 07 / 2020 10:03

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado, por unanimidad, la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional sobre la regulación de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades aprobada en septiembre de 2016 por el Gobierno de Mariano Rajoy mediante un Real Decreto-ley. 

Dicha norma introdujo una serie de modificaciones en el cálculo del pago fraccionado de las empresas con facturación superior a 10 millones de euros, para las que se incrementaba el importe del pago, fijándose para el mismo una cuantía mínima del 23% del resultado contable, sin otros ajustes, y del 25% para bancos y refinerías.

La Audiencia Nacional planteó esta cuestión de inconstitucionalidad ante el máximo tribunal de garantías de España el 14 de diciembre de 2018.

La sentencia del TC, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, se hará pública en los próximos días.

El Constitucional ha adelantado hoy que el Pleno aborda en primer lugar en la resolución la posible vulneración de los límites materiales del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre.

La Audiencia Nacional planteaba la vulneración del artículo 86.1 de la Constitución, ya que el Real decreto-ley no puede afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, entre los que se encuentra el «deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos» del artículo 31.1 de la Carta Magna.

Aplicando la doctrina constitucional sobre los límites de los reales decretos-leyes en el ámbito tributario, la sentencia razona que, por el tributo afectado, que es uno de los principales del sistema tributario español, y por la entidad de la modificación que se introduce en él, que alcanza a los elementos principales del pago fraccionado, se afecta al deber de contribuir.

La medida controvertida no incide en la cuantía final del impuesto, sino que se refiere a un pago a cuenta, pero el Tribunal enfatiza que afecta de forma sustancial a su cuantificación y lo hace respecto de las empresas de mayor tamaño que, aunque relativamente pocas en número, son las que aportan más de la mitad de la recaudación del impuesto.

Aunque la cuestión de inconstitucionalidad también planteaba la posible vulneración del principio de capacidad económica, el Pleno del TC no aborda esta tacha, al estimar el primer motivo sobre el uso del decreto-ley.

Por último, como en otras ocasiones, el TC declara que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en ella ni las decididas mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada (artículo 40.1 Ley Orgánica del Tribunal Constitucional), ni tampoco, en este caso concreto, por exigencia del principio de seguridad jurídica (artículo 9.3 de la Constitución), las consolidadas en vía administrativa por no haber sido impugnadas en tiempo y forma.

Noticias relacionadas:

El Constitucional desestima también el recurso de García-Page contra la ley de Amnistía

El recurso de amparo no suspende el plazo para reclamar un error judicial ante el Supremo

El TC digitaliza el recurso de amparo: un solo documento electrónico sustituirá al actual sistema en septiembre

Pino y Villarejo se atrincheran: ‘Kitchen’ fue legal y Rajoy los engañó a todos

Villarejo descarga toda la responsabilidad de la Kitchen en Rajoy y exime al ministro y al secretario de Estado

El Tribunal Constitucional avala la Ley de Vivienda y rechaza el recurso del Parlament de Cataluña

Lo último en Tribunales

Junta electoral central

Cuatro vocales de la Junta Electoral Central acusan a la mayoría de inacción ante el crecimiento del censo por la «ley de nietos»

santos cerdán

La UCO atribuye a Santos Cerdán 18.261 euros en ingresos en efectivo de origen desconocido

TOÑO SANCHÍS Y BELÉN ESTEBAN

475.571 euros: el TSJM confirma la condena a Toño Sanchís por el expolio a Belén Esteban

Mercedes González

Mercedes González asegura ante la Audiencia Nacional sentirse «víctima» de Santos Cerdán

negligencia médica mala praxis indemnización quemadura barriga

6.000 euros de indemnización por mala praxis: olvidaron una gasa quirúrgica que le provocó una infección vaginal y pérdida auditiva