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Lo pagaremos (de pandemias y sumisos)

Lo pagaremos (de pandemias y sumisos)
El autor de la columna, Antonio García Noriega, es abogado y doctor en derecho constitucional. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.
27/10/2020 06:45
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Actualizado: 26/10/2020 20:40
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Cuando una ley no sirve para su fin, se modifica, pero no se vulnera. O el Estado de Derecho queda a beneficio de inventario.

Me uno a los columnistas que, en Confilegal, vienen manifestando su sorpresa no por la promulgación de medidas restrictivas de derechos fundamentales sino por la falta de cobertura jurídica de las mismas, e incluso por su notoria inconstitucionalidad, y por la general sumisión ante todo ello.

En sólo ocho meses, hemos consentido nuestro virtual arresto domiciliario general, la limitación de los derechos de reunión, de circulación y de expresión, hasta asumir incluso el toque de queda, figura propia y exclusiva del estado de excepción y del de sitio (¿estamos locos?) y la modulación de nuestra intimidad domiciliaria; todo ello, saltándose las leyes garantes vigentes.

Hemos aceptado que los derechos fundamentales se suspendan por decreto o, peor aún, por orden ministerial e incluso por bando de alcaldía: el colmo del despropósito.

No entro en la eficacia sanitaria de esas medidas, que no estoy capacitado para valorar (lo que no impide que, por sentido común elemental, algunas me parezcan soberanas estupideces), pero me estremece la facilidad con que, con sólo invocar genéricamente la falaz oposición entre salud y libertad, se acepte el sacrificio indiscriminado de ésta y la quiebra del sistema de garantías del Estado de derecho.

Me aterra no tanto el regodeo del Poder político -nacional y autonómico- en la prostitución del sistema, cuanto la inoperancia de los contrapesos constitucionales cuando han sido puestos a prueba, por primera vez, en una crisis real y grave.

Del Gobierno, poco podemos extrañarnos, cuando alguno de sus principales integrantes viene impartiendo conferencias en las que deja claras su legitimación del asalto al Poder y la relatividad del Estado de derecho.

Más decepcionante, por imprevisto, ha sido que el pánico de algunos políticos autonómicos los haya llevado a aplaudir, primero, y a adoptar ellos mismos, después, medidas restrictivas de derechos fundamentales sin base legal y con desenfadada vulneración del principio de jerarquía normativa.

EL CONTROL PARLAMENTARIO FALLÓ

Falló, también, la primera barrera de control: el parlamentario.

Es inconcebible que partidos con experiencia dejasen pasar normas ómnibus despreciativas de una mínima buena técnica legislativa; que convalidasen decretos-leyes en los que se vulneraba el artículo 86.1 de la Constitución Española por interferencia en derechos fundamentales, o que remitían a reglamentos de baja jerarquía la regulación de materias amparadas por reserva de ley.

La Oposición consintió, pro estado de alarma, medidas impropias de éste y que no tienen cobertura en su Ley Orgánica reguladora, la LO 4/1981.

Al convalidar los decretos-leyes, el Parlamento no sólo apoyó el flagrante uso inconstitucional de la alarma, en detrimento de la figura procedente –el estado de excepción- sino que renunció a su rol institucional de garante del sistema de libertades, puesto que la diferencia orgánica principal entre los estados de alarma y excepción no se contrae al catálogo de derechos respectivamente afectable  sino a que la alarma la administra el Ejecutivo y la excepción, el Parlamento. Éste nos dejó a los pies de los caballos.

EL PODER JUDICIAL FALLÓ, INICIALMENTE

Falló inicialmente el Poder Judicial, cuyas primeras resoluciones obviaron que su labor no es favorecer el cumplimiento del fin -por legítimo que sea- de las disposiciones ejecutivas, sino fiscalizar la legalidad y la constitucionalidad de éstas.

Digámoslo claro: magistrados a quienes se pidió que proclamasen la improcedencia de medidas vulneradoras de derechos fundamentales, se achantaron y fallaron primando la razón de Estado: el fin, ya vemos, justifica los medios.

