¿Qué es y en qué consiste la doctrina Miranda, que aplican los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado?
Pepe Viyuela y Rubén Cortada protagonizaban la serie de televisión Olmos y Robles, que tenía muy presente la doctrina Miranda.

¿Qué es y en qué consiste la doctrina Miranda, que aplican los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado?

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El teniente de la Guardia Civil, Agustín Robles, y el cabo, Sebastián Olmos, los protagonistas de la serie de televisión «Olmos y Robles» aplicaban la «doctrina Miranda» cada vez que tenían que detener a un delincuente.

Al igual que todos los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. ¿En qué consiste?

Aquí se lo contamos.

«Tiene derecho a guardar silencio, no declarando si no quiere.

Tiene derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.

Tiene derecho a un abogado.

Tiene derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee que ha sido detenido», esto es lo que repiten cuando hacen una detención.

Seguro que les parecerá familiar. Porque la han visto y oído repetirse una y otra vez en las películas.

Pues sepan que, en lo que atañe a España, no es un recurso aparente de los guionistas sino una obligación reconocida tanto en la Constitución como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Lo que seguro que no saben es que es el resultado de una doctrina judicial, concebida en Estados Unidos, la llamada «doctrina Miranda». Conocida en ese país como la «Miranda Warning».

¿Y cómo nació?

Caso Miranda v. Arizona

Ernesto Miranda era un hispano estadounidense que fue detenido en Phoenix, estado de Arizona, en 1963.

Fue acusado de robar 8 dólares a un empleado de banca a punta de pistola. Para obtener su confesión los policías se condujeron de forma muy amigable, pero sin advertirle de su derecho a permanecer en silencio y su derecho a un abogado. Sin advertirle de la trascendencia que sus palabras podían tener para su propio futuro.

Entonces aquello no se estilaba.

Miranda confesó no sólo el robo a mano armada, sino que reveló que había cometido, once días atrás, dos delitos mucho peores: el secuestro y la violación de una joven de 18 años.

A consecuencia de aquello, con su propia confesión como principal prueba de cargo, Miranda fue condenado a 20 años de cárcel por el secuestro y a 30 por la violación.

Sin embargo, aquel, que parecía un parecía un caso más, estaba llamado a hacer historia en el mundo de la Justicia.

Derechos fundamentales del detenido

John Frank y John Flynn, dos abogados defensores de los derechos civiles, asumieron la defensa de Miranda en el proceso de apelación ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Su argumento fue que a Ernesto Miranda nunca se le leyeron, y mucho menos, le explicaron sus derechos.

Nadie le dijo que podía permanecer en silencio ni que tenía derecho a un abogado.

Según sus defensores, se había vulnerado la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Especialmente lo relativo a su derecho a permanecer en silencio.

En España, estos derechos están contemplados en el artículo 17.3 de la Constitución.

El Tribunal Supremo estadounidense dio finalmente la razón a la defensa del hispano en el histórico caso Miranda contra Arizona.

Se anuló la condena, dando lugar a la doctrina Miranda, que todos los policías del mundo democrático han asumido como propia y que aplican desde entonces. Los agentes estadounidenses cuando se preguntan si le han leído sus derechos al detenido suelen utilizar esta fórmula: «¿Lo has mirandizado?».

«Tiene derecho a permanecer en silencio…»

A Miranda, sin embargo, la violación no le salió gratis.

El Estado de Arizona abrió un nuevo juicio contra él, poco tiempo después, por los mismos delitos.

Como no podían utilizar su confesión, el fiscal se valió del testimonio de un testigo muy cercano a Ernesto Miranda: La mujer con la que convivía y a la que le había contado toda la verdad.

Miranda fue nuevamente condenado a las mismas penas, de 20 y 30 años de cárcel.

Cuando había cumplido once años, recibió el tercer grado y recuperó la libertad. Murió poco tiempo después, de un navajazo, en el curso de una pelea de bar.

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