Condenados un exedil y un técnico de Calpe por exhumar a un difunto para enterrar en su nicho a una de sus abuelas
Los hechos ocurrieron en enero de 2020, en Elche.

La Audiencia de Alicante condena a 40 años de cárcel a una mujer por el asesinato de sus dos bebés recién nacidos

Los introdujo en una bolsa de plástico después de dar a luz en el cuarto de baño de su casa

17 / 01 / 2022 11:40

Actualizado el 17 / 01 / 2022 11:40

En esta noticia se habla de:

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 40 años de prisión a una mujer por el asesinato de sus dos bebés recién nacidos, justo después de dar a luz en el cuarto de baño de su vivienda de Elche. 

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, la magistrada presidenta Joaquina de la Peña Saavedra Ponce le ha impuesto como autora de dos delitos de asesinato por alevosía, con la concurrencia de la circunstancia mixta de parentesco como circunstancia agravante de la responsabilidad criminal, 20 años de cárcel por cada uno de los delitos.

Los hechos ocurrieron el 30 de enero de 2020, cuando la condenada, entonces de 18 años de edad, sobre las 9.00 horas, tras sufrir dolores abdominales durante la noche anterior, se encerró en el cuarto de baño de su domicilio, que compartía con su madre, su padrastro y su hermano menor, y alumbró, sin solicitar ningún tipo de ayuda, a dos neonatos. 

Tras dar a luz a un bebé, “con la intención de acabar con su vida, o al menos representándose la posibilidad de que esto ocurriera y asumiendo dicho resultado, lo introdujo inmediatamente en una bolsa de plástico”, según declara probado la Audiencia. 

Pasados unos minutos dio a luz a otro bebé, que metió en la misma bolsa con el primero. Ambos fallecieron al no establecerse la función respiratoria, pues también se encontraban tapados con toallas. 

La magistrada indica que no concurren en la conducta de la condenada circunstancias eximentes o atenuantes de la responsabilidad criminal, al haber declarado el Jurado no probado que padeciera una discapacidad intelectual que le llevara a no conocer las consecuencias de sus actos.

La sentencia es la número 10/2022, de 13 de enero.

No es firme. Puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

Noticias relacionadas:

Opinión | Del tocamiento a la penetración: el abismo penológico del artículo 181 del CP y el peso decisivo del relato de la menor

Joaquín Delgado, magistrado de la AN: “La delincuencia está utilizando muchísimo la IA para un montón de delitos y nosotros vamos a remolque”

Enrique Bacigalupo, el penalista del exilio argentino que marcó la jurisdicción penal del Supremo español

In Memoriam | Fallece Enrique Bacigalupo

Opinión | Aldama, el precio de la verdad

Condenados dos exdirectivos de Sistemas Digitales Corporate por utilizar información confidencial para montar su propia empresa

Lo último en Tribunales

silencio no respuesta

El silencio no es una respuesta en la protección de datos: la AEPD endurece el el derecho de acceso

denegacion teletrabajo justificar

6.000 euros de indemnización por denegar el teletrabajo a una empleada que necesitaba cuidar a sus hijos con discapacidad

festivos dias descanso

El 15 de agosto cae en sábado: ¿debe compensarse el festivo cuando coincide con el día de descanso?

derecho de acceso

El despido no borra el derecho a saber qué huella digital guarda la empresa sobre ti

leire díez en ferraz

El juez Zamarriego apunta que Santos Cerdán acordó pagar a Leire Díez «por sus servicios» con fondos del PSOE