El fiscal subraya que no se juzgan las ideas independentistas sino el delito cometido por la exMesa del Parlament
Los acusados en el banquillo frente al tribunal que presidió Javier Barrientos, presidente del TSJCat. Foto: Europapress.

El fiscal subraya que no se juzgan las ideas independentistas sino el delito cometido por la exMesa del Parlament

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25/7/2020 06:44
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Actualizado: 25/7/2020 00:53
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Pedro Ariche, teniente fiscal de la Fiscalía Superior de Cataluña, lo dejó claro, desde el minuto uno de su informe final sobre los cuatro separatistas exmiembros de la Mesa del Parlament, y la exdiputada de la CUP, Mireia Boya, que facilitaron la aprobación de las llamadas «leyes de desconexión» en los plenos del 6 y el 7 de septiembre de 2017: «Aquí no se están juzgando ideas ni ideologías.  Todas las ideas son legítimas siempre que no colisionen con el Código Penal».

«Esto no es un juicio político». Y añadió: «Ningún poder del Estado por encima del resto».

Los cinco han sido juzgados por un delito de desobediencia grave del artículo 410 del Código Penal en el tercer juicio sobre el caso «procés», después del celebrado en el Tribunal Supremo el año pasado por el que 9 ex dirigentes políticos fueron condenados a penas de 9 a 13 años, y el de la Audiencia Nacional, contra el mayor de los «Mossos d’Esquadra», Josep Lluis Trapero, y tres personas más.

Esta pieza fue desgajada de la que se juzgó en el Supremo y se envió a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para su enjuiciamiento, lo que sucedió a la largo de esta semana en la sede barcelonesa de ese órgano judicial.

Lo de Ariche fue el ABC de la legalidad. Los acusadosLluís Corominas (PDeCAT), Anna Simó (ERC), Ramona Barrufet (PDeCAT) y Lluis Guinó (PDeCAT, el único que aún es diputado), y la exdiputada autonómica por la CUP, Mireia Boyasabían que lo que estaban haciendo era ilegal y se hicieron los locos. 

Todos ellos sabían que tanto la ley del referéndum como la de transitoriedad jurídica eran ilegales porque desbordaban la Constitución.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de septiembre de 2017, suspendió la aplicación del Decreto 139/2017 de convocatoria del referéndum con las correspondientes advertencias personales sobre las posibles responsabilidades penales.  

El 19 de septiembre el mismo Pleno declaró nulas ambas leyes, de referéndum y de transitoriedad, y el 17 de octubre lo hizo mediante sentencia. 

Tanto los acuerdos de la Mesa de admisión a trámite como los acuerdos del Pleno, que incluyeron el debate y la votación de ambas leyes, suprimiendo los trámites esenciales del procedimiento legislativo eran nulos de raíz.

No podían argumentar que no lo sabían. Estaban obligados a cumplir la legalidad, pero no lo hicieron sino que aprobaron resoluciones y leyes «abierta y palmariamente» inconstitucionales, dijo el número 2 de la Fiscalía Superior de Cataluña.

Por ello, Aricha pidió un año y ocho meses de inhabilitación y multa de 30.000 euros para todos ellos. 

Las acusaciones; de izquierda a derecha, Juan Cremades, acusación popular por VOX; Beatriz Vicaíno, abogada del Estado; y Pedro Ariche, teniente fiscal de Cataluña. Foto: EP.

La abogada del Estado, Beatriz Vizcaíno, subrayó que Simó, Barrufet, Corominas, Guinó y Boya «se negaron reiteradamente a cumplir los mandatos del TC».

Al argumento de los acusados de que no recibieron ninguna notificación del tribunal, contestó que, como representantes públicos, igualmente estaban obligados a cumplir la leyes.

Juan Cremades, por Vox, coacusación popular, siguió la senda tanto del Ministerio Fiscal como de la abogada del Estado: todos ellos fueron «conscientes plenamente» de que se estaban saltando la Constitución. 

«INMUNIDAD PARLAMENTARIA»

Judit Gené, quien en la causa del «procés», en el Supremo, defendió a Mertixel Borrás, ex consejera de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda –condenada a una multa de 10 meses (60.000 euros) y a inhabilitación por 1 año y ocho meses–, representó a los miembros del PdeCAT.

Su línea de defensa fue que no tramitaron las iniciativas parlamentarias para desobedecer al TC sino a favor del derecho a la participación política, «en defensa del Parlament y de la legitimidad de los diputados, los grupos parlamentarios y de las personas que votaron la composición de este órgano legislativo».

No negó, Gené, que el Constitucional es el máximo órgano que interpreta la Constitución, pero –desde su punto de vista–, este órgano no puede prohibir el ejercicio de los derechos fundamentales del Parlament protegidos por la inviolabilidad parlamentaria». 

El abogado de Simó, Raimon Tomàs, defendió que la exdiputada actuó siempre de acuerdo al reglamento del Parlament, y criticó «el derecho de participación política estaría vacío de contenido si los representantes de la ciudadanía no pueden determinar el contenido de las iniciativas que presentan».

Pudiendo saltarse la Constitución si les viene en gana, en consecuencia.

Por su parte, el abogado de Mireia Boya, Carles López, se abonó a la idea del juicio político y de que la exdiputada de la CUP había sido acusada «por ejercer como tal e intentar llevar a cabo su programa electoral».

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