José María Macías y Alfonso Villagómez en Foro Confilegal: «Desde el CGPJ no se dan órdenes a los jueces de absolver o condenar a nadie»
José María Macías, vocal del CGPJ, y Alfonso Villagómez, magistrado del TSJCV, trataron de explicar en Foro Confilegal el galimatías de la renovación del CGPJ.

José María Macías y Alfonso Villagómez en Foro Confilegal: «Desde el CGPJ no se dan órdenes a los jueces de absolver o condenar a nadie»

|
04/12/2020 06:47
|
Actualizado: 23/12/2020 14:06
|

El vocal del Consejo General del Poder Judicial, magistrado en excedencia y abogado, José María Macías, y el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Alfonso Villagómez, coincidieron ayer, en el programa de radio Foro Confilegal Santander Justicia, que, en contra de la impresión que mucha gente pudiera tener, «desde el Consejo General del Poder Judicial no se dan órdenes a los jueces de absolver o de condenar a nadie». 

Está absolutamente prohibido. 

La pregunta había sido previamente planteada por el director y presentador del espacio, Carlos Berbell, quien, durante el programa, emitido ayer jueves a las 13 horas en Radio Intereconomía, trató de aclarar el galimatías en el que ha derivado la renovación del órgano de gobierno de los jueces.

De acuerdo con Macías, el hecho de que el PSOE y el PP no hayan llegado a un acuerdo, por el planteamiento del partido conservador español de mantener fuera de las negociaciones a Unidas Podemos, es la consecuencia de la ruptura del bipartidismo que ha venido rigiendo la política española desde el comienzo de la democracia.

«Para mí no es un problema que tenga que ver con el propio Consejo. Es un problema totalmente diferente que se centra en la situación política general que vive el país. Nos ha llevado a una situación no vivida hasta ahora, que es la ruptura del bipartidismo y la dificultad de que haya dos grandes protagonistas que puedan llegar a acuerdos no solo en lo que al Consejo se refiere sino también en otras muchas cosas», explicó.

«Esto plantea a los partidos un problema de posicionamiento. De que sean visualizados por la ciudadanía como partidos con unas ideas claras. Parece que si tú te pones a negociar con el de enfrente esto puede acabar haciendo que el partido que te está disputando tu propio espacio te pueda señalar con el dedo y decir ‘ven como estos son capaces de pactar con cualquiera’. Esa es la lectura de los problemas que tenemos hoy en día», afirmó Macías.

Y esto es, en buena parte, lo que impide el acuerdo.

«Si el sistema de nombramiento de los vocales fuese otro, la renovación sería inmune a ese tipo de problemas. No nos influiría para nada», añadió.

Recordó las recomendaciones del Consejo de Europa, de la Red de Consejos del Poder Judicial y de la Comisión Venecia para que los 12 vocales jueces fueran elegidos por votación secreta y directa por los 5.500 miembros de la carrera judicial.

«Si cumpliéramos ese estándar sería infinitamente más sencillo hacer las renovaciones porque la parte judicial se renovaría automáticamente y la parte no judicial, los 8 vocales, juristas de reconocido prestigio, no tendrían más remedio que ser renovados al mismo tiempo», subrayó.

Actualmente, los 20 vocales son elegidos por el Parlamento, 10 por el Congreso y 10 por el Senado, por una mayoría  cualificada de 2/3 partes de los votos, 210 de 350 en el caso de la Cámara Baja, y 159 votos de 265, de la Cámara Alta.

Y solo con la suma de los votos del PSOE y del PP en las dos cámaras es posible la renovación con esas reglas.

LOS PROYECTOS DE LEY DE REFORMA DE LA LOPJ CONTRADICEN LA LÓGICA DEL SISTEMA

Sobre los dos proyectos de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, impulsados por los grupos parlamentarios del PSOE y de Unidas Podemos, que contemplan reducir a 176 votos –mayoría simple, alterando así las reglas–, el magistrado Villagómez, partidario de que los 20 vocales sigan siendo elegidos por el Parlamento afirmó que dichas iniciativas legislativas «contradicen claramente la lógica del sistema de la propia elección de los 20 vocales por las Cortes Generales». 

«Porque el artículo 122 de la Constitución cuando dice que los 20 vocales son nombrados por el Rey, 12 entre jueces y magistrados, 4 por el Congreso y 4 por el Senado, por la mayoría de 3/5, hay que interpretar que son los 20 elegidos por 3/5 de los votos. Por lo tanto, esa proposición de ley, a mi modo de ver, claramente tiene un vicio de inconstitucionalidad. Sería inconstitucional reducir los 3/5 para la elección de vocales«, remachó.

Villagómez hizo especial hincapié en que en lo que a la renovación del CGPJ respecta se están confundiendo dos planos diferentes.

«Estamos confundiendo el plano político del CGPJ con el plano profesional jurisdiccional de la actividad diaria, del quehacer, de los 5.500 jueces y magistrados, que son los independientes. El Consejo no es un órgano independiente ni tiene porqué serlo. Es un órgano constitucional, autónomo, que ejerce las funciones de nombramiento de la cúpula judicial, disciplinaria y de inspección de los órganos judiciales, que se han detraído del poder ejecutivo para garantizar la independencia de los que lo son, los jueces y magistrados».

Según el magistrado, el Tribunal Constitucional ya advirtió de este riesgo en su sentencia de 1986: la distribución de cuotas entre los partidos a la hora de elegir a los vocales. «Por desgracia, en estos años hemos caído en él». 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial