El Supremo avala el impuesto sobre viviendas vacías en Cataluña
La Sala de lo Social estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la tutora de una joven de 20 años, representada y asistida por el letrado Miguel Arenas Gómez. Foto: Carlos Berbell/Confilega

El Supremo asimila a una orfandad absoluta el caso de una joven con un progenitor vivo, pero privado de la patria potestad por desinteresarse de ella

Corrige a la Seguridad Social e incrementa el porcentaje de su pensión de orfandad con la de viudedad no reconocida al padre

7 / 10 / 2022 11:54

Actualizado el 07 / 10 / 2022 12:51

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado el recurso de casación de la tutora de una joven de 20 años que reclamaba incrementar su pensión de orfandad, que tenía reconocida como huérfana de madre, atendiendo a que su padre, vivo, fue privado judicialmente de la patria potestad cuando ella tenía 13 años por haberse acreditado que no se había interesado por ella ni cubierto sus necesidades afectivas o económicas en los 9 años anteriores.

El tribunal de la Sala de lo Social entiende que el caso es asimilable al de una pensión de orfandad absoluta a los efectos de incrementar su pensión de orfandad en el porcentaje de la de viudedad no reconocida al padre vivo.

Así, la ha aumentado en un 52% más y cobrará un 72%.

La sentencia, dictada el 7 de septiembre (700/2022), la firman los magistrados Rosa María Virolés Piñol (presidenta), María Luz García Paredes, Juan Molins García-Atance, Ignacio García-Perrote Escartín e Ángel Blasco Pellicer, que ha sido el ponente.

El caso lo ha llevado el abogado Miguel Arenas Gómez, socio del Colectivo Ronda, que está «muy contento por el trasfondo humano de la sentencia», según ha declarado a Confilegal.

«El Supremo reconoce la desprotección de los huérfanos a día de hoy», celebra este letrado y destaca que los magistrados «mandan un claro mensaje al legislador para que regule la pensión de orfandad de forma que proteja efectivamente a los menores».

Miguel Arenas Gómez, especialista en prestaciones de Seguridad Social.

La cuestión examinada por el Supremo consistía en determinar si procedía incrementar el porcentaje de la prestación de orfandad a una beneficiaria, huérfana de madre, cuyo padre, que ha sido privado de la patria potestad por no haberse interesado ni cubierto las necesidades de la hija desde hace aproximadamente nueve años, no percibe pensión de viudedad.

La tutora de la demandante solicitó el incremento de la pensión de orfandad por las circunstancias concurrentes, alegando que su situación era equiparable a la de la orfandad absoluta, pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se lo denegó aduciendo que el padre estaba vivo.

En mayo de 2018, el Juzgado de lo Social número 3 de Barcelona estimó su demanda y reconoció a la prestación en la cuantía solicitada. El INSS recurrió la sentencia de instancia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat), que en diciembre de 2018 estimó el recurso de suplicación revocando la resolución recurrida y desestimando la demanda.

El TSJCat razonó que en una interpretación literal y sistemática de las normas aplicables, el acrecimiento de la prestación de orfandad con la pensión de viudedad solo es posible en el caso de que exista una orfandad absoluta que no concurre.

El Tribunal Supremo, por el contrario, estima que el artículo 38.2 del Reglamento de prestaciones de la Seguridad Social contempla, junto a la “orfandad absoluta”, la existencia de “circunstancias análogas” que no son sino situaciones distintas de la orfandad absoluta que provocan un estado de necesidad asimilable. 

“Y, aunque es cierto que la propia norma establece expresamente dos circunstancias análogas: la situación del huérfano cuyo otro progenitor vivo ha sido condenado por violencia de género y, por tanto, no percibe pensión de viudedad, y la del huérfano de un solo progenitor conocido, no resulta difícil llegar a la conclusión de que la existencia de un progenitor vivo que ha sido privado de la patria potestad del huérfano por sentencia firme en razón de la prolongada desatención a las necesidades del hijo, puede constituir una “situación o circunstancia análoga” a las previstas en el precepto que nos ocupa pues al hecho de que no hay quien perciba la pensión de viudedad cuyo acrecimiento se pretende, se une un estado de necesidad derivado de la prolongada y acreditada desatención del padre”, razona el TS.

Para el Alto Tribunal, “la privación de la patria potestad al progenitor no causante de la pensión de orfandad por incumplimiento manifiesto de sus obligaciones con la hija, no estando prevista expresamente en la norma, guarda una absoluta identidad de razón con las dos causas, en las que literalmente no concurre la orfandad absoluta, previstas en el apartado 2 del artículo 38 del Reglamento general de prestaciones de la Seguridad Social, por lo que cabe aplicar a dicha situación que ahora contemplamos la asimilación al supuesto de orfandad absoluta que el aludido precepto establece”.

Además, los magistrados señalan que su interpretación está avalada por las previsiones del artículo 3.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por España, que defiende que debe atenderse el interés superior del niño, y del artículo 24.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que señala que “en todos los actos relativos a los menores llevados a cabo por autoridades públicas o instituciones privadas, el interés superior del menor constituirá una consideración primordial”. 

Noticias relacionadas:

Hacienda se plantea el recurso de casación ante el Supremo por el caso Shakira

El Supremo da la razón a los pilotos de Air Europa: los «pluses» no se pueden ver afectados por la jornada reducida

El «patrón» de un cayuco que llegó a Canarias, condenado por tráfico de migrantes, aunque él también era inmigrante

El PSOE busca querellarse contra Aldama por injurias y calumnias tras sus declaraciones en el «caso Koldo»

Opinión | Doctrina del TS tras el caso Obadal. Fijeza para «aprobados sin plaza», doble indemnización por abuso y sanciones

El Supremo solicita a la Eurocámara que levante la inmunidad a Alvise por el presunto acoso a dos eurodiputados

Lo último en Mundo Judicial

Arnaldo

Enrique Arnaldo alerta en Brasil del avance de las presiones sobre la independencia judicial: “Sin jueces libres, la democracia se debilita”

Apoyo Aurora Angulo

El Pleno del CGPJ otorga el amparo a la magistrada del caso Juana Rivas y alerta contra las campañas de presión mediática sobre el Poder Judicial

Audiencia Nacional

El CGPJ otorga a la Audiencia Nacional el premio «Justicia más transparente» por la creación de la mesa de lo Social

Granada

Los presidentes de los Tribunales de Instancia advierten: «La desorganización se ha trasladado a la generalidad de los tribunales»

Isabel Perelló

Perelló defiende la independencia judicial y advierte: «No hay Estado de Derecho sin jueces independientes»