González-Cuéllar y Sanz de Bremond: "La gran revolución de la nueva LECRim sería que el acusado declare al final del juicio"

González-Cuéllar y Sanz de Bremond: «La gran revolución de la nueva LECRim sería que el acusado declare al final del juicio»

13 / 09 / 2020 01:30

Actualizado el 30 / 09 / 2020 13:56

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Nicolás González-Cuéllar y Jaime Sanz de Bremond, dos grandes abogados penalistas, opinan que la gestación del proyecto de nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRim) que la comisión encargada entrego el miércoles pasado al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo –de la que no se conoce su contenido, todavía– tendría que entrañar un cambio radical en la celebración de los juicios: el acusado debería declarar el último.

«La gran revolución de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal sería que el acusado declare al final de juicio. La estructura actual es uno de los últimos vestigios del sistema inquisitivo«, coinciden González-Cuéllar y Sanz de Bremond.

Actualmente primero declara el acusado, luego los testigos aportados por la acusación, luego los de la defensa, a continuación los peritos que da paso a la prueba documental y a los informes finales. Después de esto, el acusado tiene derecho a decir la última palabra.

«Don Manuel Alonso Martínez, el ministro de Gracia y Justicia, autor de la vigente LECRim, que data de 1882, en ningún artículo dice que el acusado tenga que declarar el primero. Es una costumbre, un vestigio del sistema inquisitivo que, por inercia y comodidad, se ha continuado aplicando, pero que no tiene ninguna base legal«, afirma González-Cuéllar, catedrático de derecho procesal penal de la Universidad de Castilla-La Mancha.

«Lo que viene a decir la LECRim, referido al procedimiento ordinario, es que rechazada la posibilidad de evitar el juicio mediante una sentencia de conformidad, el acusado debería poder quedarse sentado hasta que, finalizada la prueba, decidiera eventualmente responder a las preguntas que pudiera hacerle su defensa y la acusación (que lógicamente tendría derecho a efectuar repreguntas ante las contestaciones del acusado a su abogado)», precisa.

De acuerdo con Sanz de Bremond, uno de los especialistas reconocidos en tribunales del jurado, «esta es una oportunidad que no podemos permitir que pase. La estructura actual supone una vulneración clara y evidente del derecho de defensa. Porque el acusado está indefenso. Lo lógico es que escuche primero a los que le acusan y ver las pruebas que aportan para poder responder, o callar, porque es su derecho«.

«Es algo que algunos tribunales españoles ya lo están haciendo. Están permitiendo que el acusado declare después de escuchar a los testigos y peritos. Me consta que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia lo está haciendo así, por ejemplo», señala.

«Y esto no es alienígena al sistema jurisdiccional español pues en los juicios de delitos leves, lo que antes eran juicios de faltas, está establecido que primero declara el denunciante, luego los testigos y, por último, el denunciado. ¿Depende del delito que se cometa que el acusado tenga unas garantías u otras? No tiene sentido«, subraya.

EL ACUSADO, DEBE ESTAR SENTADO JUNTO A SU ABOGADO EN EL JUICIO

Los dos juristas también coinciden en la necesidad de que el acusado se siente con su abogado, como ya sucede en los juicios con jurado: debe generalizarse a todo el orden penal. 

«El contacto entre el abogado y su cliente a lo largo de todo el juicio debe ser estrecho y constante. No tiene sentido que continúe sentado a cuatro o cinco metros de distancia, en el banquillo de los acusados. Debe poder comunicar en todo momento con su letrado porque lo que está en juego es lo más preciado: su libertad», afirma González-Cuéllar.

Una opinión que suscribe Sanz de Bremond: «Hay ocasiones, durante el juicio, en que una indicación de tu cliente, ante la afirmación de un testigo importante, puede cambiar el resultado final. También esta distancia, en los juicios que no son de jurado, suponen otra vulneración del derecho de defensa, establecido en el artículo 24 de la Constitución».

EL MINISTRO DE JUSTICIA HA PROMETIDO QUE LA COMUNIDAD LEGAL TENDRÁ SU PALABRA EN LA NUEVA LECRIM

La futura LECRim va a nacer sobre la base del Anteproyecto que se elaboró en 2011, cuando Fran Caamaño era titular de Justicia, y que no vio la luz debido al adelanto electoral, en 2011, y a la consiguiente victoria del PP sobre el PSOE; y el del proyecto de código procesal penal que en 2013 llevó a cabo el PP; Alberto Ruiz Gallardón estaba, entonces, al mando de Justicia.

El producto de la fusión de ambas, realizada por una comisión de diez juristas bajo la presidencia del magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, Juan José López Ortega, con las novedades que se hayan querido incluir, es lo que recibió Campo esta semana.

Según el ministro, su objetivo es someter el texto a todos los colectivos interesados para que participen en el «necesario proceso de transformación de nuestra justicia penal”.

“Nuestra intención es que sus propuestas se vean reflejadas en el texto que se presente finalmente a las cámaras”, explicó el miércoles, insistiendo en que “dada la envergadura e importancia del proyecto, es fundamental concitar un gran consenso, algo que solo será posible desde la participación de todos”.

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