Pero, el daño que han hecho al sistema democrático podría ser irreparable. Afortunadamente, el paso de los meses ha venido mostrando una mayor sensibilidad judicial ante el incumplimiento de las reglas de juego del Estado de derecho.

La mayoría de los Tribunales Superiores de Justicia y algunos juzgados han reaccionado y están fallando actualmente en protección del sistema de garantías y de los derechos individuales, parando los desmanes gubernativos.

Y LA FISCALÍA Y LA ABOGACÍA INSTITUCIONAL

Falló la Fiscalía, de la que es triste que su pasividad no decepcionó, simplemente, porque no se esperaba nada de ella en cuanto a la puesta en juego del párrafo final del artículo 55.2 CE.

Falló la momificada Abogacía institucional, que debería haber sido la primera en protestar las irregularidades y los abusos del Poder político, como fue habitual en otros tiempos más peligrosos para las voces críticas.

Los Colegios de Abogados (con valerosas excepciones, como el de Málaga) y su Consejo General deberían haber sido orientadores de una opinión pública comprensiblemente desconcertada.

No estuvieron a la altura.

LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN TAMBIÉN

Fallaron los medios de comunicación (también con alguna notable excepción, como Confilegal): renunciaron a ser crisol del debate público y tribuna de la crítica, cediendo ese rol a las redes sociales, que fueron las que acogieron las voces de juristas que, a título individual, estudiaron y facilitaron a los ciudadanos herramientas de defensa frente a las tropelías jurídicas del Poder desbocado.

Hemos llegado a tal grado de podredumbre de las formas (que, en democracia, sustentan la garantía de los derechos) que, con la mayor ligereza, se nos dice que el Gobierno dispone de mayoría parlamentaria suficiente para convalidar sus decretos-leyes y sostener (¿indefinidamente, puesto que puede?) el nuevo estado de alarma.

Pues, si tienen esa mayoría, ¿por qué no la dedican a modificar las leyes sanitarias (la LO 3/1986, la L 33/2011) y, sobre todo, la LO 4/1981, de los Estados de Alarma, de Excepción y de Sitio), en lugar de utilizarla para convalidar decretos-leyes?

El asunto es grave: esa manera de legislar comporta la implantación de un sistema autoritario en el que la ley formal declina ante la reglamentación convalidada, con lo que el Poder Legislativo pasa a ser un mero comparsa del Ejecutivo.

Exactamente, el mismo sistema al que abocan todas las dictaduras.

FALLÓ EL SISTEMA, EN DEFINITIVA

En marzo, falló el sistema, en definitiva, y lo pagaremos caro, porque hemos sembrado el sofisma de que, en caso de crisis, todo vale, toda regla se puede saltar. Que no hay que perfeccionar las leyes, porque basta violarlas. Que, cada vez que graznen los gansos del Capitolio, la tiranía quedará legitimada.

Y, como el Poder político tiene por naturaleza ser expansivo, como le salió bien, ha vuelto a las andadas. No se autocontiene. Debería sernos espeluznante la naturalidad con la que se están volviendo a adoptar, y a anunciar para el futuro, restricciones a los derechos fundamentales saltándose las garantías constitucionales y en vacío de leyes de cobertura. Les ha sido fácil acostumbrarnos a la aberración.

No limito el reproche al Ejecutivo estatal: lo merecen igualmente los partidos que, en lugar de escandalizarse y defender el sistema político, han anunciado su conformidad con la corruptela (insisto en que no valoro si las medidas restrictivas son adecuadas o no para detener la epidemia; lo que digo es que no se deben adoptar sin ley o contra ley, como se está haciendo, porque eso dinamita el Estado de derecho).

Asentado el precedente, ha sucedido lo que cabía esperar: que se repite el desafuero. Y se reiterará, y se tornará costumbre si los ciudadanos permanecemos sumisos y acríticos.

Los abusos irán a más y más, salvo que quienes ahora han fallado, cada cual individualmente, hagan autocrítica, recuperen la sensibilidad democrática y actúen con valentía.

A la segunda, no pueden tomarlos desprevenidos, como sucedió en marzo.

O demos por amortizados la Constitución y sus valores.

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