La Fiscalía pide 31 años de cárcel para Sito Miñanco y casi 10 para el abogado Gonzalo Boye
Solicita también que se imponga una multa de al menos 2,7 millones de euros para Boye (a la izquierda) y de más de 950 millones de euros para Sito Miñanco (a la derecha).

La Fiscalía pide 31 años de cárcel para Sito Miñanco y casi 10 para el abogado Gonzalo Boye

|
29/11/2022 13:12
|
Actualizado: 29/11/2022 13:12
|

La Fiscalía Especial Antidroga pide 31 años y medio de prisión para José Ramón Prado Bugallo, más conocido como ‘Sito Miñanco’, y 9 años y 9 meses de cárcel para el abogado Gonzalo Boye -letrado, entre otros, del expresidente catalán Carles Puigdemont y del histórico dirigente de ETA José Antonio Urrutikoetxea, alias ‘Josu Ternera’,- por la ‘Operación Mito’.

Ayer presentó su escrito de acusaciones ante el Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional, que el pasado 18 de noviembre envió a ambos a juicio por su presunta implicación en la misma.

Además de las penas de cárcel, ha solicitado una multa de al menos 2,7 millones de euros para Boye y de más de 950 millones de euros para Prado Bugallo.

El Ministerio Público dirige la acusación contra más de 50 personas, a los que imputa ser miembros de la organización que Sito Miñanco dirigía, incluidas distintas sociedades, por supuestos delitos contra la salud pública y de blanqueo de capitales, entre otros.

Entre ellos se encuentran Luis Enrique García Arango, considerado mano derecha de Sito Miñanco, conocido como ‘el viejito’ y Juan Antonio Fernández Fernández, alias ‘Nuria’, a quien Prado Bugallo confiaba también los «pormenores de las distintas operaciones criminales», para los que pide 22 años de prisión.

LOS HECHOS

El representante del Ministerio Público explica en su escrito, de 179 páginas, que entre 2016 y 2018, pese a que Sito Miñanco se encontraba cumpliendo condena en el centro penitenciario de Algeciras (Cádiz), su actividad principal continuaba siendo la introducción y distribución de sustancia estupefaciente en España por cuanto mantenía sus contactos y la confianza de las organizaciones suministradoras de la droga en Suramérica y disponía de la logística material para ese fin.

De acuerdo a la Fiscalía, con el propósito de introducir y distribuir la droga también contaba con la infraestructura personal necesaria, una pléyade de individuos que, en muchos casos, ya habían acumulado una experiencia criminal significativa en el negocio del narcotráfico, dispuestos a participar en estas operaciones ejecutando de forma casi reverencial cualquier actividad que él demandara.

Según expone, sus colaboradores de máxima eran García Arango y Fernández Fernández, ambos condenados junto a Prado Bugallo por narcotráfico en la misma sentencia de 16 de febrero de 2006.

Con ese propósito, prosigue el Ministerio Público, Sito Miñanco disponía, además, de la infraestructura material a través de distintos inmuebles y numerosos vehículos que utilizaban indistintamente para evitar ser detectados por la policía.

La Fiscalía detalla que entre los enclaves determinantes para preparar estas operaciones criminales destacaban la sede de los Astilleros Facho, propiedad de Sito, un domicilio en Bayona (Vigo) como núcleo para facilitar las comunicaciones durante la operación de narcotráfico, un inmueble en Rial, en Vilagarcía de Arousa (Cambados), que amparaba los encuentros de Prado Bugallo con los miembros de su organización de forma segura cuando se desplazaba a Galicia.

También cita un inmueble de seguridad en Benalmádena (Málaga), una nave en Collado Mediano (Madrid) que era sede de la mercantil Complutun Seguridad Internacional, «a través de la cual se ocultaba el dinero producto de la droga», o el concesionario Mercedes Costa Sol, en Marbella, que «brindaba sus servicios a Sito Miñanco, tanto para facilitarle el uso de vehículos como para distribuir la droga y ocultar los beneficios de su venta».

La Fiscalía destaca que fruto de la investigación realizada, se identificó dos operaciones concretas a través de las cuales Sito Miñanco y el entramado que lideraba pretendía introducir enormes cantidades de cocaína en España. Estas dos operaciones de gran envergadura por los recursos utilizados y la cantidad de droga aprehendida fueron las correspondientes al buque Thoran, abordado en octubre de 2017 cuando transportaba 3,3 toneladas de cocaína, con la detención de sus siete tripulantes, y la aprehensión de un contenedor de cocaína en Holanda que ocultaba 615 kilos de la misma sustancia en noviembre del mismo año.

El Ministerio Público sostiene que estas dos operaciones fueron el resultado de un sinfín de preparativos orquestados por Sito Miñanco, encaminados a materializar éstas y otras iniciativas criminales que se desarrollaban incesantemente y de forma paralela.

Según expone, pese al indudable revés que representaron para la organización de Sito Miñanco las dos aprehensiones de droga en octubre y noviembre de 2017, evidenciando una determinación criminal inquebrantable, continuó manteniendo distintos canales abiertos para perseverar en las operaciones de introducción de sustancia estupefaciente en España, al mismo tiempo que se implicaba personalmente en distintos desplazamientos para recoger y transportar el dinero procedente de otras organizaciones, que permitiera cofinanciar todas las operaciones de introducción de narcotráfico que continuaba preparando.

Y añade que al mismo tiempo que dirigía todas estas operaciones para introducir la droga en España, con el propósito de ocultar los beneficios obtenidos como consecuencia de su distribución y venta, Ramón Prado disponía de la infraestructura encaminada a la posterior recogida y almacenamiento de los beneficios, así como a su ulterior ocultación, introduciéndolos a través de distintos sistemas en el mercado financiero para enmascarar su origen ilícito.

