El Pleno del Senado aprueba definitivamente la ley de reducción de la temporalidad en la Administración Pública
La ley tiene su origen en el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, aprobado en el Consejo de Ministros, texto que se convalidó en el Congreso de los Diputados el 21 de julio. Foto: Senado.

El Pleno del Senado aprueba definitivamente la ley de reducción de la temporalidad en la Administración Pública

Las plazas ocupadas de forma temporal y de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso en un proceso de carácter excepcional
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22/12/2021 16:33
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Actualizado: 22/12/2021 16:44
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El Senado ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, lo que implica que la norma obtiene su visto bueno definitivo y concluye su trámite en las Cámaras, tras haber logrado su aprobación también en el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre.

De nuevo, todas las enmiendas fueron rechazadas. A este efecto, el frente formado por PSOE, Bildu, ERC y PNV rechazaron la enmienda apoyada por PAR, PP, Cs, PAR, Compromís, UPN, CC, Geroa Bai, Más Madrid, MPM, Adelante Andalucía, y ASG para que se introdujera en este proceso de estabilización extraordinario las plazas interinos en procesos selectivos ya en marcha.

La aprobación de esta enmienda y su ratificación en el Congreso habría evitado decenas de miles de ceses de empleados públicos con larguísimas temporalidades que están viendo como sus comunidades autónomas están corriendo a convocar en concurso-oposición sus puestos antes de que se apruebe esta nueva ley.

Tampoco se aprobó las enmienda número 45 de Coalición Canaria y número 72 de Compromis son para que el artículo 2.1 sobre las plaza a incluir en el nuevo proceso de estabilización -antes de diferenciar modalidad de concurso-oposición o concurso puro de méritos- sean todas las plazas temporales más de tres años a 31 de diciembre de 2021 en lugar de 2020 como dice el texto actual.

De aprobarse esas enmienda, el texto hubiera vuelto al Congreso, pero no hubo sorpresa en la Cámara Alta.

La ley tiene su origen en el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, aprobado en el Consejo de Ministros, texto que se convalidó en el Congreso de los Diputados el 21 de julio, fecha desde la que se ha venido tramitando en las Cámaras como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia. 

La Comisión Europea, expectante

Desde Bruselas, Jordi Cañas, eurodiputado de Ciudadanos, ha seguido de cerca esta tramitación que señala como muy mejorable. “Vamos a informar a la Comisión Europea lo antes posible del final de la tramitación. Esta reforma no cumple con la normativa europea ni las sentencias del TJUE”, aclara.

Desde el colectivo de interinos se muestra su disconformidad con esta reforma que a su juicio no cumple con la normativa europea y como ya adelantó esta publicación habrá una comparecencia ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo para informar de esta reforma.

Es previsible que en los próximos días se celebre una Sectorial de las Comunidades Autónomas para informarles de este acuerdo, sobre todo de cara a ver la forma de poner en marcha este concurso de méritos extraordinario y el concurso oposición aprobado en esta reforma.

La idea es evitar que haya una aplicación de la nueva normativa que ahora irá al BOE en los próximos días, a dos o varias velocidades diferentes.

Entrando en el contenido de la norma que ha logrado el respaldo de la  Cámara Alta en el Pleno de esta semana, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas.

Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. Un proceso de concurso-oposición será el que dará acceso a estas plazas.

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento  determinante en la valoración. Los ejercicios de la fase de oposición  podrán considerarse no eliminatorios.

Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la  estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada  ámbito.

Las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán  por el sistema de concurso de manera excepcional.

Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se  convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

Bolsas de empleo y más precariedad

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de  empleo específica.

Esta medida, según expertos consultados por Confilegal, generará mas precariedad en un colectivo que muchos de ellos llevan años en fraude de ley y tendrán dificultad si son cesados de incorporarse al mercado laboral.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la  Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa  específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre  que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización  que recoge la ley.

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