El tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo declara nula la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El Supremo anula la convocatoria de ingreso en la Policía Nacional por incumplir la suspensión cautelar de exclusiones sobre lentes intraoculares

El TS suspendió cautelarmente en septiembre de 2021 dos causas de exclusión para el ingreso en la Policía Nacional: la que no admite las lentes intraoculares, recogida en los puntos 2 y 10 del Anexo del Real Decreto del 11 de mayo de aquel año

1 / 12 / 2022 13:04

Actualizado el 01 / 12 / 2022 13:24

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El Tribunal Supremo (TS) ha declarado nula la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía al incumplir la medida cautelar que estableció en septiembre de 2021, cuando suspendió la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas.

Así lo ha dictaminado el tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) en un auto fechado a 29 de noviembre, en el que ordena la publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE) e impone las costas a la Administración General del Estado, hasta un máximo de 500 euros por todos los conceptos.

El auto lo firman los magistrados Pablo Lucas Murillo de la Cueva (presidente), Celsa Pico Lorenzo, María del Pilar Teso Gamella, José Luis Requero Ibáñez y Luis María Díez-Picazo Giménez, que ha sido el ponente.

El tribunal considera que la omisión en la convocatoria de la indicación de que dichas exclusiones están suspendidas cautelarmente y que, en consecuencia, no pueden ser legítimamente aplicadas “conduce a que la resolución de convocatoria de la oposición incluya requisitos que no pueden, en este momento, ser exigidos; y en todo caso, provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición”.

La decisión del tribunal responde a un escrito presentado por algunos aspirantes que recurrieron el Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. En el marco de ese recurso es en el que el Supremo acordó la suspensión cautelar de las exclusiones citadas. La resolución de ese recurso está pendiente.

En su resolución, el tribunal rechaza la alegación del abogado del Estado que había presentado un escrito en el que decía que la Dirección General de la Policía había decidido subsanar la resolución impugnada y publicarla en el Boletín Oficial del Estado.

El Supremo contesta que esa justificación “no resulta convincente, puesto que no especifica en qué consiste exactamente la rectificación que dice haber adoptado la Dirección General de la Policía, ni cuáles serían sus efectos”.

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