Se han creado herramientas nuevas para perpetuar la temporalidad en el sector sanitario, opinan expertos
La aplicación del Real Decreto-ley 14/2921, que entró en vitor el pasado viernes crea dudas a los expertos consultados. Foto: EP.

Se han creado herramientas nuevas para perpetuar la temporalidad en el sector sanitario, opinan expertos

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10/7/2022 01:00
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Actualizado: 10/7/2022 02:29
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Faltan medidas de control para garantizar que los empleadores de Sanidad no vuelvan a las andadas y precaricen la actividad de los sanitarios de nuestro país. Así se explican varios expertos del sector quienes creen que en el trámite parlamentario de dicho Real Decreto-ley 14/2021 de 6 de julio podría mejorarse.

El pasado viernes entró en vigor la modificación del Estatuto del Personal Sanitario a través de dicho Real Decreto-ley, que limita la temporalidad de los contratos para el personal sanitario para temas concretos.

La normativa es muy ambiciosa porque prohíbe realizar contratos temporales.

El reto está en reducir la temporalidad de un sector que supone el 40 % del total y que ha venido conquistando derechos, como el resto de colectivo de interinos, por los fallos de los tribunales de justicia.

De manera paralela, las distintas Comunidades Autónomas han sacado las ofertas de plazas para el proceso de estabilización, lo que Pedro Sánchez dijo de hacer fijos a 67.300 interinos.

Un proceso extraordinario que tendrá que resolverse antes de diciembre del 2024, como en otras disciplinas que también los han puesto en marcha.

Al final el numero de interinos que debe estabilizarse se eleva a 900.000.

PUEDE PROVOCAR MÁS TEMPORALIDAD

Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, ha defendido a sanitarios que encadenaban contratos sin parar. Su visión no es demasiado optimista, desde un punto de vista práctico. “Me preocupa el texto de la ley porque puede generar más temporalidad”.

En la anterior redacción «del artículo 9 del Estatuto del Personal Sanitario, que ahora se rehace, había un solo articulo que se encargaba de regular la contratación temporal. Distonguía entre estatuarios interinos; estatuarios eventuales y estatuarios sustitutos. Ahora los eventuales desaparecen. Hay un artículo, 9 y 9 bis, pero no por ello hay menos causas de temporalidad».

Para este jurista “ahora surge la figura del interino en vacante; interinos por programas, que antes no existía, y los interinos por acumulación de tareas durante nueve meses, Por un lado, se quitan, pero por otros se crean”.

En cuanto a los sustitutos, “que eran por vacaciones, por permiso, pero también incluyen en el servicio de urgencias esta figura para cubrir guardias de personas que estén liberados de hacer guardia por edad. Se crea un nombramiento de guardia para cubrir esa función, donde estará la gente joven con contrarios precarios de tres años”.

“Ahora surge la figura del interino en vacante; interinos por programas, que antes no existía, y los interinos por acumulación de tareas durante nueve meses, Por un lado, se quitan, pero por otros se crean”, afirma Fabián Valero

También señala que el nombramiento de interinidad vacante dura tres años, como dice el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en su artículo 70. Para hacer la convocatoria. «En esos tres años ha de salir dicha convocatoria. Si sale en el año dos, hay que estar pendiente de lo que tarde. Eso hace que el interino pueda estar cuatro, cinco o seis años. Al hacerse la convocatoria en esos tres años no hay derecho a indemnización”.

Valero recuerda que la ley no impide que se cambie de interino cada tres años. “Tampoco lo prohíbe, eso no quita para que cese a uno y promocione a otro. Al final se mueve la temporalidad, pero no se estabiliza de forma notable”.

Otro detalle que destaca de este Real Decreto-ley es que “se pueden hacer distintos nombramientos mientras las causas sean diferentes, Puedo tener una persona con cumulo de tareas nueve meses y después hacer un nombramiento por programa otros tres años. Al ser la causa diferente empieza a encadenar la temporalidad”.

Este jurista opina que se reducirá la temporalidad porque están los procesos de estabilización en marcha correspondiente a la ley 20/2021, “pero luego vamos a volver a lo mismo. Se han creado herramientas nuevas para perpetuar la temporalidad en el sector sanitario”.

Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, es uno de los grandes expertos en la defensa de sanitarios interinos.

UN PRIMER PASO QUE NECESITA CONTROLES EXTERNOS

Por su parte, Francisco Corpas, director jurídico de los servicios jurídicos del Consejo General de Enfermería, cree que el Gobierno «ha confundido a la opinión pública sacando el Real Decreto-ley que reduce la temporalidad desde este viernes con el deseo de hacer fijos a 67.000 sanitarios interinos que van por la Oferta Pública de Empleo de la ley 20/2021”.

