El estado civil de los padres no puede ser motivo para una discriminación del menor de la familiar monoparental.

Un juzgado de Bilbao reconoce a una madre soltera el derecho a sumar los permisos de maternidad y paternidad

Para evitar la discriminación del niño respecto a otros de familias biparetales.

13 / 04 / 2022 16:10

Actualizado el 13 / 04 / 2022 16:11

El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao ha reconocido a una madre soltera el derecho a disfrutar de 10 semanas de paternidad, además de las 16 semanas de prestación por nacimiento y cuidado de menor.

Tal y como detalla la organización sindical LSB-USO en Euskadi, esta agrupación reclamó judicialmente que la Seguridad Social solo había reconocido la posibilidad de disfrutar de 16 semanas a una familia monoparental, cuando en casos de nacimiento, adopción o acogimiento se tiene derecho a 16 semanas de prestación para cada progenitor.

La sentencia de 8 de abril, tras considerar que la Seguridad Social vulneró el derecho del menor quebrantando el principio de igualdad frente a otro menor con dos progenitores, reconoce para la madre soltera 10 semanas más de prestación, tras calcular que al ser 6 semanas obligatorias para ambos progenitores simultáneas tras el parto o adopción, la diferencia para con un menor con dos progenitores es de las 10 semanas restantes reconocidas.

La sentencia añade que la condición de sus padres o su estado civil no puede ser motivo para una discriminación del menor de la familiar monoparental. De hacer diferencias, el magistrado del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao considera que se estaría introduciendo “un sesgo que quebranta el desarrollo del niño, al quedar atendido menos tiempo y con menos implicación personal» respecto de otros.

El juez destaca que «el sistema familiar nuclear biparetal ha cambiado desde los años 70 en España», «introduciéndose nuevos modelos» como la familia monoparental. Así, según los datos del Instituto Nacional de Estadística que recoge la sentencia, en 2019 el número de hogares monoparetales era de 1.800.087 frente a la tipología general de 18.625.000, de los cuales las parejas con hijo o hijos eran más de 6 millones. Las monoparentales constituidas por hombres eran 357.900 y por mujeres 1.530.600.

Desde la organización sindical LSB-USO señalan que esta sentencia “amplia el camino de otros tribunales para la igualdad de trato por parte de la Seguridad Social a los variados modelos de familia en nuestra sociedad”.

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