La magistrada abre juicio oral a Sánchez Mato y Mayer por los informes del Open de Tenis
Sánchez Mato y Mayer en la Caja Mágica. Foto: Ayuntamiento de Madrid

La magistrada abre juicio oral a Sánchez Mato y Mayer por los informes del Open de Tenis

Por supuestos delitos de malversación y prevaricación 
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20/7/2020 14:05
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Actualizado: 20/7/2020 14:05
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La magistrada del Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid, Concepción Jerez, ha abierto juicio oral a los exconcejales del Ayuntamiento de Madrid Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer, así como a la exconsejera delegada de Madrid Destino Ana Valera, por supuestos delitos de malversación y prevaricación al presuntamente encargar informes por valor de 50.000 euros sobre el convenio para la celebración del Open de Tenis.

En un auto fechado a 17 de julio, la magistrada requirió a los acusados que en el plazo de un día prestasen «conjunta y solidariamente» una fianza de 56.900 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérseles, con el apercibimiento de que de no hacerlo «se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada».

Ratifica la libertad provisional para los tres, y designa a la Audiencia Provincial de Madrid como órgano competente para juzgar el caso.

Precisamente la Audiencia de Madrid desestimó el pasado enero los recursos interpuestos por ambos frente al auto de incoación de procedimiento abreviado.

La juez también señala que los supuestos de sobreseimiento, que alega la Fiscalía, «no concurren en el presente caso, debiendo resolver al mismo tiempo sobre las medidas cautelares procedentes, tanto respecto de la persona del acusado, como de los bienes de las personas eventualmente responsables civiles».

La magistrada estima la petición de las acusaciones particulares frente al criterio del Ministerio Público, proclive al archivo del caso.

Esta causa se abrió a raíz de una querella presentada en 2017 por el Grupo Municipal Popular (también denunció la asociación Transparencia y Justicia) contra ambos por supuestos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y un delito societario.

«Los querellados decidieron presentar la denuncia en la Fiscalía con los informes elaborados por los despachos de abogados elegidos por ellos para redactar la misma y que no realizaban un análisis completo de los informes que fundamentaban las decisiones adoptadas por los responsables del Ayuntamiento en la fecha en la que se firmaron los contratos y contra los que presentaban la demanda», recogía el auto de incoación de procedimiento abreviado.

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