Insatisfacción y decepción entre empresarios hosteleros y autónomos por el Real Decreto-Ley del Gobierno: Se queda corto, muy corto
La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante una intervención en una de las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros. Foto: Pool/Puig de la Bellacasa.

Insatisfacción y decepción entre empresarios hosteleros y autónomos por el Real Decreto-Ley del Gobierno: Se queda corto, muy corto

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23/12/2020 06:58
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Actualizado: 23/12/2020 12:30
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El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto-ley con medidas urgentes de ámbito laboral, fiscal y financiero para reducir los costes y apoyar al sector del turismo, la hostelería y el comercio minorista, conocido como Horeca,y de los más afectados por la pandemia.

Nueve meses después de que la pandemia haya causado estragos, la reunión ministerial impulsó un plan de choque con diferentes medidas que se calcula puede generar un impacto de 4,220 millones de euros.

Una de las más destacadas es la propuesta de rebaja de alquileres a los locales de hostelería y comercio del 50% de los grandes tenedores a sus inquilinos.

El pago aplazado de estas rentas se podrá realizar durante un periodo de dos años a contar desde la finalización de la moratoria.

De esta forma, según ha anunciado la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero Cuadrado, el número potencial de locales beneficiarios es de 190.000, de los que 33.000 corresponderían a establecimientos relacionados con el turismo y 157.000 a locales comerciales.

Mientras que para el resto de arrendadores de locales se establece un incentivo fiscal para que las personas físicas que alquilan a estos sectores acuerden voluntariamente rebajas en la renta arrendaticia.

Esa rebaja correspondería a los meses de enero, febrero y marzo de 2021, permitiendo computar como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario la cuantía de la rebaja de la renta acordada durante esos meses.

Este incentivo tiene un coste estimado de 324 millones de euros y permite deducir hasta el 100% de la cuantía del alquiler mensual en el caso que el arrendador rebaje toda la renta. Se estima que 323.701 arrendadores se pueden acoger a esta medida.

SITUACIÓN DRAMÁTICA

Para José Luis Yzuel, presidente de la Confederación Empresarial de Hostelería de España (Cehe), el plan del Gobierno es una «decepción absoluta y total» y que está «lejos de lo esperado y demandado por el sector».

Estas ayudas al sector hostelero no serán directas y esa es la denuncia que hace el presidente Yzuel, porque «están muy lejos de lo que se ha aprobado en otros países europeos».

Entre estas medidas que el Gobierno acaba de presentar se incluye una rebaja del 50% en el alquiler a los grandes tenedores de locales hosteleros.

En este sentido, el presidente de Cehe ha recordado que «la inmensa mayoría de los locales son de pequeños hosteleros y todos estos se han quedados excluidos. Solo el 3% son grandes tenedores”.

En su opinión, el contenido del Real Decreto-ley anunciado después del Consejo de Ministros es «muy escaso», máxime si se tiene en cuenta que el sector prevé terminar 2020 con una caída del 50 % de su facturación y el cierre de cerca de un tercio de los locales (en torno a 100.000).

Jose Luis Yzuel es presidente de los hosteleros.

PAISES DE NUESTRO ENTORNO HAN DADO AYUDAS NO REEMBOLSABLES

Recuerdan las patronales del sector que países con tanto o menos peso específico del sector hostelero, como Alemania, Francia, Países Bajos o Italia han destinado entre 5.000 y 15.000 millones en ayudas no reembolsables.

Para Alejandro Fuentes-Lojo, abogado experto en derecho inmobiliario y profesor de Derecho Procesal de la Universidad Oberta de Catalunya, “la medida de rebaja del alquiler llega tarde e insuficiente. Los grandes tenedores de grandes propiedades son una cifra inferior al 10% del total”.

Desde su punto de vista, una medida de este tipo “más generalizada a todos los arrendatarios debería haberse planteado al inicio de la segunda ola el pasado octubre, como hizo el gobierno catalán que reaccionó inmediatamente mediante la aprobación de las medidas legales del Decreto Ley 34/2020″.

Para este jurista dichas medidas “han permitido frenar en dicha comunidad autónoma la judicialización de la problemática. El mercado arrendaticio en España, a diferencia de otros países está muy atomizado. Eso podría haber reducido la litigiosidad existente en los últimos meses, donde los juzgados no dan abasto sobre estos temas”.

Además, incluirá incentivos fiscales para aquellos que no sean grandes tenedores (menos de diez locales urbanos en propiedad) y rebajen las rentas que obtienen por el alquiler de sus locales dedicados a la hostelería y al comercio.

De esta forma, tras la aprobación de este plan para hacer frente a los efectos de la crisis, el inquilino podrá solicitar antes del 31 de enero la rebaja del 50% durante el estado de alarma, sus posibles prórrogas y hasta los cuatro meses posteriores.

