Condenado el exsupervisor de la Filmoteca de Cantabria por quedarse con 34.971 euros de la taquilla
La sentencia recoge el acuerdo de conformidad alcanzado por la Fiscalía, la acusación particular que ejerce la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte -que gestiona la Filmoteca- y la defensa del acusado. Foto: Filmoteca de Cantabria

Condenado el exsupervisor de la Filmoteca de Cantabria por quedarse con 34.971 euros de la taquilla

Marcos Ruiz Sehara, supervisor de la Filmoteca de Cantabria entre 2003 y 2019, ha sido sentenciado a un año de prisión y tres de inhabilitación por un delito de malversación de caudales públicos
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24/5/2022 10:36
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Actualizado: 10/4/2023 17:52
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El supervisor de la Filmoteca de Cantabria entre 2003 y 2019, Marcos Ruiz Sehara, ha sido condenado por la Audiencia Provincial a un año de cárcel y tres de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de malversación de caudales públicos por quedarse con 34.971 euros de la taquilla.

Así consta en la sentencia dictada por la magistrada presidenta del tribunal del jurado Almudena Congil Díez, de la Sección Tercera de la Audiencia, y que recoge el acuerdo de conformidad alcanzado por la Fiscalía, la acusación particular que ejercita la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, organismo al que pertenece la Filmoteca y que se querelló contra el supervisor de la entidad, y la defensa del condenado.

Las tres partes presentaron un escrito de conformidad, por lo que ayer se celebró una vista para ratificar el acuerdo y no fue necesario constituir el jurado que debía enjuiciar al extrabajador de la Filmoteca.

La resolución explica que el condenado tenía encomendada la tarea de recoger la recaudación diaria de taquilla, guardarla en una caja fuerte en su despacho y una vez a la semana ingresarla en el banco.

Sin embargo, “obrando con esa confianza, entre los meses de mayo de 2017 y septiembre de 2018 “incorporó a su patrimonio personal la cantidad de 34.971 euros, dinero obtenido de la taquilla y que no ingresó en la cuenta bancaria de la Sociedad a pesar de los requerimientos hechos al efecto al apercibirse en el verano de 2018 de que el último ingreso de efectivo de las taquillas correspondía a diciembre de 2017, si bien sí entregaba las hojas de taquilla”.

En su defensa, el ahora condenado manifestó que lo había destinado a la adquisición y pago en metálico de unos ciclos de películas, aportando para su justificación dos facturas.

FAVOR PERSONAL

“Sin embargo, hechas las oportunas gestiones, las mismas no habían sido pagadas realmente, aunque como favor personal al acusado los responsables de estas habían hecho constar que sí estaban abonadas”, señala la sentencia.

Explica que los pagos a proveedores de la Filmoteca se realizan siempre por transferencia bancaria y que el acusado carecía “de toda capacidad para contratar ciclos de películas o hacer abonos en metálico de esos importes”.

El que fuera supervisor fue suspendido de empleo y sueldo en octubre de 2018, y despedido en enero de 2019.

Por estos hechos ha sido condenado como autor de un delito de malversación de caudales públicos, con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de reparación del daño, ya que ha pagado 14.424 euros y ha alcanzado un acuerdo de reparación extrajudicial con la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte –entidad gestora de la Filmoteca Regional- para el pago del resto del dinero.

Inicialmente, la Fiscalía pedía un año y medio de prisión, multa de 6.000 euros e inhabilitación para desempeñar empleo o cargo público durante tres años, mientras que la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte reclamaba cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación para empleo o cargo público. Las dos acusaciones solicitaban, asimismo, que abonara una indemnización de 34.971 euros, la cantidad que incorporó a su patrimonio.

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