Condenado a dos años de cárcel el exalcalde de Brunete por cohecho
El exalcalde de Brunete Borja Gutiérrez (en el centro) con su equipo. Foto: Ayuntamiento de Brunete

Condenado a dos años de cárcel el exalcalde de Brunete por cohecho

Y a un año y seis meses una cabo de la Policía Local
|
28/12/2020 13:14
|
Actualizado: 28/12/2020 13:28
|

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de cárcel al exalcalde de Brunete Borja Gutiérrez (PP), y a un año y seis meses a una cabo de la Policía Local, S. C. T., por un delito de cohecho cometido en 2012 al ofrecer favores a una concejal de UPyD a cambio de su apoyo a su investidura como regidor.

Además, ha impuesto una multa de 1.800 euros a cada uno.

El exalcalde ha sido condenado en concepto de autor y la agente como cooperadora necesaria, concurriendo en el caso de él la agravante de prevalerse del carácter público y en ambos la atenuante muy cualificada de responsabilidad criminal de dilaciones indebidas.

El procedimiento ha estado paralizado desde el 13 de julio de 2016 al 4 de octubre de ese año, desde esta última fecha hasta el 13 de enero de 2017, y desde el 19 de marzo de 2018 hasta el señalamiento del juicio, que se inició el pasado 4 de diciembre.

Las sesiones se celebraron entre el 9 y el 11 de diciembre.

La Fiscalía los acusó de un delito de cohecho, a él como autor y a ella como cooperadora necesaria, y pidió tres años de cárcel para cada uno y que se les impusiera también a cada uno 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros (3.600 euros).

La acusación particular les imputaba un delito de cohecho a ambos como autores y pedía igualmente tres años de cárcel. Asimismo, para él exregidor solicitaba 12 meses de multa e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 12 años, mientras que para la agente reclamaba 24 meses de multa y una inhabilitación para empleo o cargo público de siete años.

También solicitaba que en concepto de responsabilidad civil ambos, de forma solidaria, indemnizaran con 30.000 euros a Isabel Cotrina como perjudicada.

Tras el veredicto del jurado popular, que los declaró culpables por siete votos a favor y dos en contra, las partes emitieron el preceptivo informe sobre las penas a imponer y sobre la responsabilidad civil, y el Ministerio Fiscal interesó dos años de prisión y seis meses de multa para cada uno.

La actuación particular se adhirió a las peticiones formuladas por el Ministerio Fiscal, y mantuvo la petición de responsabilidad civil interesada en las conclusiones definitivas.

Por su parte, la defensa del exalcalde reiteró la atipicidad de los hechos y subsidiariamente pidió que se aplicase el artículo 420 del Código Penal rebajando la pena dos grados en atención a la concurrencia de la circunstancia de dilaciones indebidas, imponiendo seis meses de prisión y una multa de 12 meses a razón de dos euros diarios. Sopuso a la responsabilidad civil reclamada

La defensa de la agente también pidió la reducción de la pena en dos grados por la atenuante de dilaciones indebidas, imponiendo la pena de seis meses de prisión y multa de 12 meses a razón de dos euros diarios, se opuso a la responsabilidad civil reclamada, y solicitó que a lo sumo se reconociera en la cuantía de un euro. 

La sentencia ha sido dictada este pasado 21 de diciembre. Es la número 518/2020.

La firma la magistrada presidenta del tribunal del jurado Caridad Hernández García, de la Sección Séptima.

No es firme. Cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Según indica la magistrada en la resolución, de 47 páginas, «se concede a los condenados, firme que sea esta sentencia, el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta, siempre y cuando no delincan durante el plazo de tres años».

El proceso tiene su origen en una denuncia interpuesta por UPyD y por la propia concejal, Isabel Cotrina, quien adjuntó varias grabaciones de conversaciones mantenidas tanto con el regidor como con esta cabo de la Policía Local.

En 2011, Borja Gutiérrez resultó elegido alcalde al obtener el PP seis de los 13 concejales, quedando a uno de obtener mayoría absoluta.

El PSOE logró tres y UPyD e Izquierda Unida-Los Verdes (IU-LV) dos cada uno.

Según los hechos probados, el 16 de noviembre de 2012, en el restaurante ‘El ternasco’ de Brunete, Gutiérrez tuvo un encuentro con María Isabel Cotrina en el que le ofreció pasar a desempeñar cargo en su equipo de gobierno.

De acuerdo a los hechos probados, le planteó ocupar alguna tenencia de alcaldía y el control de alguna Concejalía, y ello a cambio de su apoyo personal en las votaciones del Pleno y el abandono de su adscripción política en UPyD, ofreciéndole también un puesto en las siguientes elecciones en las listas del Partido Popular, y prometiéndole, asimismo, futuros favores personales y profesionales para ella y su entorno; favores procedentes de terceros interesados en la aprobación de los proyectos, y ello a cambio del apoyo personal de ésta en las votaciones del Plenoinstándole así a faltar a la debida lealtad y compromiso adquirido con los electores y las obligaciones inherentes del cargo público de concejal.

El jurado también consideró probado que el 23 de noviembre, la agente acudió al domicilio particular de Cotrina y trató de convencerla para que votara a favor de la suscripción de un convenio con el Canal de Isabel II, transmitiendo y prometiendo en nombre del alcalde que al día siguiente de votarse en Pleno a favor de dicho convenio, su hija discapacitada obtendría un empleo.

De acuerdo a los hechos probados, le indicó la posibilidad de no acudir al Pleno ese día, circunstancia que permitiría la aprobación de la propuesta con los restantes votos de los concejales en virtud de la aritmética parlamentaria y por el voto de calidad del alcalde, en caso de empate, instándole de esta forma a incumplir sus deberes elementales como cargo público electo.

Según expone la magistrada, el jurado ha considerado que en el encuentro producido el 16 de noviembre sprodujeron los hechos relatados porque en el minuto 44 de la grabación aportada se puede escuchar: “Tengo abierta la cuarta tenencia de alcaldía, tengo una tenencia de alcaldía sin ocupar, la cuarta, pero me da igual la segunda, la tercera, la cuarta”.

Indica que de igual modo, el jurado se detiene en otra grabación cuando se dice “la concejalía que quieras, y que a partir de este minuto se le ofrece cualquier cosa a cambio de que se una a su equipo de gobierno, diciendo “estoy dispuesto a hacer lo que sea para que te vengas conmigo” y “te puedo hacer ofrecimientos políticos, personales, profesionales…”.

El caso salió a la luz en 2014, cuando varios medios de comunicación publicaron la conversación mantenida en el citado restaurante entre Gutiérrez y Cotrina, tras lo que la edil aseguró que el alcalde trataba de sobornarla desde 2011, y UPyD denunció el caso ante la Fiscalía Anticorrupción.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales