Ha dado traslado a las acusaciones para que en el plazo de diez días presenten sus escritos de acusación y apertura de juicio oral o soliciten el archivo de la causa. Foto: EP.

El TSJ de Cataluña propone juzgar a Torrent por desobediencia

La magistrada ha finalizado la instrucción de la causa abierta contra el expresidente del Parlament y varios miembros de la Mesa

11 / 11 / 2021 17:26

Actualizado el 11 / 11 / 2021 17:28

La magistrada instructora de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Maria Eugènia Alegret Burgués, ha finalizado la investigación de la causa abierta contra el expresidente del Parlament Roger Torrent y tres miembros de la Mesa, Eusebi Campdepadrós (JxCat), Josep Costa (JxCat) y Adriana Delgado (ERC).

En el auto, con fecha de este miércoles contra el que cabe recurso, ordena continuar la causa por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos fueran constitutivos del delito de desobediencia, contemplado en el artículo 410 del Código Penal y que establece una pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

De este modo, ordena dar trasladado a las partes para que en el plazo de 10 días presenten sus escritos de acusación y apertura de juicio oral o soliciten el archivo.

El origen de esta causa es la querella de la Fiscalía Superior de Cataluña presentó la querella el pasado mes de marzo a raíz de la propuesta de resolución que el 22 de octubre de 2019 registraron Junts, ERC y la CUP contra la sentencia del Tribunal Supremo sobre la causa del procés y que defendía el derecho a la autodeterminación.

En ella se afirmaba que el Parlamento de Cataluña «reitera y reiterará tantas veces como quieran los diputados y las diputadas (…) la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Catalunya para decidir su futuro político».

Asimismo, afirmaba que «reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y las diputadas, la reprobación de la monarquía«, ello después de que el Tribunal Constitucional había declarado inconstitucionales los apartados de otra resolución en el mismo sentido.

Torrent y los tres miembros de la Mesa investigados acordaron admitir a trámite para su discusión en el Pleno la propuesta de resolución indicada, pese a que ya habían sido advertidos de la suspensión de incisos similares contenidos en otras resoluciones parlamentarias.

«Iniciativas parlamentarias insistentemente declaradas inconstitucionales»

Sobre esto, la magistrada recuerda que «como tiene reiteradamente establecido el TC y muchos de los acuerdos de la propia Mesa del Parlament obrantes en la documentación remitida la Mesa no puede limitarse a ser una correa de transmisión automática de toda iniciativa parlamentaria que ingrese en el Parlament de Cataluña o al único examen de si se halla dentro o fuera de plazo o si es presentada por quien ordena el Reglamento».

Considera «significativo» que en el año 2012 «la Mesa del Parlament rechazase ‘a limine’ una propuesta de un grupo parlamentario para reprobar al Rey Juan Carlos por la absoluta falta de competencia del Parlament en relación con la Corona».

«En cualquier caso, no nos hallamos ante iniciativas parlamentarias de cuestionable constitucionalidad o incluso simplemente inconstitucionales que lógicamente deben seguir un criterio favorable a la admisión, sino ante iniciativas parlamentarias insistentemente declaradas inconstitucionales por el órgano competente, con orden expresa de no ser reiteradas en el Parlament de Cataluña por su inviabilidad», afirma la magistrada.

«Ello es lo que presuntamente ha ocurrido en este caso en el cual los investigado/as se hallaban constreñidos por un mandato expreso del TC que imponía un deber de obligado cumplimiento y que presuntamente omitieron», indica.

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