El juzgado aplaza al 2 de diciembre la vista sobre el inventario de los bienes del Pazo de Meirás

El juzgado aplaza al 2 de diciembre la vista sobre el inventario de los bienes del Pazo de Meirás

Estaba prevista este viernes

26 / 11 / 2020 06:45

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha fijado nueva fecha para la celebración de la vista sobre las medidas cautelares por las que a principios de noviembre la magistrada Marta Canales Gantes acordó que se haga un inventario de todos los bienes del Pazo de Meirás, tanto de su interior como de su exterior, prohibiendo expresamente a la familia Franco retirar nada.

Así, en una diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, con fecha de este miércoles, acuerda aplazar la vista, que estaba prevista para este viernes, al 2 de diciembre a las 13 horas en la Audiencia Provincial de A Coruña.

Al haberse presentado una petición por parte de la Abogacía del Estado y con el «fin de dilucidar conjuntamente las medidas cautelares interesadas», así como las cuestiones planteadas por la familia Franco, el juzgado ha decidido retrasar la vista unos días.

La magistrada accedió hace semanas a la petición de medida cautelar solicitada por el Estado con el fin de preservar la integridad del Pazo, antes de que el próximo 10 de diciembre se ejecute provisionalmente la sentencia que declara que es público y ordena a la familia Franco su devolución.

«Por motivos de seguridad, y con el fin de preservar su integridad, la entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo», indica la magistrada en el auto del pasado 6 de noviembre.

La familia Franco se ha mostrado conforme con la ejecución provisional de la sentencia, así todo la juez advierte que si no realiza la entrega en el día y hora señalados, «se procederá en el mismo acto al inmediato desalojo».

El juzgado estimó el pasado 2 de septiembre la demanda interpuesta por el Estado y lo declaró propietario del Pazo de Meirás, por lo que condenó a la familia Franco a la devolución del inmueble sin ser indemnizada por los gastos en los que afirmaba haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad.

En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Concello de Sada, el de A Coruña y la Diputación Provincial defendieron también la postura de la Abogacía del Estado, mientras que como demandados constaban seis familiares de Francisco Franco y una sociedad limitada.

La magistrada Marta Canales declaró en la sentencia la nulidad de la donación efectuada en 1938 de «la finca denominada Torres o Pazo de Meirás al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma».

Al entender que la propiedad del inmueble corresponde al Estado, la juez declaró también nula la parte de la escritura por la que los herederos de Franco se hicieron con la finca, así como la donación que se recoge en una escritura de noviembre de 1982.

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