El magistrado del TC Conde-Pumpido presenta su abstención para participar en los recursos del ‘procés’

El magistrado del TC Conde-Pumpido presenta su abstención para participar en los recursos del ‘procés’

El pasado mes de febrero el Pleno ya aceptó por unanimidad la abstención del magistrado Antonio Narváez
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07/4/2021 15:00
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Actualizado: 07/4/2021 17:28
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El magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón ha presentado esta mañana al presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, un escrito en el que se abstiene de participar en los recursos de amparo promovidos en la causa del ‘procés’.

Esta decisión se produce después de que el pasado 26 de marzo algunos de los líderes independentistas recursaran al magistrado al considerar que no es imparcial tras las opiniones vertidas sobre el ‘procés’ en una conferencia en el Congreso de los Diputados en noviembre de 2017 que llevó por título ‘La democracia representativa en Europa: amenazas y fortalezas’.

El magistrado asegura en el escrito que no mantiene «ninguna toma de partido anímica previa sobre el contenido de los procesos constitucionales en los que se me ha recusado».

No obstante, explica que ha decidido elevar su abstención al presidente del TC «con el propósito de reforzar la apariencia y confianza en la imparcialidad del Tribunal Constitucional».

En este sentido, subraya que «es conocida y pública la controversia constitucional, social y política que ha ocasionado el enjuiciamiento penal de las decisiones adoptadas en años pasados por el Gobierno y el Parlamento de Cataluña en favor de la independencia unilateral de su territorio».

Una vez conocida la decisión del magistrado, será designado el ponente de la abstención, por el turno específico de designación, quien elaborará una propuesta de resolución, en forma de auto, que será examinada por el Pleno, según ha informado el TC.

De confirmarse la propuesta de Conde-Pumpido, será el segundo magistrado del Constitucional que se abstiene en las resoluciones vinculadas a la causa de los líderes independentistas.

Y es que el pasado mes de febrero el Pleno ya aceptó por unanimidad la abstención del magistrado Antonio Narváez quien aseguró que con esta decisión contribuía «explicitar la independencia e imparcialidad del Tribunal al que se honra en pertenecer».

El magistrado fue recusado por unas declaraciones sobre el ‘procés’ que realizó en una conferencia en Granada titulada ‘El problema catalán. Perspectiva constitucional’ en la que calificó los hechos ocurridos en Cataluña en 2017 como un «golpe de Estado encubierto» que fue «mucho más grave, por sus consecuencias, que el golpe de Estado de 1981».

Por su parte, el origen de la recusación de Conde-Pumpido se sitúa en una conferencia que impartió el 23 de noviembre de 2017 en la Cámara Baja en la que aseguró que el independentismo se situó «deliberadamente al margen del Derecho». Asimismo, manifestó que «agitan una bandera pretendidamente democrática para subvertir la Constitución».

En su escrito, el exfiscal General del Estado señala que no comparte que «expresara indebida y anticipadamente un prejuicio sobre la culpabilidad de los demandantes de amparo ni, obviamente, sobre si en el proceso penal apenas iniciado entonces se les habían vulnerado o no sus derechos fundamentales. No tengo tales prejuicios y no pude, por ello, expresarlos».

Sostiene que identificó  «la pretensión de subvertir el Estado Social y Democrático de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia» como «una amenaza para la democracia representativa».

Esto, afirma, «es esencia de la idea de Europa que comparto; cuestioné así el uso de la democracia como pantalla frente al Estado de Derecho».

«No pretendí anticipar un juicio de culpabilidad penal sobre las decisiones parlamentarias allí analizadas, sino únicamente dar cuenta de su ilegitimidad constitucional»

Recuerda, asimismo, que se refirió a dos sentencias del TC de las que comentó algunos de sus pronunciamientos literales, una de ellas era precisamente la que declaró la inconstitucionalidad de la Ley 19/2017, de 6 de septiembre, del referéndum de autodeterminación, aprobada por el Parlamento de Cataluña.

Con tales referencias, argumenta, «no pretendí anticipar un juicio de culpabilidad penal sobre las decisiones parlamentarias allí analizadas, sino únicamente dar cuenta de su ilegitimidad constitucional; una conclusión que había sido ya expresada por el Tribunal Constitucional actuando como tal, en ejercicio de su propia jurisdicción».

El pasado mes de junio el Constitucional rechazó la recusación que plantearon las defensas de Junqueras, Romeva y Forcadell contra todos los miembros del tribunal.

Entonces, el TC explicó que, según la jurisprudencia, «las recusaciones que se formulan contra todo el colegio de magistrados son impertinentes y abusivas y deben ser rechazadas sin más».

Y es que, según indicó entonces, «la tacha dirigida contra todos los magistrados que conforman este Tribunal es equivalente a la descalificación del órgano mismo para conocer de los presentes recursos de amparo», por lo que «la recusación formulada carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo».

La referencia personalizada a cada uno de los magistrados no impide apreciar que sea una recusación genérica frente a todo el colegio porque «se recusa a todos los magistrados; las causas de recusación invocadas son las mismas para todos ellos y se fundamentan no en la existencia de circunstancias personales que pudieran poner en duda su imparcialidad sino en su condición de magistrados del Tribunal Constitucional».

Pese al rechazo por parte del TC de las recusaciones planteadas entonces, ya son dos los magistrados que se han apartado voluntariamente para, según sostienen, defender la imparcialidad que los líderes independentistas cuestionan.

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