El teniente fiscal del Supremo considera innecesario convocar a la Junta de Fiscales de Sala para pronunciarse sobre las querellas contra el Gobierno
Luis Navajas, teniente fiscal del Tribunal Supremo, ha asumido en sus manos la respuesta que va a dar la Fiscalía a las 51 querellas y denuncias interpuestas contra el Gobierno en el Supremo.

El teniente fiscal del Supremo considera innecesario convocar a la Junta de Fiscales de Sala para pronunciarse sobre las querellas contra el Gobierno

|
05/9/2020 06:50
|
Actualizado: 05/9/2020 10:21
|

El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, ha informado que no va a convocar a la Junta de Fiscales de Sala para fijar una respuesta ante las 51 denuncias y querellas interpuestas contra el Gobierno socialista por su gestión de la pandemia. 

De acuerdo con la respuesta enviada a la Asociación de Fiscales, será él mismo, asistido por fiscales especialistas de su confianza y la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado –que dirige Álvaro García, número dos de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado–, el que valore los hechos denunciados y quien tendrá la última palabra sobre la postura a adoptar por el Ministerio Público.

Las querellas y denuncias han sido presentadas por miles de familias de víctimas de la pandemia por COVID-19, sindicatos médicos, sindicatos de funcionarios, asociaciones de consumidores o partidos políticos, como VOX.

Navajas argumenta que, desde que es teniente fiscal del Supremo –2015– es él quien lleva las causas especiales, por normas de reparto. 

La fiscal general del Estado se entiende que tácitamente se ha abstenido del caso –aunque no ha habido ningún acto formal– por su relación con un Gobierno de la misma naturaleza ideológica del que ella formó parte como ministra de Justicia.

Dentro de la Fiscalía del Supremo hay voces que consideran que es un asunto de gran importancia por lo que lo más lógico sería que fuera la Junta de Fiscalesde Sala la que, mediante el debate, fijara la postura del Ministerio Público.

De acuerdo con el artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, «el fiscal general del Estado podrá impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos. Cuando dichas instrucciones se refieran a asuntos que afecten directamente a cualquier miembro del Gobierno, el fiscal general deberá oír con carácter previo a la Junta de Fiscales de Sala».

Por ello se planteaba que Navajas recabara la opinión de los componentes del Ministerio Público del Supremo de la Sala de lo Penal cuya categoría es equivalente a la de los magistrados del Alto Tribunal. 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales