La Junta Electoral archiva la denuncia del PSOE por el cartel de Vox y se remite al juzgado que estudia el supuesto delito de odio

La Junta Electoral archiva la denuncia del PSOE por el cartel de Vox y se remite al juzgado que estudia el supuesto delito de odio

24 / 04 / 2021 06:45

Actualizado el 26 / 04 / 2021 10:34

La Junta Electoral Provincial de Madrid ha archivado este viernes la denuncia presentada por el PSOE en relación al cartel de Vox sobre los menores extranjeros no acompañados (menas) instalado en Sol al entender que afecta a un ilícito penal como es el delito de odio y debe ser el tribunal madrileño que estudia ya el caso el que se debe pronunciar al respecto.

En una resolución notificada este viernes, el órgano regulador electoral alega que los hechos denunciados por el PSOE tratan «de la determinación de un ilícito penal, estando reservado su enjuiciamiento a los Juzgados y Tribunales de la Jurisdicción Penal».

En concreto, según el PSOE, el cartel podría constituir una vulneración de la Ley Orgánica de Régimen Electoral en base a un ilícito penal contemplado en el Código Penal vigente al entender que del mismo podría deducirse la existencia de indicios racionales de la comisión de un delito de odio, siendo por tanto una actividad ilícita penal que no tendría cabida dentro de la campaña electoral.

«Lo que pretende Vox es enmascarar como campaña publicitaria electoral lo que es, simple y llanamente, una actividad de difusión de ideas que se basan en falsedades y que deben ser proscritas al entender esta representación que estamos ante indicios racionales de un delito de odio», justificaron los socialistas.

Al afectar, por tanto, a un delito contemplado en el Código Penal, la Junta Electoral Provincial deja el caso en manos de los tribunales tras haber tenido conocimiento de que la Fiscalía Provincial de Madrid ha incoado diligencias y se ha presentado una denuncia penal que ha recaído en el Juzgado de Instrucción número 53.

Otro juzgado madrileño, el de Instrucción número 48 de Madrid, rechazó el jueves la retirada cautelar del cartel electoral al entender que «no se da ni peligro por la demora, ni apariencia de buen derecho» y dejó en manos del Juzgado de Instrucción número 53 el procedimiento instado por la Fiscalía por la supuesta comisión de un delito de odio.

En concreto, el Ministerio Público reclamó «en el plazo más breve posible» la retirada del cartel publicitario donde se visualiza la imagen del rostro de una mujer mayor a quien se atribuye la condición de «abuela» y se imputa como coste económico en concepto de pensión la cantidad de 426 euros.

La solicitud de retirada del cartel no solo afectaba al que se exhibe en la estación de Sol del Metro de Madrid, sino también «a todos los de idéntico contenido expuestos en cualquier otro espacio publicitario y colocado por el anunciante denunciado».

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