La Audiencia de A Coruña ordena que se investigue por detención ilegal a los dos policías que arrestaron al capitán del Depor

La Audiencia de A Coruña ordena que se investigue por detención ilegal a los dos policías que arrestaron al capitán del Depor

Alex Bergantiños fue detenido en agosto por la presunta comisión de un delito de corrupción entre particulares, la causa fue archivada

17 / 03 / 2021 06:47

La Audiencia Provincial de A Coruña ha ordenado la continuación del procedimiento penal contra los dos agentes de policía que el pasado 5 de agosto detuvieron al capitán del Deportivo, Alex Bergantiños, por la presunta comisión de un delito de corrupción entre particulares tras hacerse público un audio que envió a un grupo privado de WhatsApp.

El juzgado de Instrucción 3 de A Coruña acordó en agosto el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento abierto contra el futbolista.

La juez Margarita de Ron Cambom explicó entonces en un auto que «de la conversación mantenida por el capitán con su vestuario no se aprecia la existencia de delito alguno».

El futbolista fue denunciado por LaLiga tras hacerse público un audio que envió a un grupo privado de WhatsApp en el que sugería que el partido contra el Fuenlabrada podía ser un «paripé».

Ahora, la Audiencia, tras estimar el recurso presentado por el jugador contra el auto del juzgado de Instrucción 1 de A Coruña en el que ordenaba el archivo de la causa relativa a su arresto, ha decretado que se tome declaración a los dos funcionarios del Centro Nacional Policial de Integridad en el Deporte y Apuestas (CENDIPA) como investigados por un delito de detención ilegal, así como que se amplíe la declaración del perjudicado.

El tribunal, formado por Ángel María Judel Prieto -presidente y ponente-, Salvador Pedro Sanz Crego y Carlos Suárez-Mira Rodríguez, considera «razonable» la indagación jurisdiccional reclamada por el futbolista «en relación con una actuación policial ya tildada repetidamente de irregular y que presenta indicios de reunir marcadores de tipicidad penal (detención ilegal por funcionario)».

El tribunal afirma que los hechos objetivos «ponen en tela de juicio la necesidad conceptual de la detención», pues «nada avalaba el pronóstico” de que el capitán del Deportivo no comparecería al ser llamado a dependencias policiales, fiscales o judiciales, y, además, «en modo alguno existía riesgo de fuga».

No existía riesgo de fuga, recuerda la Audiencia Provincial

La Audiencia señala que «para afirmar la legalidad de una detención, para descartar la desviación de poder, no basta con averiguar la objetiva existencia de un hecho delictivo y tampoco llega con percibir un juicio indiciario de autoría».

Asimismo, indica que, «en el presente caso, francamente cuestionable como vimos; es imprescindible una valoración del peligro de fuga del sospechoso (artículo 492.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), sin la cual se desvanece la legitimidad de la detención. Y ese riesgo de sustracción a la acción de la justicia, en este caso, ni es sugerido en el atestado ni se infiere de dato alguno traducido de la Instrucción; sencillamente, no existía».

En este sentido, agrega que «si acaso se quiere alegar error sobre los elementos normativos del tipo (a tratar generalmente como error de prohibición) o la eventual ignorancia de que no concurría el supuesto legal de la detención, habrá que trasladarlo así por quiénes y dónde corresponde, o sea, por boca de los inspectores policiales y en la sede del juzgado de Instrucción núm.3 de A Coruña y, a renglón seguido y si procede, analizar jurídico-penalmente la situación derivada».

A juicio del tribunal, «lo demás es cerrar en falso, poner un punto y final indebido a la indagación jurisdiccional razonablemente reclamada por el apelante en relación con una actuación policial ya tildada repetidamente de irregular y que presenta indicios de reunir marcadores de tipicidad penal (detención ilegal por funcionario)».

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