La UEFA pilló con el carrito del helado al jeque propietario del Manchester City
El Manchester City, equipo propiedad del jeque Mansour bin Zayed, miembro de la familia real de Abu Dabi, había sido acusado de falsear sus cuentas haciendo pasar por ingresos de patrocinio dinero que no lo era, rompiendo así el «Fair Play Financiero» obligatorio. Foto: Dragan Tatic/Wikipedia.

El Manchester City salva su futuro: El TAS le levanta la sanción de dos años fuera de la «Champions»

14 / 07 / 2020 06:40

Actualizado el 14 / 07 / 2020 08:45

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en inglés) –el «Supremo» para todos los conflictos deportivos– ha eliminado la sanción de dos años fuera de la «Champions» y la «UEFA League» que la Unión Europea de Fútbol Asociaciones (UEFA) había impuesto al Manchester City, propiedad del jeque Mansour bin Zayed Al Nahyan, por incumplir el «Fair Play» (juego limpio) financiero.

El panel de árbitros del caso, compuesto por el alemán –y presidente–, Ulrich Haas, el portugués Rui Botica Santos, y el francés Andrew McCougall, celebró una vista en su sede de Lausanne, Suiza, que duró tres días, el 8, el 9 y el 10 de junio, a la que asistieron las partes, sus abogados, testigos y expertos propuestos para esa vista de apelación.

El pasado 14 de febrero, la Cámara Adjudicatoria del Órgano de Control Financiero del Club de la UEFA (CFCB, por sus siglas en inglés) había sancionado al Manchester City, por contravenir el Reglamento de la UEFA sobre licencias de clubes y juego limpio financiero, excluyéndolo de su participación en la Champions y en la UEFA League durante las dos próximas temporadas.

Además, le impuso una multa de 30 millones de euros.

ANULACIÓN PARCIAL DE LA SANCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA

Tras la vista de apelación, los tres árbitros del TAS han anulado parcialmente la sanción.

Reconocen que el Manchester City ha contravenido el artículo 56 del Reglamento de Licencia de Clubes y Juego Limpio Financiero, pero anulan la sanción de dos años sin jugar en Europa y reducen la multa de 30 a 10 millones de euros.

De acuerdo con el laudo –equivalente a una sentencia– del TAS, la mayoría de las supuestas infracciones denunciadas por la Sala de Audiencias de la CFCB no se probaron o prescribieron. 

El TAS entiende que la ausencia de cooperación del Manchester City en las investigaciones de la CFCB en torno a la ocultación deshonesta de los fondos de inversión colaboradores no era un argumento para imponer una sanción tan dura como excluir al equipo inglés de las principales competiciones europeas durante dos años.

«Sin embargo, considerando, primero, los recursos financieros del Manchester City, segundo, la importancia de la cooperación de los clubes en las investigaciones llevadas a cabo por la CFCB, a causa de su limitados medios de investigación; tercero, el desprecio del Manchester City por dicho principio y la obstrucción de las investigaciones, el Grupo Especial del TAS encuentra que se debería imponer una importante multa al Manchester City y se considera apropiado reducir la multa en 2/3, es decir, a 10 millones de euros», dice el comunicado del TAS.

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