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Política penitenciaria: El caso del asesinato del pequeño Álex demuestra su fracaso

Política penitenciaria: El caso del asesinato del pequeño Álex demuestra su fracaso
Fernando de Rosa Torner, senador por el PP y magistrado en servicios especiales, analiza la política penitenciaria que se aplica a partir del asesinato del menor de 9 años, Álex, en Lardero, La Rioja, y la pertinencia de ampliar la prisión permanente revisable.
05/11/2021 06:48
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Actualizado: 04/11/2021 22:38
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En estos días la sociedad española está conmocionada por el crimen del menor Álex ocurrido en el municipio de Lardero, La Rioja. Tras estos hechos  es necesario reflexionar sobre la eficacia de a  política penitenciaria del ministerio del interior y sobre todo de la secretaría General de Instituciones Penitenciarias dirigida por Ángel Ortíz.

La política penitenciaria del gobierno está creando una gran alarma social, no solamente por la nefasta gestión con respecto a los funcionarios de prisiones a los que está constantemente despreciando, además de menoscabar el principio de autoridad necesario para ejercer su función en el interior de los centros penitenciarios, negándoles las  mejoras tanto salariales como de condiciones laborales que se merecen provocando su desmoralización.

También desde el Ministerio del Interior se está produciendo una peligrosa desautorización a los informes de los técnicos a la hora de la concesión de medidas de progresión de grado y de la concesión de la libertad condicional como hemos podido comprobar en el crimen del menor de Lardero.

No puede comprenderse que el responsable de instituciones penitenciarias haya querido alardear como política de éxito desde su llegada al Ministerio en 2018, el número de personas clasificadas en tercer grado y aquellas clasificadas en segundo grado, considerando como un triunfo de su gestión que se ha pasado de un 17,7% a un 20,5%, es decir, un crecimiento de casi 3 puntos, como afirmó en la Comisión de Interior del Congreso, olvidando mencionar que había dictado una circular en la que se ponía de manifiesto un sobresueldo si se favorecía las excarcelaciones de internos.

Desde mi punto de vista, es un error tremendo primar una excarcelación de un preso sin tener en cuenta las consecuencias para la seguridad de los ciudadanos, y sobre todo utilizando primas económicas.

Lo fundamental debe ser evaluar la posibilidad real de reinserción del interno y no el número de excarcelaciones, para poder determinar si se está consiguiendo una política penitenciaria adecuada que cumpla el principio de legalidad.

El ministro Fernando Grande-Marlaska y su amigo Ángel Ortiz, se esconden en una clara ambigüedad cuando han declarado, tras el espantoso crimen del menor Álex, que se ha cumplido con el principio de legalidad, porque la ley debe de aplicarse atendiendo a las circunstancias del caso concreto.

NO SE CUMPLIÓ LA LEGALIDAD ATENDIENDO AL FONDO

Es verdad que en la excarcelación del presunto responsable del asesinato del menor se cumplieron los requisitos de forma, pero desde mi punto de vista no se cumplió la legalidad atendiendo al fondo

Hubo un informe de los expertos del centro penitenciario que desaconsejaba su progresión en grado, como paso previo a la obtención de la libertad condicional.

Es verdad que el informe no fue por unanimidad, pero se trataba de un preso con unos claros antecedentes de violencia sexual, y aunque observara buen comportamiento en prisión, debió prevalecer la opinión mayoritaria de los técnicos a la hora de pronunciarse la Secretaría General, máxime cuando existía una posibilidad alta de que dicho interno reincidiera en su conducta agresiva, como así ocurrió.

Pero la actuación negligente de instituciones penitenciarias no acabó en esta circunstancia, sino que se agravó cuando no se tomaron  las medidas pertinentes para vigilar la conducta en libertad  del presunto responsable de la muerte del menor, al efectuarse un control meramente administrativo y rutinario, sin comunicarlo de forma fehaciente a la policía local y Guardia Civil de Lardero, haciéndolo invisible a la hora de investigar denuncias que se efectuaron en los días anteriores a la muerte del menor.

CAMBIO DRÁSTICO DE LA POLÍTICA PENITENCIARIA

Estos hechos hacen que debamos exigir un cambio drástico de  la política penitenciaria de este gobierno, no solamente en lo que respecta al Registro Central de Delincuentes Sexuales que debe permitir que las autoridades judiciales y los cuerpos y fuerzas de seguridad tengan mayor información sobre unos delincuentes que pueden causar graves hechos y una gran alarma social, si no que además, debe darse más fuerza vinculante a los informes de los técnicos y profesionales que conforman las juntas de tratamiento de los centros penitenciarios,

Otra cuestión fundamental que debe de rectificarse es la oposición de este gobierno y sus socios a la pena de prisión permanente revisable.

En este sentido es necesario ampliar los supuestos de esta pena, sobre todo tras la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional declarando la misma como constitucional.

En la sentencia de 6 de octubre pasado, queda meridianamente claro que no se vulnera el derecho de reinserción en tanto que “la pena de prisión permanente revisable no es una prisión de por vida, sino una pena revisable, a partir del cumplimiento de 25 años de cárcel y los beneficios penitenciarios y la libertad condicional no quedan eliminados.

Las encuestan ponen de manifiesto que el 71,2 por ciento de los ciudadanos quieren que se mantenga esa figura penal, destacando que dentro del electorado del PSOE un 73 por ciento desea mantener la pena.

El 85 por ciento de los votantes del PP también la apoyan, incluso el 52 por ciento del electorado de Unidas-Podemos está de acuerdo con la misma.

Por eso el debate no puede estar en  si la pena tiene efectos disuasorios o no , sino en evitar que estos individuos una vez detenidos, juzgados y condenados no vuelvan a la calle hasta que existan informes profesionales que garanticen que su libertad no provocará un nuevo delito de gravedad.

Todo ello para la tranquilidad social.

La ampliación de los supuestos penados con la prisión permanente revisable debe alcanzar a aquellos hechos que fueran subsiguientes a un delito contra la libertad sexual o detención ilegal o de secuestro que el autor hubiera cometido sobre la víctima, también a  supuestos de violencia doméstica con resultado de muerte, además a violadores reincidentes y asesinos que oculten el cadáver de sus víctimas o destruyan el cadáver  para dificultar la investigación, como ocurrió en el triste caso de Marta del Castillo, cuyos padres están desesperados al no poder saber dónde se encuentra el cadáver de su hija.

Estos supuestos provocanun especial sufrimiento y humillación, por eso es necesario incluirlos en el código penal.

 Sin duda la reinserción del delincuente es necesaria, pero la tranquilidad de la sociedad también es un principio que debe ser tenido en cuenta a la hora de planificar la política penitenciaria en España.

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