El juez inadmite al abogado Jorge Español como acusación popular en la causa contra los exconsejeros de Cultura catalanes
Aclara que ahora que ya se ha abierto juicio oral -la vista está pendiente de señalamiento-, no es posible constituirse como acusación popular, en su propio nombre, eludiendo así “la obligación que tenía de haber interpuesto querella y prestar la fianza que le hubiese sido requerida. Foto: Google Maps

El juez inadmite al abogado Jorge Español como acusación popular en la causa contra los exconsejeros de Cultura catalanes

Señala que el ejercicio de la acusación popular no es admisible para quien desde 2017 ha ejercido como letrado de la acusación particular en la causa
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17/1/2022 14:49
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Actualizado: 17/1/2022 14:51
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El magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca encargado de enjuiciar la causa abierta contra los exconsejeros de Cultura de la Generalitat de Cataluña, Santiago Vila y Lluis Puig, por un posible delito de desobediencia, ha inadmitido la personación, a título personal, del abogado Jorge Español Fumanal como acusación popular.

El magistrado-juez Jorge Sánchez Parellada señala en su resolución, fechada a 12 de enero, que «no es admisible que quien desde el inicio de las actuaciones en el año 2017 ha ostentado la dirección técnica de la acusación particular y sigue haciéndolo a esta fecha, y en tal condición formuló la denuncia que dio origen al presente procedimiento, pretenda ahora, una vez abierto el juicio oral, constituirse en acusación popular en su propio nombre, pues con ello está soslayando la obligación que tenía, si pretendía ostentar tal condición, de haber interpuesto querella para dar lugar al inicio del procedimiento y prestar la fianza que le hubiese sido requerida».

Y concluye que «tal pretensión cae de lleno en las que el art. 11 Ley Orgánica del Poder Judicial señala como peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal y debe rechazarse”.

El juez recuerda también que el Juzgado de Instrucción número 3 de Huesca, en su auto de 19 de julio de 2021, ya denegó a Jorge Español su personación en la causa como acusación particular a título personal.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma y de apelación.

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