El Supremo archiva las querellas de IU y Omnium Cultural contra el Rey emérito
Advierte que "la acción popular no puede degradar el relevante papel que está llamada a desempeñar en el proceso penal, limitándose a convertir noticias en causas criminales, y mucho menos hacerlo con una regularidad selectiva que esconde una profesionalización del ejercicio de la acción popular". Foto: EP

El Supremo archiva las querellas de IU y Omnium Cultural contra el Rey emérito

Señala que los hechos denunciados son en realidad "una transcripción microliteral" de lo publicado por la prensa
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15/2/2021 13:57
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Actualizado: 15/2/2021 13:59
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El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite y archivado la querella presentada por el PCE, IU y el Foro de Abogadas y Abogadas de Izquierdas (Fairade) contra el Rey emérito Juan Carlos I por supuestos delitos relacionados con el presunto cobro de comisiones ilegales y con cantidades no declaradas a Hacienda, y la presentada por la entidad independentista Omnium Cultural, acumulada a la anterior por la identidad sustancial de los hechos denunciados.

El auto ha sido dictado hoy por el tribunal de la Sala de lo Penal integrado por los magistrados Manuel Marchena Gómez (presidente del tribunal, de la Sala y ponente), Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Antonio del Moral García, Andrés Palomo del Arco y Ana María Ferrer García.

El tribunal destaca que las querellas reproducen básicamente el contenido de informaciones de prensa, y recuerda que para abrir una causa penal se precisa algo más, ya que “con carácter general, una noticia por sí sola no legitima a ningún accionante popular para convertir el relato periodístico en un relato de hechos punibles desencadenantes del proceso penal».

«Lo que no puede aceptar la Sala es que el relato de hechos punibles incorporado a una querella (…) sea una transcripción microliteral de lo que el periódico da a conocer a sus lectores», recalca.

Además, señala que «los juicios de valor de quien pretende ejercer la acción popular no convierten la noticia en delito”.

El Supremo advierte que «la acción popular no puede degradar el relevante papel que está llamada a desempeñar en el proceso penal, limitándose a convertir noticias en causas criminales. Y mucho menos hacerlo con una regularidad selectiva que esconde una profesionalización del ejercicio de la acción popular».

Los magistrados tampoco consideran motivo para abrir una causa en el Supremo el hecho de que se haya reabierto en 2020 una investigación inicialmente archivada que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional sobre los hechos denunciados, ya que hasta la fecha ninguna exposición razonada ha sido enviada a esta Sala por dicho Juzgado sobre la presunta actividad delictiva del querellado, sea en relación con los hechos inicialmente denunciados, sea sobre los que los querellantes califican de novedosos.

En ese sentido, el tribunal reitera que es al juez instructor al que incumbe practicar, si así lo estima conveniente, aquellas diligencias que le permitan individualizar de forma precisa la acción concreta atribuida a un aforado.

A continuación, el tribunal examina el tercer y último pilar sobre el que se apoyan las pretensiones de los querellantes para pedir la apertura de una causa, que es el hecho de que la Fiscalía del Tribunal Supremo haya abierto una investigación sobre los hechos denunciados que aún está en trámite y en la que se está practicando diligencias.

Al respecto, los magistrados explican que “de nuevo, la información que parecen tener los querellantes a su disposición es aquella que ha sido facilitada por los medios de comunicación, en el legítimo ejercicio de la libertad de difusión informativa”, y recuerdan que en todo caso, la autoridad investigadora de la Sala se ejerce con plenitud y autonomía respecto a la ejercida por el Ministerio Fiscal.

El nuevo teniente fiscal del TS, Juan Ignacio Campos, dirige el equipo que investiga las tres diligencias sobre Don Juan Carlos por posibles comisiones procedentes del AVE a La Meca, por el supuesto uso de tarjetas ‘black’ por parte del Rey emérito y de otros miembros de su familia, y por presuntos delitos fiscales.

El PCE, IU y Fairade presentaron una querella contra el Rey emérito el 5 de diciembre de 2018, que fue archivada el 1 de abril de 2019.

Posteriormente, el 31 de julio de 2020 los querellantes solicitaron la «reapertura» del procedimiento, por «haber cesado la causa que fundamentó el archivo ante esta Sala», y con fecha de 16 de diciembre de 2020, presentaron un escrito en el que ampliaba la querella, a raíz de la regularización fiscal del exmonarca y de los «nuevos hechos que se han ido conociendo en los últimos meses».

El fiscal informó el 27 de enero instando a que se procediera a denegar la solicitud de apertura de causa.

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