Condenado a cuatro años de prisión y a indemnizar con más de 100.000 euros a diez agricultores a los que estafó
Los hechos se produjeron la tarde del 25 de julio de 2020 en un bar de Paiporta (Valencia). Foto: EP.

Condenado a dos años y medio de prisión por intentar quemar un bar porque le negaron una consumición

Debe indemnizar con 1.200 euros a la propietaria del bar y tiene prohibido acercarse a ella a menos de 200 metros durante seis años

31 / 08 / 2021 06:47

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una pena de prisión de dos años y medio por un delito de incendio con riesgo para la vida e integridad física de las personas en grado de tentativa a un hombre que amenazó con prenderle fuego a un bar en el que le negaron una consumición.  

En la sentencia 256/2021, 14 de mayo, que es firme, también se le impone la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la propietaria del bar, de su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro frecuentado por ella durante seis años, así como el pago de las costas procesales.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar en la suma de 1.200 euros a la propietaria por la limpieza del local, las pérdidas por el cierre durante una noche y los daños morales.

En la resolución, que se ha dictado tras un acuerdo de conformidad entre acusación y defensa y el reconocimiento de los hechos del condenado, se recoge que el conflicto se produjo la tarde del 25 de julio de 2020 en un bar de Paiporta (Valencia) cuando la dueña le indicó que ya no le servía más consumiciones.

El tribunal, integrado por Sonia Alicia Chirinos Rivera -presidenta-, Ana Canto Ceballos -ponente-, y Alberto Blasco Costa, señala que ante esta negativa y «con la intención de amedrentar» el hombre respondió «voy a comprar gasolina y a quemarte el bar, me da lo mismo ir a la cárcel que ya me han metido más de diez veces».

Se marchó del bar y regresó minutos más tarde portando una garrafa de gasolina. Vertió toda la gasolina por el suelo del local y la barra mientras decía «tu no me crees mira, voy a quemar tu bar».

Así, tal y como recoge la sentencia, «sin importarle la vida e integridad física de la dueña del bar, las personas que consumían en el interior del local y moradores del edificio».

«Los clientes del interior del establecimiento salieron huyendo a la calle, al igual que también abandonaron la zona las personas que se hallaban en la terraza».

Fue entonces cuando sacó un mechero dispuesto a prender fuego al local, pero en ese instante un cliente se abalanzó sobre él, arrebatándole de la mano el mechero e impidiendo que prendiera fuego al local.

Por ello, ha sido condenado a dos años y seis meses de prisión, pena que está cumpliendo, así como la prohibición de acercarse a menos de 200 metros a la dueña del local durante seis años

Noticias relacionadas:

El TSJ de Valencia anula un laudo arbitral: se contradecían los argumentos jurídicos y el fallo

Condenados dos exdirectivos de Sistemas Digitales Corporate por utilizar información confidencial para montar su propia empresa

Despido o no despido: el «problemón legal» que tiene el Sevilla FC con Rafa Mir tras su condena

El futbolista Rafa Mir, condenado a ocho años y medio de prisión por agresión sexual y lesiones a una joven en Bétera

Mazón podrá personarse en la causa de la DANA tras estimar la AP de Valencia su recurso

Juicio al futbolista Rafa Mir: cuando el dato pone en tela de juicio al relato

Lo último en Tribunales

Las joyas de Zapatero bien

Calama ofrece a Hacienda personarse en la causa por las joyas intervenidas en el despacho de Zapatero

Las nuevas reglas de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de París: vistas virtuales y más independencia

El TSJ de Valencia anula un laudo arbitral: se contradecían los argumentos jurídicos y el fallo

Un trabajador del Ayuntamiento de La Llagosta

Un trabajador del Ayuntamiento de La Llagosta, despedido por no trabajar ni tres horas al día

golpe de calor fallecimiento accidente laboral

Sufrir un golpe de calor dentro de la oficina es un accidente de trabajo, según la Justicia

carnet de conducir falso supremo

Presentar un carnet de conducir falso no es delito, si los datos que aparecen son auténticos