El TSJM ordena reincorporar a la Escuela Nacional de Policía a un alumno que dio positivo en droga por tomar infusiones de hoja de coca
Los magistrados han relatado que el laboratorio no planteó la posibilidad de que dicho resultado pudiese deberse a causas distintas al del consumo de sustancias de abuso y que, además, hubo fallos en la cadena de custodia.

El TSJM ordena reincorporar a la Escuela Nacional de Policía a un alumno que dio positivo en droga por tomar infusiones de hoja de coca

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31/1/2023 06:52
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Actualizado: 31/1/2023 08:13
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado readmitir al alumno Jorge M. a la Escuela Nacional de Policía, quien dio positivo en drogas tras consumir seis infusiones de mate de coca.

Los magistrados han relatado que el laboratorio no planteó la posibilidad de que dicho resultado pudiese deberse a causas distintas al del consumo de sustancias de abuso y que, además, hubo fallos en la cadena de custodia.

La sentencia 4/2023 de 13 de enero a la que ha tenido acceso Confilegal ha sido dictada por Elvira Adoración Rodríguez, María Jesús Muriel, Ignacio del Riego, Santiago de Andrés y Miguel Ponte.

El recurrente participó en el proceso selectivo para cubrir, por oposición libre, plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía convocado el 11 de abril de 2018.

Tras superar la fase de oposición, Jorge M. se incorporó al curso de Formación en la Escuela Nacional de Policía el 9 de septiembre.

Con fecha 4 de noviembre de 2019, el personal sanitario realizó una toma de muestras de orina a los alumnos de la 35º promoción de acceso a la Escuela Básica, segunda categoría, de la Policía Nacional para detectar sustancias tóxicas o estupefacientes.

El alumno dio positivo en cocaína y, por ello, fue expulsado por resolución de la Dirección General de la Policía con 20 de Agosto de 2020, que confirmaba la Jefatura de la División de Formación el 20 de febrero de ese mismo año.

Por este motivo, presentó un recurso contencioso-administrativo ante el TSJM de la mano del abogado Antonio Suárez-Valdés.

El letrado relató que que los resultados que arrojaba la analítica eran “claramente incorrectos” ya que se produjo una inexistencia y ruptura total de la cadena de custodia de las muestras tomadas, por lo que alegaron que los valores arrojados no eran fiables.

Seis infusiones de mate de coca

Además, argumentó que el día antes a la prueba, había estado en casa de su madre y que ésta, al padecer depresión crónica, consumía regularmente infusiones de mate de coca como parte de su tratamiento.

Por lo que, al encontrarse mal ese día por estar resfriado, Jorge M. consumió un total de seis sin saber de qué estaban compuestas. Pues tuvo conocimiento de ello cuando se puso a indagar sobre las posibles causas del positivo resultante, y fue cuando su progenitora se lo dijo.

Su abogado defendió que los resultados de la analítica realizada eran completamente compatibles con la ingesta de seis infusiones de mate de hoja de coca por lo que solicitó su readmisión a la Escuela Nacional de Policía para poder llevar a cabo su formación y, en caso de superarlos, ser nombrado miembro de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).

Por otro lado, la Administración solicitó la desestimación de la demanda al considerar que el recurrente podría haber solicitado un contraanálisis de la muestra de orina que se le tomó.

Cadena de custodia

Respecto a la cadena de custodia, los magistrados han explicado que en el expediente no hay una firma que justifique la identificación de los tubos. Pues, en el momento de efectuar la prueba, sólo se le entregó la hoja del consentimiento, pero no la etiqueta identificativa. Por lo que, según han apuntado, «se pegaría a posteriori».

Por otro lado, han señalado que tampoco existe constancia de quién es la persona del laboratorio o del Cuerpo Nacional de Policía que recibe las muestras y garantiza el inicio de la cadena de custodia.

En cuanto a que el resultado fue positivo por el consumo de las infusiones, el TSJM ha dejado constancia de que el alumno sí que acreditó que su madre padecía de depresión crónica y que parte del tratamiento para vencer a dicha enfermedad de salud mental era las hojas de mate de coca, que son «perfectamente legales en España».

El informe del laboratorio no da opción a otras posibilidades

Y es que el “informe emitido por el laboratorio se limita a reflejar lo resultados de una analítica de orina, sin plantearse siquiera la posibilidad de que los resultados obtenidos pudieran deberse a causas distintas del consumo de droga de abuso, en concreto cocaína, sino a otras causas como pudiera ser el consumo de infusión de mate de coca”.

Por ello han calificado que las resoluciones de expulsión son contrarias a derecho ya que, frente a lo afirmado por la Administración, «no existía evidencia del consumo por parte del hoy recurrente de drogas de abuso, en concreto, cocaína».

Suárez-Valdés ha explicado a Confilegal que esta situación se da en concreto en la Policía Nacional.

Algo que ha calificado de “muy sorprendente” porque son “quienes tienen que garantizar el mantenimiento de la legalidad en España” y, de esta forma, están vulnerando sistemáticamente a nivel interno los derechos constitucionales sus agentes.

Lo que es relevante jurídicamente es que ha quedado acreditado que el CNP cuando somete a sus agentes a pruebas de detección de sustancias estupefacientes no están cumpliendo con las cadenas de custodia que se exigen para cualquier analítica de cualquier delincuente de la calle.

Y es que a los militares y guardias civiles, les hacen firmar las pegatinas con unas numeraciones antes de empezar y dichos adhesivos las pega el propio interesado en sus tubos.

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