El TAS invalida la suspensión de la Liga de Fútbol profesional de Camerún acordada por la Federación de Fútbol
Sede del TAS, por sus siglas en francés, Tribunal de Arbitraje Deportivo, que tiene su sede en Lausana, Suiza.

El TAS invalida la suspensión de la Liga de Fútbol profesional de Camerún acordada por la Federación de Fútbol

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16/9/2020 06:40
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Actualizado: 15/9/2020 23:04
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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), con sede en Lausana, Suiza, restableció ayer, en apelación, los derechos de la Liga de Fútbol Profesional del Camerún con toda su plenitud –en particular los relacionados con la organización de los campeonatos de fútbol profesional en ese país– a partir del 18 de octubre del año pasado.

Los derechos  de la Liga habían sido suspendidos por la Mesa del Comité Ejecutivo de la Federación Camerunesa de Fútbol (FECAFOOT) por «violación grave y reiterada de sus obligaciones» el 22 de agosto de 2019.  

El TAS, en su laudo arbitral, declaró ilegal dicha suspensión, admitiendo parcialmente la apelación de la Liga del Camerún desde la mencionada fecha del 18 de octubre de  2019.

El conflicto tuvo su origen en julio de 2019 cuando el examen y la aprobación de ciertas enmiendas a los Estatutos de la Liga y a la Convención entre la FECAFOOT y la Liga dieron lugar a tensiones entre ambas partes.

Esto condujo a la Mesa del FECAFOOT de suspender los derechos de la Liga el 22 de agosto citado.

Su Comité Ejecutivo confirmó dicho acuerdo el 3 de septiembre de 2019 y creó un Comité Técnico de Transición que asumió las competencias de la Liga.

El 18 de octubre de ese año, la Cámara de Conciliación y Arbitraje del Comité Olímpico y Deportivo Nacional del Camerún declaró inadmisibles las solicitudes de conciliación y arbitraje de la Liga por no haberse agotado los recursos internos en la FECAFOOT.

Cuatro meses más tarde, el 19 de febrero de 2020, la Liga interpuso un recurso de apelación ante el TAS contra la decisión de suspensión tomada contra por el Comité Ejecutivo de la FECAFOOT.

El 6 de agosto de 2020 se celebró una audiencia por videoconferencia en la que se escucharon las partes y sus representantes.

El único árbitro del TAS a cargo de este caso concluyó que la decisión de suspender la Liga debía considerarse ilegal, en particular porque no había sido confirmada válidamente por la Asamblea General de la FECAFOOT celebrada el 17 de octubre de 2019.

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