El Supremo confirma la condena a dos guardias civiles que fueron pillados comprando droga en la Cañada Real

26 / 10 / 2022 12:20

Actualizado el 26 / 10 / 2022 12:21

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de dos y un año de suspensión de empleo para dos guardias civiles que fueron pillados por la Policía Municipal comprando droga. Uno de ellos dio positivo en el test de drogas y alcohol y, el otro, sólo en alcohol.

La sentencia, 92/2022, con fecha 19 de octubre de 2020, ha sido dictada por Jacobo Barja de Quiroga López, Clara Martínez de Caraega y García, José Alberto Fernández Rodera (ponente), Fernando Marín Castán y Ricardo Cuesta del Castillo.

Ambos guardias civiles estaban acusados de cometer una “falta muy grave de abuso de atribuciones que cause grave daño a los ciudadanos o a la Administración», prevista y sancionada en los artículos 7.7 y 11.1 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.

Los hechos se remontan a enero de 2019. Varios dispositivos de la Policía Municipal de Madrid que se encontraban prestando servicio de seguridad ciudadana en la Cañada Real detectaron la entrada de un vehículo blanco hacia el interior del poblado. Por este motivo, los agentes decidieron realizar un seguimiento discreto del vehículo.

Los agentes de la Policía Municipal observaron, tras la indicación de un “machaca” (término que en el argot policial se emplea para referirse a la persona que se ocupa de la vigilancia de las inmediaciones de un recinto dedicado al tráfico de drogas), cómo un conductor y el pasajero se apeaban del coche y entraban a una chabola sospechosa que se empleaba para tráfico de drogas y consumo.

La Policía Municipal dio el alto al vehículo

Tras abandonar la chabola y reemprender la marcha, el dispositivo policial procedió a interceptar el vehículo para identificar a sus pasajeros. En esos momentos, descubrieron que el coche era conducido por dos guardias civiles del municipio madrileño de Tres Cantos que estaban fuera de servicio. En él también se encontraba un ciudadano rumano.

Uno de los guardias civiles se identificó como componente del cuerpo y mostró tanto su tarjeta de identificación personal como su placa, explicándole al policía municipal que estaban trabajando. Por lo que temiendo inferir en alguna investigación policial en curso, les permitió continuar su marcha.

Pero los agentes policiales seguían teniendo sospechas de lo que habían presenciado, por lo que reanudaron su seguimiento. Por ello, solicitaron a sus compañeros a través de la emisora que comprobasen la matricula del vehículo para confirmar que se trataba de un coche oficial, pero se corroboró que era particular.

Ante ello, teniendo dudas de que realmente fueran miembros de Benemérito Instituto, solicitaron apoyo para volver a detener de nuevo el vehículo, pero los guardias civiles les volvieron a reiterar que estaban trabajando. Un policía municipal le rebatió el hecho al considerar irrazonable estar de servicio empleando un vehículo particular y más, acompañados de un ciudadano.

Cachearon a los guardias civiles y encontraron droga

Los agentes municipales cachearon a los ocupantes del vehículo y encontró a uno de los policías con “una bolsita con una sustancia que pudiera ser un estupefaciente en forma de roca”. En esos momentos, pidió disculpas a los policías municipales y mostró su arrepentimiento, pero el otro guardia civil criticó “de manera alterada” la forma de proceder.

Por lo que dada la condición de guardias civiles, de la sustancia aprehendida y de tener síntomas de haber bebido alcohol de uno de ellos, que tenía pupilas dilatadas, se reclamó la presencia de un equipo de atestados para someterle, como conductor del vehículo, a un test de alcoholemia y drogas.

Uno de ellos, el conductor, dio positivo en alcohol, superando la tasa permitida en 0.36 mg/l y positivo en cocaína. En cambio, el otro guardia civil, dio negativo en drogas pero positivo en alcohol, 0.23 mg/l.

Por estos hechos, el 27 de enero de 2022, el Tribunal Militar Central desestimó el recurso interpuesto contra la resolución dictada por la ministra de Defensa el 12 de marzo de 2021 y la directora general de la Guardia Civil, de 15 de noviembre en el que se sancionaba al guardia civil conductor con dos años de suspensión de empleo y al acompañante con uno, perdiendo ambos su destino.

El Supremo considera que hay pruebas suficientes para confirmar los hechos

Al no estar conformes con la decisión, ambos guardias civiles presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El recurso se basa, en síntesis, en la vulneración del artículo 65 de la Ley Orgánica 12/2007 (caducidad) en relación con el artículo 24.1 y 2 de la Constitución, (tutela judicial efectiva e indefensión); en la vulneración del artículo 24.1 y 2 de la ley de leyes (derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, derecho de defensa, principio acusatorio e indefensión); en la vulneración del artículo 24.1 y 2 de la Constitución (presunción de inocencia); y en, finalmente, conculcación del mismo precepto por falta de proporcionalidad y dilaciones indebidas.

Pero los argumentos no han convencido al Alto Tribunal al considerar que «se ha valorado un completo abanico probatorio, sólido y acomodado en su plasmación al canon constitucional, con una ponderación exhaustiva, lógica y racional» en orden «a la inexistencia de indefensión alguna». Por lo que ha desestimado el recurso.

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