Caso Palau: Millet debe ingresar en prisión antes del 25 de junio a pesar de pedir el indulto
El expresidente del Palau de la Música Fèlix Millet, el que fuera su mano derecha, Jordi Montull, y su hija Gemma, en la última sesión del juicio. Imagen: Pool.

Gemma Montull no entrará en prisión por el caso Palau

La Audiencia de Barcelona le ha suspendido la pena de prisión por pagos mensuales y trabajo social

16 / 10 / 2020 18:39

Actualizado el 16 / 10 / 2020 18:45

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La Audiencia Provincial de Barcelona ha suspendido la ejecución de la pena de prisión de cuatro años a la exdirectora financiera del Palau de la Música, Gemma Montull.

El tribunal de la Sección Décima que juzgó el ‘caso Palau’ ha acordado, por mayoría, suspenderle la pena de cárcel por un período de cinco años e imponerle una serie de condiciones: no delinquir durante los cinco años de suspensión, un año de trabajos en beneficio de la comunidad, y abonar mensualmente 500 euros a partir de noviembre para sufragar la parte de la condena de 1,5 millones de euros que le corresponde, que es conjunta y solidaria con el expresidente del Palau de la Música Felix Millet y con su padre, Jordi Montull.

Estos dos últimos han sido condenados a pagar una responsabilidad civil de 24.359.427,27 euros.

El auto, dictado ayer y notificado hoy, lo firman los magistrados Montserrat Comas D’Argemir Cendra (presidenta y ponente ), José Antonio Lagares Morillo y Vanesa Riva Aniès.

Contra esta resolución cabe recurso de súplica. 

El fallo no ha sido unánime. Cuenta con el voto particular de Morillo.

El tirbunal señala que Gemma Montull cumple los presupuestos fijados en la ley para suspender la pena de prisión, ya que no tiene antecedentes penales y no ha vuelto a delinquir, por lo que «no existe un pronóstico de reincidencia», y sus penas, individualmente por delito, no superan los dos años de cárcel.

También justifica que ya han pasado 11 años desde que cometió el delito y por eso la sentencia recoge el atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento judicial, y Gemma Montull tiene también un atenuante por confesión.

Sin embargo, el tribunal argumenta que los hechos por los que fue condenada son graves y añade que «los bienes jurídicos quebrantados son importantes con una gran repercusión social e institucional, y con perjuicios económicos muy elevados para las entidades del Palau de la Música».

El tribunal apercibe a Gemma Montull que en caso de cometer un delito en el periodo de suspensión fijado, o el incumplimiento de tres de los plazos fijados como pago de la responsabilidad civil vinculados a esta suspensión, o el incumplimiento grave y reiterado de la realización de los 365 días de trabajos en beneficio de la comunidad, se revocará la suspensión de la ejecución de la pena acordada y se ordenará el cumplimiento en centro penitenciario de las penas privativas de libertad hoy suspendidas.

VOTO PARTICULAR

El magistrado Lagares Morillo ha emitido un voto particular en el que destaca la gravedad de los hechos.

Según señala, «pueden ser considerados como el mayor expolio que se ha llevado a cabo a lo largo de la historia reciente contra el patrimonio cultural catalán», y recuerda que Gemma Montull dificultó al inicio de la investigación un registro en las oficinas del Palau, de donde retiró un USB con contabilidad falsa.

Por ello, considera que no se debería suspender la pena de prisión y discrepa de la interpretación del resto del tribunal sobre las circunstancias para otorgar esta previsión extraordinaria.

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