Las empresas empiezan a acogerse a los ‘ERTE de rebrote’ ante el aumento de contagios
Apple ha anunciado el cierre temporal de sus tiendas en Madrid ante el aumento de contagios.

Las empresas empiezan a acogerse a los ‘ERTE de rebrote’ ante el aumento de contagios

De momento solo estarán vigentes hasta el 30 de septiembre
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26/8/2020 06:52
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Actualizado: 26/8/2020 00:16
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El incremento de rebrotes de coronavirus está poniendo en peligro la actividad de muchas empresas. Una multinacional como Apple ya ha anunciado el cierre de sus tiendas de la capital de España ante el elevado número de contagios que se computan en Madrid.

En este escenario, desde los ministerios de Trabajo y el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se han intensificado los llamamientos a que los empresarios que se vean obligados a interrumpir parte de su operativa por las nuevas restricciones se acojan a los denominados ‘ERTE de rebrote‘.

En concreto, esta figura se encuentra regulada en la disposición adicional 1.2 del Real Decreto-ley 24/2020, 26 de junio, que establece una serie de exenciones en la cuota de la Seguridad Social de los trabajadores afectados. En aquel momento el país salía del estado de alarma.

En concreto, si se trata de una pyme de menos de 50 trabajadores la exención se eleva al 80% para aquellos que sean incluidos en el ‘ERTE de rebrote’ y del 60% para los trabajadores que sigan activos.

Para las empresas con más de 50 empleados, las exenciones son del 60% para los que estén inactivos y del 40% para los activos o no incluidos en el ERTE. Curiosamente estas ayudas son más generosas porque con la prórroga a septiembre de los ERTE de fuerza mayor las ayudas se han reducido.

En este sentido, la ministra de Trabajo Yolanda Díaz ha destacado que se trata de «un mecanismo desarrollado para proteger a las personas trabajadoras y empresas en esta crisis sanitaria».

A través de las redes sociales, Trabajo ha indicado que este tipo de ERTE se tramita por el procedimiento de fuerza mayor ordinario. De manera que las empresas afectadas deben enviar una solicitud a la autoridad laboral competente y solicitud de prestaciones al Ministerio de Trabajo.

Una medida a tener en cuenta

Para Ana Gómez, socia de Ceca Magán y presidenta de la Asociación Nacional de Laboristas (ASNALA), esta medida indica que “la situación se ha agravado y es posible que algunas empresas tengan que acudir a esta figura nueva del ERTE de rebrote si tienen que interrumpir su actividad. A priori, su tramitación parece más sencilla que el ERTE tradicional”.

En su opinión “es una ventaja que ya se regulase en junio. Se puede acoger una empresa que no estuviera en ERTE aún o una que se haya recuperado y que tuviera que cerrar de nuevo ante este escenario. El único requisito que se plantea es que hay que suspender la actividad por nuevas medidas de contención que la empresa debe instalar”, apunta Gómez.

Revela que “son ERTES muy ágiles, solo hay que pedir autorización a la autoridad laboral, no hay que negociar nada con los trabajadores, como así lo indica el propio Real Decreto ley que lo regula. El ERTE por fuerza mayor se resuelve en cinco días. Pero hay que darse cuenta que su vigencia están para el 30 de septiembre”.

Ana Gómez, socia de Ceca Magán y presidenta de la Asociación Nacional de Laboristas (ASNALA).

Esta experta recuerda que “la utilidad de estos ERTE de rebrote habrá que verla sobre la marcha. Para empresas que no hayan desafectado aún a todos sus trabajadores de un ERTE de fuerza mayor, no parece que vaya a servirle mucho”.

Gómez recuerda que “el ERTE es una medida de mantenimiento del empleo, pero no a costa de cualquier precio. La exención de materia de cotizaciones es más generosa, sin embargo, las empresas deben conocer todos los riesgos colaterales que tiene un ERTE. Desde marzo todavía hay empresas en ERTE, con el compromiso de mantener ese empleo a cambio de esas ayudas públicas”.

Restricciones que generan menos negocio

En opinión de Ana Ercoreca, inspectora de trabajo y seguridad social, “es un instrumento bien concebido porque la permite a la empresa adaptarse a cualquier escenario mercantil y a los cambios que se producen en las comunidades autónomas

«En Aragón, ahora en fase 2 de desescalada, hay muchas empresas que han tenido que adecuar el tamaño de su negocio y mejorar las medidas higiénicas. Eso hace que las empresas puedan acogerse al ERTE de rebrote”, explica.

En este sentido, señala el caso de un restaurante aragonés que ha tenido que acogerse al ERTE de rebrote. «Esta empresa solicitó en su día un ERTE, pero renunció a él porque ya no tenía causa y podía recuperarse. Sin embargo, el retroceso de Aragón obliga a solicitarlo. La forma de pedirlo es similar al ERTE de fuerza mayor. Se solicita a la autoridad laboral y ésta pide informe a la inspección de trabajo en cinco días”.

Junto con ello se hace una solicitud colectiva al “propio SEPE indicando los trabajadores afectados y la medida que se solicita. Si realmente estamos hablando de una suspensión laboral o de una reducción de jornada”, aclara Ercoreca.

Ana Ercoreca, inspectora de trabajo y seguridad social.

En la actualidad hay Comunidades autónomas, como la valenciana, que han publicado una instrucción que respalda la concesión de ERTE de rebrote a aquellas empresas que se vean afectadas por medidas autonómicas que frenen el negocio.

Las exoneraciones son mayores que las del ERTE de fuerza mayor pudiendo llegar al 80% de las cotizaciones de la Seguridad Social”.

Un mal menor

Por su parte, Daniel Toscani, profesor de derecho laboral y Seguridad Social de la Universidad de Valencia, considera que “los ERTE como medida colectiva son el mal menor, por así decirlo, pero la tramitación por las empresas y por el SEPE se ha demostrado ser lento y mal, pasa a desempleo a trabajadores que no se les ha acabado el contrato de trabajo y traslada a las arcas públicas el mantenimiento de trabajadores que no está claro que no puedan trabajar”.

“A mi modo de ver sería más eficaz articular medidas individuales como ayudas a las empresas y a los autónomos para poder hacer frente a la situación actual o para contemplar las necesidades individuales de conciliación de los trabajadores”.

Daniel Toscani, profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia.

“Por ejemplo, permisos retribuidos de las empresas o bajas médicas para el supuesto de que a los hijos se les envíe a casa por cuarentena o porque se cierre el centro educativo, posibilidades de los trabajadores de cambiar horario, jornada o turno para poder hacer frente a estas situaciones, permisos retribuidos o recuperables a medio plazo”, señala este jurista.

Toscani cree que “es mejor apostar por la flexibilidad laboral. Más medidas de teletrabajo y horario flexible, por ejemplo, la posibilidad de trabajar por objetivos y reducir la jornada, 3 o 4 días a la semana siempre que se llegue a los objetivos marcados y hacer el horario sobre la marcha antes que tener que cumplir sí o sí con un horario fijo y predeterminado”, concluye.

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