El juzgado estima la demanda de la OCU y condena a Volkswagen a una indemnización superior a los 16 millones de euros
El fallo condena a Volkswagen a indemnizar por los daños y perjuicios causados a los socios de la OCU en la cuantía de 3.000 euros por afectado, lo que asciende a un total de 16.332.000 euros.

El juzgado estima la demanda de la OCU y condena a Volkswagen a una indemnización superior a los 16 millones de euros

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25/1/2021 17:20
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Actualizado: 25/1/2021 17:20
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Tras cinco años de lucha, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha ganado la batalla judicial a Volkswagen Group España Distribución, S.A.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, notificada hoy a las partes, estima íntegramente todas las peticiones de la organización y declara probada que la actuación de Volkswagen es una práctica comercial desleal.

El grupo instaló en sus vehículos con motores diésel (EA 189) un programa informático que falseaba las emisiones de gases contaminantes de sus motores, camuflando sus verdaderas condiciones y simulando el mantenimiento de unos niveles de elevada potencia y consumo reducido.

Por este motivo, el juez ordena a Volkswagen que cese en esta conducta, le prohíbe su repetición en el futuro y le obliga a la reparación de todos los vehículos afectados, mediante la modificación, de manera gratuita, del ‘software’ instalado o cambio de ‘hardware’ si fuera preciso.

Por lo que respecta a los consumidores afectados miembros de esta organización, se les reconoce una indemnización por los daños y perjuicios causados en la cuantía de 3.000 euros a cada uno, ascendiendo el monto indemnizatorio total a 16.332.000 euros.

La OCU resalta que es especialmente importante la expresa imposición de costas, por apreciar temeridad en su conducta.

Y es que Volkswagen ha continuado con el proceso judicial a pesar de que la OCU llevó a cabo dos intentos de conciliación para los consumidores afectados en España, sin que el grupo automovilístico aceptara ninguna opción de indemnización ni efectuara ninguna oferta de compensación, rechazando en este país la propia existencia de su actuación ilícita y del daño causado a los consumidores afectados, mientras negociaba acuerdos en otros países, como en Alemania donde se aceptaba la culpa y se asumía un compromiso de compensación.

Por último, la OCU destaca la orden de publicación del encabezamiento y fallo de esta sentencia en dos de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, cuestión que es muy excepcional por la trascendencia social del caso.

Recuerda que la sentencia es susceptible de recurso de apelación, por lo que habrá que esperar al plazo de veinte días hábiles procesales para poder declarar la firmeza de la misma si la mercantil no recurre.

Para esta asociación de consumidores se trata de la resolución judicial más importante en reconocimiento de prácticas comerciales desleales en España y celebra que por fin se haya hecho justicia.

Esperan que suceda lo mismo en el resto de los países europeos que siguen luchando por una compensación justa para todos los consumidores afectados.

Desde esta asociación un portavoz de esta organización señala que el escándalo ‘Dieselgate’ no acabará hasta que todos los consumidores europeos hayan sido compensados.

Una vez que sea firme la sentencia, la idea de la OCU es la de asesorar a todos aquellos consumidores con vehículos afectados para que puedan llevar a cabo la reparación de los mismos, mediante la modificación, de manera gratuita, del ‘software’ instalado o cambio de ‘hardware’ si fuera preciso, tal y como indica la resolución judicial.

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