Bruce Willis podrá seguir «haciendo películas», a pesar de su demencia frontotemporal, gracias a los «deepfake» y es legal
Esta no es la interpretación de Bruce Willis en un comercial ruso, sino la de un actor a quien la compañía Deepcake le superpuso el rostro del actor norteamericano mediante tecnología de inteligencia artificial.

Bruce Willis podrá seguir «haciendo películas», a pesar de su demencia frontotemporal, gracias a los «deepfake» y es legal

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30/3/2023 06:48
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Actualizado: 30/3/2023 11:26
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El actor Bruce Willis volvió a aparecer en las pantallas después de haber anunciado que se retiraba debido a un diagnóstico de afasia y demencia frontotemporal que le impedía seguir interpretando nuevos papeles ante las cámaras.

Esta vez vuelve a encarnar a un héroe de acción en el comercial de la compañía de telecomunicaciones rusa MegaFon, pero no porque se haya recuperado de su condición: su cara ha sido superpuesta en el rostro de otro actor gracias a la tecnología ‘deepfake’, que permite que siga figurando en productos audiovisuales sin su presencia física.

Esta tecnología hace uso de algoritmos, ‘deep learning’ e inteligencia artificial para simular imágenes tanto fijas como en movimiento de rostros que pueden pertenecer a personas inventadas o reales, como el actor estadounidense, que cumplió 68 años en marzo.

«Para mí, es una gran oportunidad para regresar en el tiempo», afirmó Willis sobre su experiencia con el estudio Deepcake, que ofrece la creación de «gemelos digitales» y aclara que «no [compran] los derechos al uso de su rostro».

Según Agustín Alguacil, abogado especialista en nuevas tecnologías y propiedad intelectual e industrial en Elzaburu, esta tecnología «genera imágenes artificiales al entrenarse con miles de fotografías, aprendiendo y reproduciendo patrones».

«Suele obtener buenos resultados con las personas famosas, pero es más difícil lograr lo mismo con personas más anónimas o que no publiquen tanto su imagen», señala.

En España, estos casos se regulan con la Ley Orgánica 01/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, igual que cualquier aparición en proyectos audiovisuales.

Bajo esta ley, la autorización de la imagen de Willis, incapacitado legalmente a causa de su enfermedad, tendría que correr a cargo de un representante legal bajo la legislación española. Sin embargo, este tendría que comunicarlo al Ministerio Fiscal, que podría oponerse si considera que el uso de la imagen es contrario a la buena imagen del interesado, situación en la que tendría que decidir un juez si el representante legal recurre.

Uso comercial del ‘deepfake’

En la película de 2016 «El congreso», Robin Wright interpreta a una actriz que cede por completo su imagen a un estudio para que este pueda usarla en películas sin que ella pueda decidir el tipo de contenido que producen. Este escenario no está contemplado por la legislación actual, como explica Alguacil, ya que el interesado se puede revocar la autorización en cualquier momento, aunque los interesados tienen que responder por los daños y perjuicios que resulten de esta decisión si estaba sujeto a un contrato.

En este sentido, los contratos marcan una autorización expresa por parte de quien figura en la producción o cedería su imagen para que se reprodujera. Así, el documento «regula las condiciones y el propósito concreto del uso de la imagen, estipula el uso de la imagen en un contexto y condiciones» específicas y hasta «la cuantificación del daño en caso de resolución del contrato», dice Alguacil. «Puede especificarse la autorización con un alcance más amplio, pero es más difícil que se le dé un uso inadecuado porque puede siempre se puede revocar la autorización», dice.

Los ‘deepfake’ de uso comercial se consideran una intromisión ilegítima si no se autoriza su uso, pero también se les puede dar un uso que da lugar a un delito de injurias, como que se use para vídeos pornográficos o con declaraciones o testimonios que no ha hecho la persona cuyo rostro figura en estos productos.

«Si no es real, pero crea la apariencia de falsa veracidad sin revelar que es una manipulación, puede constituir una injuria, además de un daño al honor», explica Eloy José López Belda, abogado experto en derecho del entretenimiento. Sin embargo, las parodias están exentas de esta protección si se trata de un personaje público. «Poco hay que reclamar si deja claro que no es real y no daña el honor», afirma López.

Una futura normativa para tomar en cuenta en este sentido es la propuesta de reglamento de la inteligencia artificial de la Unión Europea. Una de las disposiciones tendrá que ver con lo que Alguacil llama «la transparencia de la inteligencia artificial», que «no debe inducir a error y debe hacerse constar que se trata de una imagen artificial».

La imagen de personas fallecidas

El caso de Willis puede compararse con el de Peter Cushing, renombrado actor cuya muerte en 1994 no le impidió aparecer en la película «Star Wars: Episodio VII – El despertar de la Fuerza» haciendo el mismo papel que en el primer filme de la franquicia, estrenada en 1977. Análogo en España es el comercial de la bailaora y cantante Lola Flores, cuya faz se pudieron apreciar en un comercial de Cruzcampo. En ambos casos se usó tecnología ‘deepfake’ para replicar sus apariencias y voces.

«Cuando el artista ha fallecido, la protección del derecho al honor y a la propia imagen a la propia persona desaparece, pero lo sustituye el derecho a la memoria de la imagen, una capacidad que ostentan aquellos a quienes el difunto designe en su testamento, sus herederos o parientes supervivientes o, en última instancia, el Ministerio Fiscal, aunque, en este último caso, lo ejercerán hasta que pasen 80 años desde la muerte», señala López. «La ley prolonga el derecho mientras alguien lo proteja», dice.

También destaca la diferencia entre el derecho a la imagen, intimidad y honor y la comercialización de un nombre o marca, con el caso de Salvador Dalí como ejemplo por antonomasia, ya que cedió el uso de su imagen y marca comercial al Estado como heredero universal . «La Fundación Gala-Salvador Dalí interpuso una demanda por el uso de la imagen del pintor en una página web, pero el Tribunal Supremo consideró que su competencia era la defensa de su obra y memoria, pero no la explotación de su marca», dice.

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