Cree que «es positivo acabar con la precariedad pero no es una idea de nuestro Gobierno, sino que viene tras una serie de fallos importantes del Tribunal de Justicia de la Union Europea y de una presión de la Comisión Europea porque hay unos Fondos Europeos en juego”.

Desde esta entidad ya se ha dicho públicamente que “desde este viernes 8 entran los nuevos contratos para evitar la precariedad. El cambio del Estatuto Marco de Sanidad lo tienen que desarrollar ahora las Comunidades Autónomas. Habrá que ver cómo se gestiona en cada una de ellas”.

Corpas afirma que de los tres contratos temporales que existían antes se ha cambiado alguna denominación, “Siguen siendo contratos de interinos con limitaciones mayores. Pero, a ver como se controla eso, que no es tan fácil”.

Francisco Corpas: «Es positivo acabar con la precariedad pero no es una idea de nuestro Gobierno, sino que viene tras una serie de fallos importantes del Tribunal de Justicia de la Union Europea y de una presión de la Comisión Europea porque hay unos Fondos Europeos en juego”

En cuanto al proceso de estabilización convocado en toda España para estabilizar a los interinos de Sanidad, la sensación que hay es que no han salido todas las plazas “es difícil de saber y comprobar. Se tenía que haber hecho un análisis de precariedad en cada Comunidad Autónoma antes de hacer esta estabilización”.

Corpas piensa que «hacer este proceso de consolidación en tres años es muy largo en el tiempo. Hay medios tecnológicos para acortarlo y hacerlo más rápido. Este tipo de problemas deberían resolverse con cierta rapidez. En nuestro caso la bolsa de temporalidad es grande, mas de un tercio del total”:

Corpas concluye que es positivo la normativa que entre en vigor desde este viernes “pero hay que ser diligente y que estas normas se apliquen a la práctica sin demasiados problemas. De ahí que el mecanismo de control de este Real Decreto-ley cuando se convalide en el Congreso se establezca la normativa para adecuada para frenar esta precariedad”.

Francisco Corpas es director jurídico de los servicios jurídicos del Consejo General de Enfermería.

EL PAPEL DE CONTROL DE LOS SINDICATOS

Tomás Toranzo, presidente de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos, por su parte, no cree que hagan faltas medidas de control “pero tenemos que estar vigilantes. Los sindicatos tenemos que hacer la labor de control que nos corresponde y los compañeros denunciar de los abusos que vean en su actividad diaria”.

Este experto recuerda que hay que cambiar muchas normas. “Se mejora el sistema de salud y el funcionamiento de las bolsas de empleo. Es previsible que el primero sea algo más flexible, pero lo importante es mantener la asistencia sanitaria en el momento en el que nos encontramos”.

También señala que la causalización de los contratos es ahora clave de cara a alguna contratación temporal que se permite. Al final se tendrá que contar con un sistema de contratación, ágil y transparente que evite el abuso de temporalidad, manteniendo la asistencia sanitaria.

“Se establece un limite de tres años a los contratos temporales y obliga a que las plazas vacantes se convoquen a concurso oposición todos los años. Si se organiza así, la temporalidad será la imprescindible para mantener operativo el sistema de salud”, afrima Tomás Toranzo

“El Real Decreto-ley, al modificar el Estatuto Marco del personal sanitario, establece las bases de esa nueva contratación que entra en vigor este 8 de julio, pero la estabilización del personal interino va por la ley 20/2021, no debe confundirse”, subraya.

Para Toranzo, «es un paso importante en la reducción de la temporalidad, pero habrá que dar otros. Hay que darse cuenta que el Sistema de Salud tiene que estar operativo todo el año. Lo que era normal que las sustituciones, los contratos por encima de plantilla los que encadenan. Ahora se suprimen”.

Otra cuestión que señala es que “se establece un limite de tres años a los contratos temporales y obliga a que las plazas vacantes se convoquen a concurso oposición todos los años. Si se organiza así, la temporalidad será la imprescindible para mantener operativo el sistema de salud”.

Tomás Toranzo, presidente de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos.

Sobre el proceso de estabilización explica que “ya está en marcha, ahora cada Comunidad Autónoma esta diseñando su convocatoria, tiene que estar publicada antes del 31 de diciembre de este año. A partir de ahí habrá que ver quien se presenta porque no son procesos de estabilización restringidos”.

A su juicio, “esta estabilización podría hacerse más rápido y que no durase tres años. Es posible que haya impugnaciones en los Tribunales, veremos que sucede en el corto y medio plazo. Nosotros en algunas Autonomías hemos recurrido la estabilización porque pensamos que no se sacaron todas las plazas”.

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