Al respecto Fuentes-Lobo aclara “pero ojo, hay que leer siempre la letra pequeña, el arrendador puede denegar dicha rebaja del 50% de renta optando en su lugar por otorgar una moratoria. Es facultativo pues para el arrendador».

Así, para acceder esta ayuda, el local deberá ser propiedad de un gran propietario y no debe existir un acuerdo previo entre las partes para la reducción temporal de la renta o una moratoria en el pago durante la pandemia.

Alejandro Fuentes-Lojo, abogado experto en derecho inmobiliario y profesor de Derecho Procesal de la Universidad Oberta de Catalunya.

INTERROGANTES

Sin embargo, hay muchos interrogantes que no aclara el texto legal y que habrá que ver como se publica en el BOE, señala Fuentes-Lojo. Como por ejemplo, si se puede solicitar cumulativa con otras medidas legales de ayuda que las autonomías hayan podido conceder”.

Tampoco dice nada “qué sucede con los arrendamientos de finca urbana que no se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, o respecto del concepto de gran tenedor, si afecta a las comunidades de bienes”.

Otras cuestiones que plantea son “¿cómo computan los grupos de empresas a estos efectos?, ¿o si computa el usufructo de una finca urbana o la titularidad de una cuota indivisa de la misma?”.

Fuentes-Lojo señala que el legislador ha cogido el mismo patrón que el Real Decreto Ley 15/2020 de abril donde ya se hablaba de la reducción del 50% o de una moratoria y se discriminaba al arrendatario en función de si el arrendador era o no gran tenedor, que ha sido totalmente insuficiente.

No se han implementado nuevas medidas legales para paliar la excesiva onerosidad que padecen los arrendatarios de locales de negocio y otros usos distintos de vivienda, sino que el legislador se ha limitado a copiar lo que hizo en abril.

Ni tampoco se prevén indemnizaciones económicas para los arrendadores por la pérdida de estas rentas, lo que puede conllevar reclamaciones patrimoniales millonarias contra el Estado por parte de los grandes tenedores perjudicados por estas medidas legales.

En su opinión, aquellas medidas dejaron en evidencia “que dichas medidas han sido totalmente insuficientes y desacertadas al haberse disparado exponencialmente en los últimos meses la litigiosidad en materia arrendaticia colapsando un aparato judicial ya maltrecho por falta de inversión económica y personal sistémica”.

AUTÓNOMOS CONTRARIADOS

El Plan de Rescate a la hostelería, turismo y comercio que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros es un nuevo canto de sirena según señala Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA.

«Llega tarde, es escaso y sin ayudas directas a los sectores afectados, que va a dejar fuera a muchos autónomos que necesitan esta ayuda”, señala

Desde ATA siempre hemos defendido que limitar la actividad por imperativo legal debe tener compensación. Las medidas aprobadas no tienen nada que ver con las necesidades reales de miles de comerciantes, hosteleros, ocio infantil… «, apunta.

“Se ha perdido una nueva oportunidad de apoyar y ayudar a los autónomos”, subraya Amor.

El presidente de ATA, Lorenzo Amor.

A diferencia de lo que han hecho otros países de la Unión Europea como Alemania, Reino Unido, Italia o Francia, España sigue sin dar ayudas directas a los autónomos.

En general, ATA considera que el Gobierno ha tenido poca sensibilidad con el colectivo de autónomos. Miles de autónomos se han visto obligados a cerrar por un imperativo legal y el Ejecutivo no ha asumido la responsabilidad de esos cierres.

Si un autónomo despide a su empleado, le tiene que indemnizar, pues si Ejecutivo obliga a cerrar a un pequeño negocio, también debería hacerlo.

«En palabras de la secretaria general de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores ( UATAE), María José Landaburu, “lo que iba a ser un gran plan de rescate al sector ha terminado sin dar respuesta a los grandes problemas que se atraviesan y venimos denunciando”.

Desde su punto de vista, el paquete de medidas sólo garantiza rebajas en los alquileres para aquellos locales propiedad de grandes tenedores, mientras que los incentivos fiscales para los de pequeños propietarios no aseguran que vayan a producirse rebajas en las rentas.

Frente a ello, la solución que se venía reclamando era la de habilitar ayudas directas al sector para afrontar esos y otros gastos fijos de la actividad que se mantienen a pesar de la merma en los ingresos.

El Ejecutivo tampoco ha contemplado otras medidas “sin coste para el erario público” como la de “comprometer a los bancos a establecer una moratoria de las obligaciones financieras anteriores a la pandemia vinculadas a la actividad profesional”.

En este caso se trataría de “abordar todo lo relacionado con los préstamos, créditos o rentings y leasings con los que muchos autónomos afrontan la inversión en obras, maquinaria, materiales, vehículos profesionales o licencias para poder poner en marcha sus negocios”.

Esta moratoria, que UATAE ya pidió a la patronal bancaria en abril sin respuesta, debería ser “regulada por el gobierno ya que los bancos han decidido no arrimar el hombro por iniciativa propia”.

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