El presidente del TSJM y el decano del ICAM presentan la Guía de Buenas Prácticas para la venta de unidades productivas

El presidente del TSJM y el decano del ICAM presentan la Guía de Buenas Prácticas para la venta de unidades productivas

ES UNA HOJA DE RUTA PARA AGILIZAR LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES Y SALVAGUARDAR LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

22 / 04 / 2021 10:54

Actualizado el 22 / 04 / 2021 13:05

La Guía un documento que detalla las pautas económicas y procesales para la optimización de la venta de las unidades productivas de sociedades mercantiles que están inmersas en un proceso de concurso de acreedores en cuya elaboración han participado abogados, magistrados, economistas, registradores y  titulados mercantiles de Madrid.

De ahí su crucial importancia y el hecho de que el decano del Colegio de Abogados de Madrid, José María Alonso, y la máxima autoridad de la Justicia en esta Comunidad Autónoma, Celso Rodríguez Padrón, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hayan querido escenificar la presentación en sociedad de la Guía de Buenas Prácticas para la venta de unidades productivas.

Debido a problemas técnicos no ha podido retransmitirse vía Youtube, a las 10 de la mañana, como se había previsto.

Decano del Colegio de Abogados de Madrid y el presidente del TSJM
El decano del Colegio de Abogados de Madrid, José María Alonso, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Celso Rodríguez Padrón, durante la presentación, que tuvo lugar en la sala de vistas principal del órgano judicial, a 50 metros escasos del Tribunal Supremo. Foto: ICAM.

El documento establece un protocolo de actuación para potenciar el proceso previsto en el artículo 530 del Texto Refundido de la Ley Concursal, cuya finalidad era instituir un proceso ágil para que la empresa salga del concurso en el menor tiempo posible.

Concretamente, los jueces Mercantiles de Madrid se comprometen a declarar el concurso en un plazo máximo de dos días si el proceso de venta realizado por el deudor se ajusta a la Guía de Buenas Prácticas y la solicitud va acompañada de todos los documentos que en ella se describen.

“Los que operamos en el plano de la Administración de Justicia teníamos que dar un paso al frente y asumir de qué manera podemos ayudar a las empresas y trabajadores autónomos que están sufriendo especialmente los efectos económicos de la crisis sanitaria, porque la experiencia demuestra que una inmensa mayoría de los concursos que se presentan terminan en la desaparición de la empresa”, ha señalado Alonso.

Según ha explicado el decano, “desde el primer momento, jueces y abogados fuimos conscientes de que teníamos que hacer algo, de que no podíamos permitir que esta situación terminara con una parte importantísima del tejido industrial y económico de Madrid, y que ello diera lugar a un aumento del paro y a un incremento del dolor social”.

El resultado de ese convencimiento es una Guía de Buenas Prácticas “innovadora e indispensable” que, por primera vez, han firmado los máximos representantes de la justicia y la abogacía en Madrid, tras un acuerdo de los jueces y con el visto bueno del CGPJ. “Se ha hecho un trabajo transparente, flexible, sin apriorismos y con un fin común que es la protección de los derechos de los ciudadanos desde nuestros respectivos planos de actividad”, se ha congratulado Alonso.
Al acto asistieron también la juez decana de los Juzgado de Madrid, María Jesús del Barco, el titular del Juzgado de lo Mercantil 11 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, el decano del Colegio de Procuradores de Madrid, Gabriel María de Diego Quevedo, mienbros de la Sala de Gobierno del TSJM y de la Junta de Gobierno del ICAM.

Gracias al mecanismo desarrollado en este documento, «si el que presenta el concurso acompaña la documentación correspondiente y demuestra al juez que ha seguido los pasos que se establecen en esta Guía, el procedimiento se resuelve en unos plazos rapidísimos”, ha explicado.

Además, si se autoriza la venta de la unidad productiva, “esa decisión es irrecurrible: por tanto, pone fin al procedimiento, lo que quiere decir que con ello llegamos a tiempo y permitimos que la empresa sobreviva”, ha enfatizado.

Por último, y ante la extraordinaria carga de trabajo que soportan los juzgados de lo mercantil, el decano ha lamentado que tengan que dedicar entre el 30 y el 40% de su tiempo a resolver asuntos de transporte.

«Hay que liberarles, porque en este momento los jueces y juezas de lo mercantil son una auténtica avanzadilla en la salvación de nuestro tejido industrial y en la superación de la crisis», ha concluido.

Por su parte, Celso Rodríguez Padrón ha destacado que “los titulares que han trabajado en esta guía han hecho un gran esfuerzo para salvar el máximo número posible de empresas, lo que implica salvar puestos de empleo”, recordando que el fin último de esta colaboración es mejorar la eficiencia de la justicia.

Para el presidente del alto tribunal madrileño, “esta finalidad explica el documento y además lo justifica, es la senda de la eficacia judicial que enlaza con un término puramente jurídico: mejora día a día del grado de la tutela efectiva y que encauza a jueces y profesionales a la defensa y protección de los intereses legítimos de los ciudadanos”.

Por todo ello, ha recalcado, “tenemos que celebrar esta guía; con independencia del futuro, ya ha valido la pena».

UNA GUÍA PRÁCTICA

Son 41 páginas eminentemente prácticas destinadas a los profesionales de este mundo. En la misma se aborda lo que se entiende como empresa grande, mediana, pequeña o microempresas, delimitando el perímetro de la unidad productiva y los documentos necesarios para su delimitación, valoración y consideración en el proceso concursal.

Otro de los epígrafes es el del acreedor con privilegio especial con garantía sobre el bien integrado en la unidad productiva y la valoración, tanto por actualización de flujos de tesorería como del coste corregido y del fondo de comercio.

De especial interés es otro de los aspectos: la sucesión de empresa y la competencia del Juzgado Mercantil del Concurso, respecto de los contratos laborales o la subrogación del adquirente en los contratos incluidos en la unidad productiva.

Y el momento para su presentación por el deudor o administración concursal, así como la venta de la unidad productiva a instancias del deudor y en sede concursal.

La Guía contiene unos anexos con modelos de fichas de la unidad productiva y la estimación de las razones de precio-cuenta (RPC), de propuesta de contenido del informe de valoración de unidades productivas en el ámbito preconcursal utilizando el método de actualización de flujos de tesorería, y de propuesta de contenido del informe de valoración de unidades productivas en el ámbito preconcursal utilizando el método de coste corregido más fondo de comercio.  

DESCARGAR GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA VENTA DE UNIDADES PRODUCTIVAS

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