La Fiscalía recuerda que con posterioridad a estos hechos, Prado Bugallo ha sido condenado por un delito de blanqueo de capitales, en virtud de sentencia de 30 de enero de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra.

OCULTACIÓN DE BENEFICIOS

El representante del Ministerio Público explica que para favorecer la ocultación de estos beneficios, Sito Miñanco disponía de un entramado societario constituido por empresas de las que él era en última instancia el titular efectivo como Astilleros Facho o la Inmobiliaria San Saturnino, y también de los servicios que le ofrecían empresas de terceros, como Mercedes Costa Sol o Complutun Seguridad Internacional, entre otras.

La Fiscalía también destaca que junto a esta amalgama societaria, Sito Miñanco, a través de su persona de confianza, García Arango, orquestó, de forma simultánea a los preparativos para introducir cocaína en España, innumerables transportes de dinero, bien a través de los propios miembros de su organización, como una actividad instrumental para alimentar los ingresos de sus empresas y ocultar así el origen del dinero, bien a través de individuos coordinados por Manuel Puentes Saavedra con el fin último de ocultar el dinero en Colombia, haciendo uso de correos humanos.

Entre estos transportes de efectivo, el 21 de diciembre de 2017, Sito Miñanco requirió la colaboración de una de sus personas de máxima confianza, Fernández Fernández porque la cantidad de dinero a transportar rondaba el millón ochocientos mil euros.

Y apunta que como quiera que el vehículo en cuya caleta transportaba el dinero tuvo un accidente en Portugal, Sito Miñanco desplegó a distintos miembros de su organización para recuperar el vehículo siniestrado, transportarlo a un inmueble de seguridad en Bayona y rescatar así el dinero, operación que se desarrolló con éxito los días siguientes.

Respecto a los transportes de dinero para ocultarlo en Colombia, la Fiscalía indica que García Arango se había coordinado con Puentes Saavedra para efectuar distintas entregas de dinero, con importantes medidas de seguridad, haciendo uso de vehículos en función de lanzadera, hasta su ulterior ocultación en Colombia empleando a correos humanos que disimulaban el dinero en dobles fondos en sus maletas.

En este contexto, el 6 de febrero de 2017, «González Rubio y otros cinco investigados fueron detenidos en el aeropuerto de Barajas cuando transportaban ocultos 889.620 euros».

La Fiscalía relata que ante esta aprehensión, García Arango y Puentes Saavedra comenzaron desde ese mismo día a acometer las acciones necesarias para recuperar el dinero, que pertenecía a Sito Miñanco.

LOS CONTRATOS DE BOYE

También según la Fiscalía, con el propósito de acreditar el origen lícito del dinero intervenido, dirigidos y asesorados por Gonzalo Boye, que en ese momento era el abogado de Sito Miñanco en otro procedimiento, con la colaboración de otros abogados como Moran Castro y Guerra Medina, «confeccionaron unos contratos de compraventa de unas letras de cambio de acuerdo con los cuales, González Rubio las habría vendido a terceros unos días antes de la aprehensión del dinero».

El Ministerio Público subraya que el pretendido negocio no presentaba lógica comercial alguna por cuanto que, en muchos casos, los préstamos que habían dado origen a las letras estaban incluso cancelados porque se había satisfecho la deuda en la fecha en que supuestamente González Rubio había realizado las ventas.

La Fiscalía Antidroga subraya en el escrito de acusación cómo el Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales, al desestimar las alegaciones del abogado Boye, apreció la falta de coherencia de estas operaciones, que las mismas letras se vendían y compraban varias veces por las mismas personas, y cómo dichas letras se habían presentado en un expediente sancionador anterior.

Y afirma que pese a ello, Boye Tuset, junto a García Arango y Puentes Saavedra, los abogados mencionados y otros investigados como Pérez Lago, confeccionó otra documentación adicional presentándola con nuevas alegaciones, sin participarlo a González Rubio, quien supuestamente había vendido dichas letras.

La Fiscalía expone que a pesar de todas estas maniobras urdidas por los investigados, el 17 de octubre de 2017, la Secretaría General del Tesoro dictó una resolución acordando imponer a González Rubio y a cada uno de los demás investigados en sus respectivos expedientes sancionadores una multa como autores de una infracción grave tipificada en la Ley de Prevención del blanqueo de capitales, desestimando así las alegaciones presentadas en atención a la cuantía del movimiento efectuado, la falta de acreditación del origen de los medios de pago, la falta de actividad económica coherente con dichas cantidades y la ocultación del dinero.

Según manifiesta, en el momento de la detención de los investigados se intervino importantes suma de dinero en sus domicilios, más de 375.000 euros en el de Sito Miñanco, documentación relativa a la contabilidad y ocultación del dinero, así como al pago de las acciones realizadas por los investigados para recuperar el dinero intervenido en Barajas.

Asimismo, indica que el 5 de febrero de 2018, en el curso de la detención de González Rubio, éste, con el ánimo de evitar su detención y al mismo tiempo, movido exclusivamente por la intención de acabar con la vida de los agentes, haciendo uso de una pistola HK, calibre 45, disparó al menos en 9 ocasiones a los funcionarios actuantes, quienes repelieron la agresión.

En el intercambio de los disparos, resultaron alcanzados dos agentes, así como González Rubio, «quien únicamente cesó en su acción cuando se acabó la munición del arma con la que disparaba, por lo que es acusado de dos delitos de homicidio en grado de tentativa, lesiones y atentado».

La Fiscalía solicita la disolución de las sociedades utilizadas para el blanqueo y el decomiso y recuperación de bienes incautados y una ingente cantidad de fincas e inmuebles, cuyo importe serán utilizados por el Estado para continuar su plan contra las drogas.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales