La Fiscalía recurre el tercer grado de los presos del ‘procés’ y pide que vuelvan a la cárcel
Sostiene que no procede su progresión al tercer grado, ya que las razones esgrimidas por el Tribunal Supremo al revocar en diciembre su semilibertad, por prematura, "mantienen toda su vigencia". Foto: Kike Rincón/EP

La Fiscalía recurre el tercer grado de los presos del ‘procés’ y pide que vuelvan a la cárcel

Solicita que quede en suspenso su semilibertad, por la que solo van a prisión a dormir de lunes a jueves, hasta que se resuelva el fondo del asunto
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15/2/2021 16:09
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Actualizado: 15/2/2021 16:18
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La Fiscalía de Barcelona ha recurrido hoy el tercer grado de los presos del ‘procés’, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Jordi Sànchez, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Carme Forcadell y Dolors Bassa, que la Generalidad de Cataluña les concedió a finales de enero.

Solicita que quede en suspenso su semilibertad, por la que solo van a prisión a dormir de lunes a jueves, hasta que se resuelva el fondo del asunto.

En los nueve recursos interpuestos ante los respectivos juzgados de vigilancia penitenciaria, la Fiscalía apoya su petición en las sentencias del Tribunal Supremo (TS) que tumbaron la primera progresión a tercer grado de todos ellos en diciembre por prematura.

El Ministerio Público destaca que las razones esgrimidas por el Supremo al revocar su semilibertad «mantienen toda su vigencia», y que «no puede obviarse la extrema gravedad de los delitos cometidos».

Advierte que «las prematuras clasificaciones en tercer grado producen el menoscabo de los fines esenciales de la pena», y subraya que no se puede transmitir a la sociedad el mensaje de que su conducta «muy grave» queda impune.

La Fiscalía también hace hincapié en que si no asumen el carácter delictivo de los hechos, «no puede hablarse de una evolución suficientemente favorable al régimen de semilibertad».

Según expone el Ministerio Público, la secretaría de Medidas Penales de la Consejería de Justicia no señaló en la resolución para conceder de nuevo el tercer grado a los presos del ‘procés’ «ninguna circunstancia distinta» a las que argumentó hace seis meses ni acreditó que hayan «superado» sus «déficits».

Los 9 condenados a cárcel por el proceso independentista volvieron a salir de prisión el pasado 29 de enero -a excepción de la expresidenta del Parlamento Carme Forcadell, que lo hizo un día después.

El grado penitenciario de todos los reclusos se revisa cada seis meses, y en esta segunda concesión, el Servicio de Clasificación argumentó que todos han pasado «en torno a los tres años internos en centros penitenciarios», y que todos habían cumplido o iban a cumplir una cuarta parte de la condena pocos días después de la propuesta de semilibertad.

La Fiscalía señala en sendos recursos el porcentaje de cumplimiento de la condena, que ve insuficiente hayan o no alcanzado la cuarta parte, y subraya que no se puede «utilizar la progresión a tercer grado en fases tan iniciales de cumplimiento de la pena, como es el caso, como un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento».

También subraya que no han cambiado los «rasgos de personalidad directamente relacionados con la actividad delictiva» porque han admitido los hechos por los que fueron sentenciados y sus consecuencias, pero mantienen que fue una actuación legitima y no han admitido que sean un delito.

Respecto a su tratamiento, indica que no han seguido un programa específico para personas condenadas por sedición.

La Fiscalía remarca que no pueden progresar a tercer grado mientras no lo hagan «asumiendo que lo que hizo y por lo que fue condenado es un delito, comprendiendo que para alcanzar los fines que pretende, legítimos en la Constitución, no hay otra vía que la de la modificación legislativa por las vías legales».

El representante del Ministerio Público también afirma que los factores positivos que recoge la propuesta de las prisiones para conceder la semilibertad no son suficientes. Considera que los parámetros que calculan factores de riesgo en presos no se puede aplicar a condenados por sedición porque incluye factores como la drogadicción o la falta de estudios.

«Si el interno sufriese estos déficits nunca hubiese podido cometer el delito por el que está condenado, puesto que nunca hubiese alcanzado el cargo de responsabilidad necesario para cometerlo», argumenta.

Sobre Junqueras expresa que «en absoluto se puede considerar que exista una verdadera asunción delictiva», ya que la situación «se mantiene exactamente igual» a la de los primeros informes, en que el exvicepresidente catalán se definía como una «persona demócrata sobre todo» y que actuó «porque había un mandato superior del Parlamento de Cataluña y un consenso social suficientemente amplio para llevarlo a término».

«No cabe mayor distorsión sobre los hechos que ocurrieron en Cataluña», manifiesta la Fiscalía, y señala que «lo democrático no es imponer la voluntad propia aprovechándose de la situación de poder que se ostenta, convirtiendo su voluntad en ley, sino acatar las leyes y, si no se comparten, procurar cambiarlas por los cauces legales y democráticos».

El Ministerio Público también destaca que no hay una voluntad superior del Parlamento catalán por encima del mandato Constitucional, «que es precisamente el que sustenta a las instituciones autonómicas» de Cataluña, y remarca que han negado que hubiera violencia durante el proceso independentista, al contrario de lo que afirma la sentencia que lo condenó.

‘TRATAMIENTO PENITENCIARIO PRIVILEGIADO’

La Fiscalía reprocha a la Generalitat «el goteo cronológicamente medido» de propuestas de permisos o progresión de grado para los presos del ‘procés’, algunos de los cuales ha manifestado su voluntad de «volverlo a hacer», y cuestiona que se propongan a la vez para todos ellos.

Lo atribuye a una política penitenciaria «dirigida no tanto a su rehabilitación, sino directamente al objetivo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento».

Se pretende así, según la Fiscalía, el «vaciado del contenido» de la condena, ya que resulta «patente» que «no hay que buscar» en el ámbito penitenciario la razón de su nueva clasificación en tercer grado, que coincidió con el inicio de la campaña electoral del 14-F.

En una referencia velada a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell, critica «el traslado injustificado de un penado a otro centro penitenciario si esa decisión está estratégicamente dirigida a rectificar la competencia del juez de vigilancia penitenciaria» según la zona donde tenga competencias cada Juzgado.

«Los órganos de la administración penitenciaria no pueden vaciar la respuesta penal proclamada por un tribunal de justicia, sometiendo su sentencia a una relectura que disfraza un tratamiento penitenciario privilegiado y, precisamente por ello, improcedente«, señala en referencia a la administración penitenciaria de la Generalidad.

Sostiene que la decisión en julio de 2020 de retirarles la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario -que les permitía salir entre semana para trabajar o hacer voluntariado- «debió ser el faro que iluminase toda la actuación de la administración penitenciaria posterior al mismo», que ha seguido proponiendo permisos y progresión de grado para los condenados.

Y hace hincapié en que no están condenados por su ideología, sino por la falta de respeto a las leyes democráticas.

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