El CGPJ archiva la denuncia del periodista Santana contra el juez Avelló porque su decisión de celebrar el juicio sin abogado defensor fue «jurisdiccional»
El promotor de la Acción Disciplinaria ha dicho que no tiene competencias para resolver la denuncia del periodista Juan Santana contra el magistrado Juan Avelló –en la foto– y le recuerda que la vía para responder a situaciones como la vivida es la jurisdiccional, mediante el correspondiente recurso ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

El CGPJ archiva la denuncia del periodista Santana contra el juez Avelló porque su decisión de celebrar el juicio sin abogado defensor fue «jurisdiccional»

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04/7/2021 01:30
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Actualizado: 04/7/2021 01:30
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El promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado la denuncia que interpuso Juan Santana contra el magistrado Juan Avelló Formoso, quien permitió que se celebrara el juicio contra el periodista sin abogado defensor, porque fue una decisión «netamente jurisdiccional» sobre la que está vedada cualquier acción disciplinaria.

La función investigadora y disciplinaria del CGPJ «debe limitarse a las disfunciones burocráticas de la organizacioón judicial y a la constatación del cumplimiento de las obligaciones profesionales que estatutariamente corresponden a Jueces y Magistrados en su faceta de empleados públicos».

No cabe, por lo tanto, su intervención en una decisión como la adoptada por Avelló en el juicio contra Santana.

El promotor de la Acción Disciplinaria tiene vedado entrar a revisar las decisiones tomadas por los jueces o magistrados, o sus pronunciamientos, sobre casos como este, en el que el magistrado Avelló permitió que se celebrara un juicio sin abogado defensor en el que el demandado fue condenado a pagar 50.000 euros de indemnización al demandante, otro magistrado, por una intromisión ilegítima en su honor.

Santana entrevistó a Paula Mariana Cabrera Meza, exesposa del juez Rafael Passaro Cabrera, en su programa «El Pulso», de Radio Las Palmas, en el que está declaró que no había denunciado por malos tratos a Passaró porque dependía económicamente de él, para alimentar a sus hijas. Y éste interpuso la demanda contra su exposa, el periodista y la emisora de radio.

El promotor de la Acción Disciplinaria recuerda que la vía para responder a situaciones como la que tuvo que pasar Juan Santana es la judicial: «Mediante la interposición de los correspondientes recursos».

La comunicación a Santana ha sido realizada por Carmen Robles Gil, letrada de la Sección de Actuaciones Previas y Expedientes Disciplinarios del promotor de la Acción Disciplinaria.

El periodista, al que el Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria le había asignado un abogado del turno de oficio –Francisco Javier Martínez Charro, que dejó de comparecer sin explicación alguna–, ya ha recurrido la sentencia de primera instancia de Avelló Formoso a través de un nuevo letrado del mismo servicio, Nauzet Pablo Coronado García.

El mencionado Colegio ha abierto diligencias informativas a Martínez Charro por su incomparecencia.

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