José María Garzón: «Los firmantes del segundo libro del Supremo han hecho uso no autorizado de los derechos de autor de mis clientas»
Al representante legal de María Luisa Román y Matilde Chamorro, el doctor José María Garzón, no le cabe duda alguna de que los textos del segundo libro del Supremo son los mismos del segundo, los que escribieron sus clientes, a las que no se les ha pedido autorización para hacer uso de ellos. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

José María Garzón: «Los firmantes del segundo libro del Supremo han hecho uso no autorizado de los derechos de autor de mis clientas»

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15/2/2021 06:49
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Actualizado: 15/2/2021 12:25
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Al abogado de María Luisa Román y de Matilde Chamorro, el doctor José María Garzón, ya no le cabe la menor duda: los dos firmantes del libro «El Tribunal Supremo del Reino de España. Estudio jurídico e institucional», publicado en 2017 por el Boletín Oficial del Estado, con la total colaboración del Tribunal Supremo, «han hecho uso de los derechos de autor de mis dos clientas sin autorización alguna. Derechos que nacen de la Ley de Propiedad Intelectual, que aquí no se han respetado».  

Y añade: «Pero lo que a mí me parece particularmente abominable es que el Tribunal Supremo, garante máximo de los derechos en España, haya podido tolerar un dislate de tal envergadura».

El abogado ha sometido a un somero estudio tanto al primer libro, publicado en 2008, titulado «El Tribunal Supremo del Reino de España», del que son coautoras Román y Chamorro, como al segundo citado, publicado en 2017, con el mismo nombre, con el subtítulo referido, junto con los textos facilitados por sus clientes, que solo firman Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila, vizconde de Ayala, marqués de la Floresta y duque de Ostuni, del desaparecido Reino de las Dos Sicilias, en Italia, y Félix Martínez Llorente, catedrático de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Valladolid.

«Una vez analizados el primer y el segundo libro, puedo asegurar, sin ningún género de dudas, de que se trata de la misma obra, siquiera con algún retoque», afirma.

VULNERADOS LOS DERECHOS DE AUTOR DE DOS ANCIANAS

«Lo que me lleva a concluir, repito, que se han hurtado los derechos de autor de mis dos clientas, ambas ancianas. Esto, a mi entender, no solo supone una acción de dudosa moralidad sino que además perjudica, con toda claridad, sus derechos», subraya.

Recuerda, de forma expresa, el artículo 14 de la Ley de Propiedad Intelectual en el que recoge el contenido y características del derecho moral de autor.

«Su primer punto declara, con toda claridad, el derecho irrenunciable e inalienable del autor a decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma. A mis clientes nadie les ha preguntado», cuenta.

«El segundo expresa que le corresponde al autor determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre. A mis representadas nadie les ha preguntado para hacerlas desaparecer de la obra, con el correspondiente daño moral infligido».

«El punto tercero establece el reconocimiento de su condición de autor de la obra. Nuevamente, recuerdo que esto no se ha producido».

«Y el cuarto punto exige, tautológicamente, el ‘respeto a la integridad de la obra’, impidiendo cualquier modificación o alteración sin su consentimiento, que suponga perjuicio a sus legítimos intereses’, y eso tampoco se ha respetado».

El doctor Garzón también advierte que todo lo anterior conduce, en este caso, al artículo 17 de la misma Ley sobre el derecho exclusivo de explotación, en el que se recoge que corresponde al autor, en este caso, autoras, el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma. 

«Las partes garantes, en este caso, el BOE y el Tribunal Supremo, poco o nada se han preocupado de este derecho», destaca.

El doctor Garzón, por último, informa, que está confeccionando «la oportuna acción judicial para hacer que se respeten los derechos de sus clientes ancianas, como debería haber sido desde el comienzo, impidiendo que se vulneraran de la forma que se han vulnerado».

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