Condenado a una multa de 720 euros un tuitero por un delito contra la Corona
El juez destaca que la expresión "hijo de puta" es "claramente injuriosa" y no tiene cabida en la libertad de expresión. Foto: Casa Real

Condenado a una multa de 720 euros un tuitero por un delito contra la Corona

Publicó un tuit en el que insultaba y llamaba a cortar el cuello al Rey Felipe VI
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08/3/2022 16:10
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Actualizado: 08/3/2022 16:10
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La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a una multa de 720 euros a un tuitero que publicó un mensaje en Twitter en marzo de 2020 en el que insultaba y llamaba a cortar el cuello al Rey Felipe VI. Por un delito contra la Corona.

Se trata de Albert Baiges Torres (1984).

El magistrado-juez José Manuel Fernández-Prieto González, titular del Juzgado Central de lo Penal, le ha impuesto cuatro meses de multa con una cuota diaria de seis euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como al abono de las costas del procedimiento.

La sentencia es la número 7/2022, de 7 de marzo.

Según los hechos probados, a las 21.05 horas del 18 de marzo de 2020, coincidiendo con el discurso que dio el Rey por televisión por la pandemia, el condenado publicó en su perfil de twitter un mensaje en el que decía, en catalán: «En serio. Cortémosle el cuello a este hijo de puta, estamos tardando», escribió coincidiendo con el citado mensaje del Rey #coronaciao”.

Dicho perfil estaba activo desde 2014 y tenía 168 seguidores.

El juez deja constancia en la resolución, contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la AN, de otros comentarios vertidos por Baiges contra la Corona, pero considera que solo el citado anteriormente es claramente injurioso «pues por tal ha de tenerse el llamar a otra persona hijo de puta”. 

Señala que esta expresión injuriosa, en cuanto es dirigida de forma clara y expresa contra el Rey, cuando no se encuentra en el ejercicio de sus funciones y es propagada por escrito y con publicidad a un número indeterminado de personas con constitutivas de delito previsto y penado en el artículo 491.1” del Código Penal

Para el magistrado carece de justificación, “ni en la crítica ni en la libertad de expresión, pues para mostrar una convicción antimonárquica no se precisa llegar al insulto, ni acompañar el mismo con una invitación pública a cortar el cuello, expresión esta última que refleja el claro ánimo de injuriar que guiaba al sujeto al llamar hijo de puta al monarca”. 

Fernández-Prieto recuerda la reiterada doctrina del Tribunal Supremo en la que el ejercicio de la libertad de expresión (también el derecho a la información) no puede justificar sin más el empleo de expresiones o apelativos insultantes, injuriosos o vejatorios que exceden del derecho de crítica y son claramente atentatorios para la honorabilidad  de aquel a cuyo comportamiento o manifestaciones se critican, incluso si se trata de personas con relevancia pública, pues la Constitución no reconoce el derecho al insulto. 

Añade que el resto de frases publicadas por el condenado en su cuenta de Twitter podrán ser de mejor o peor gusto, pero no contienen ninguna frase susceptible de ser calificada de injuriosa contra el Rey.

MENSAJES CONTRA LA PRINCESA DE ASTURIAS

El condenado también publicó en esa red social mensajes ofensivos con ocasión de otros discursos como el pronunciado por el Rey el 24 de diciembre de 2019 o por la Princesa de Asturias Leonor el 4 de noviembre de ese mismo año.

«No he visto el #DiscursoDelRey pero solo con el resumen casi cojo una otitis. Cuanta mierda y mentira desde su pedestal anacrónico y postfranquista. #Chusma.», escribió coincidiendo con el tradicional mensaje de Nochebuena.

El 4 de noviembre de 2019 publicó: «Te lo diré en castellano: Me importa una mierda el idioma que hables. Vestida de rojo o de verde, eres pus..tu y tu estirpe». Lo acompañó de una noticia sobre el discurso dado por la Princesa Leonor en catalán con ocasión de los premios Princesa de Gerona.

También en diciembre de 2019 publicó contenidos contra España, contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Policía, Guardia Civil y Mossos) y dos tuits recordando el fallecimiento de dos miembros de ETA, relata el magistrado.

La Fiscalía calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la Corona previsto y penado en los artículos 491-1º y 490-3º del Código Penal, y solicitó la pena que finalmente se le ha impuesto.

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