El juez rechaza la petición de celebrar partidos los viernes y lunes y emplaza de nuevo a LaLiga y a la RFEF a negociar
El juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid ha desestimado íntegramente la solicitud de LaLiga para que se mantuvieran las medidas cautelares adoptadas por la Audiencia Provincial de Madrid, lo que permitiría celebrar partidos al margen del calendario oficial. Foto: EP.

El juez rechaza la petición de celebrar partidos los viernes y lunes y emplaza de nuevo a LaLiga y a la RFEF a negociar

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20/10/2020 13:38
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Actualizado: 20/10/2020 13:38
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El juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha rechazado la solicitud de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP) para que se permita celebrar partidos de fútbol de Primera y Segunda División al margen del calendario oficial de sábados y domingos, es decir, los viernes y lunes.

El titular del juzgado Andrés Sánchez Magro emplaza a LaLiga y a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) a coordinarse «de buena fe» para la celebración de encuentros los viernes y los lunes, como ya estableció en la sentencia que puso fin a este procedimiento y que se hizo pública en el pasado mes de mayo.

Tras el examen completo de las actuaciones que llevó a cabo en la resolución y el nuevo estudio que ha realizado ahora en relación con la solicitud de mantenimiento de las medidas cautelares por parte de LaLiga, el juez no comparte la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, ya que, a su juicio, se trata de «un examen indiciario y parcial» de medidas cautelares, que no entra al fondo de «una cuestión jurídica compleja».

En el auto, con fecha del pasado miércoles y contra el que cabe recurso de apelación, el magistrado insiste en que «la legislación deportiva estatal aplicable exige una preceptiva coordinación entre LaLiga y la RFEF, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo».

Una cuestión que, además, «en modo alguno ha sido modificada por el Real Decreto-ley 5/2015, a pesar de los continuos esfuerzos de LaLiga por realizar una interpretación que no tiene ningún sustento jurídico-normativo y que además ha avalado con sus propios actos al suscribir convenios de coordinación en los años 2010, 2014 o incluso con posterioridad a la entrada en vigor del referido Real Decreto-ley donde expresamente ha acordado con la RFEF la disputa de partidos fuera de la jornada oficial».

Recuerda que la coordinación, como exige la legislación y jurisprudencia, «trata de dar coherencia a la organización de las competiciones futbolísticas profesionales».

Frente a lo que sostiene la Audiencia Provincial en el auto de 1 de junio de 2020, esa coherencia para la disputa de partidos los viernes y los lunes, fuera del concepto de jornada oficial, «exige un acuerdo entre las partes, tal y como viene aconteciendo al menos desde el año 2010 y hasta el año 2019, para que se coordine el interés del futbol profesional con el interés del fútbol no profesional que, según afirma la representación letrada de la RFEF, se cifra en casi un millón de licencias deportivas».

«Ninguna medida de presión por parte de la RFEF»

Subraya que «ninguna medida de presión de la RFEF hacia LaLiga se apreciaba ni se aprecia por este juzgado sino más bien todo lo contrario, predisposición a negociar desde la buena fe para alcanzar un acuerdo satisfactorio para todo el futbol español».

Destaca que ambas partes «han mostrado sobradamente su capacidad para negociar y para alcanzar acuerdos. En esencia, esa necesidad de respetar el principio de coordinación en la organización de la competición debe llevar a LaLiga y a la RFEF a negociar de buena fe, con ánimo de alcanzar acuerdos y partiendo de unas posturas razonables en el más amplio sentido de la palabra».

El magistrado afirma que «si han de actuar en coordinación eso implica lógicamente que no pueden actuar unilateralmente, sino que la base de su actuación debe ser el acuerdo en esas materias relativas a la organización de la competición».

En este sentido, agrega que «si LaLiga no puede olvidarlo, menos aún la RFEF por su propia posición institucional, que debe llevarle a facilitar en la medida de lo posible el buen fin de la competición, que siendo organizada por LaLiga exige su decisiva participación. Es, sin duda, una responsabilidad de primer orden».

«Ya no es solo que estas reflexiones vengan a suponer nuevamente, tal y como se realizó en el Auto de 9 de agosto y en la Sentencia de 27 de mayo, una admonición o un consejo por parte de este juzgador, sino que en realidad se trata de constatar una exigencia legal: RFEF y LaLiga deben negociar de buena fe», concluye.

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