La Audiencia Nacional rechaza anular el auto en el que se citó como investigado al presidente de Iberdrola por los presuntos encargos a Villarejo
La Audiencia concluye que "al no haberse producido omisión de las normas procedimentales, ni haberse generado clase alguna de indefensión a Iberdrola SA, procede rechaza el incidente de nulidad planteado". Foto: EP.

La Audiencia Nacional rechaza anular el auto en el que se citó como investigado al presidente de Iberdrola por los presuntos encargos a Villarejo

Ignacio Sánchez Galán debe comparecer el próximo 18 de enero en la Audiencia Nacional
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13/12/2021 16:49
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Actualizado: 13/12/2021 16:49
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La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por Iberdrola en el que pedía que se declarase la nulidad de los actos procesales que tuvieran lugar en la pieza 17 del denominado caso Tándem entre el pasado 27 de mayo y el 25 de junio.

Entre ellos el auto que acordó citar como investigados a su presidente Ignacio Sánchez Galán y a tres directivos de la entidad por los presuntos encargos al comisario José Manuel Villarejo.

En el auto, firme y con fecha del 10 de diciembre, la Sala de lo Penal desestima el recurso de apelación de Iberdrola en el que pedía la nulidad de actuaciones entre el 27 de mayo, cuando solicitó que se le notificase la resolución por la que el Juzgado Central 6 acumuló la causa procedente del Juzgado de Instrucción 3 de Bilbao por la querella de Iberdrola contra el exdirectivo José Antonio del Olmo, hasta el 25 de junio, fecha en la que el instructor de esta pieza, Manuel García-Castellón, preguntó a la Fiscalía por la posición que debía ostentar Iberdrola como persona jurídica.

La compañía consideraba que al no serle notificada resolución alguna ni haberse dado traslado de escritos de parte, se le ha causado «efectiva y material indefensión», al no poder alegar, solicitar diligencias o recurrir las resoluciones judiciales, por lo que se trataría un supuesto de nulidad de normas del procedimiento que ha producido indefensión, vulnerándose su derecho a la tutela judicial efectiva.

El tribunal, formado por Alfonso Guevara Marcos, Carolina Rius Alarcó y Carlos Fraile Coloma, explica que «no hay defecto procesal desde el momento en que Iberdrola no ha sido parte procesal en la pieza separada 17 (…) hasta que le es notificado el auto de 9 de julio de 2021, por el que el juzgado central de Instrucción 6 resuelve por primera vez sobre la querella que Iberdrola presentó en los juzgados de Bilbao el 22 de enero de 2020».

En este sentido, subraya que el 9 de julio de 2021 se le notificó la imputación de la persona jurídica Iberdrola Renovables Energía SA, el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto del querellado Juan Antonio del Olmo Ruiz y la revocación de su condición de acusación particular en la medida en que no era perjudicada por los hechos.

La Audiencia concluye que «al no haberse producido omisión de las normas procedimentales, ni haberse generado clase alguna de indefensión a Iberdrola SA, procede rechaza el incidente de nulidad planteado».

El presidente de Iberdrola debe comparecer el próximo 18 de enero en la Audiencia para declarar como investigado por los encargos que la empresa habría hecho a Villarejo.

El magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción 6 Joaquín Gadea citó recientemente Sánchez Galán para las 10.30 horas del 18 de enero.

Solo quedaba por fijar fecha después de que el pasado mes de junio el titular de dicho juzgado, Manuel García-Castellón, acordara investigar al presidente de Iberdrola por presuntos delitos de cohecho activo, contra la intimidad y falsedad en documento mercantil.

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