El Supremo confirma 6 meses de cárcel para un cardiólogo por intentar grabar a una médico residente en la ducha
Los hechos ocurrieron en 2019 durante una guardia en el hospital Clínico Universitario de Valencia.

El Supremo confirma 6 meses de cárcel para un cardiólogo por intentar grabar a una médico residente en la ducha

31 / 03 / 2023 14:22

Actualizado el 31 / 03 / 2023 21:22

La Sala de lo Penal ha confirmado la condena a 6 meses de prisión y multa de 3.600 euros por un delito contra la intimidad en grado de tentativa a un cardiólogo de un hospital de Valencia que colocó un teléfono móvil en la rejilla de un aseo con la intención de grabar a una médico residente mientras se duchaba.

La sentencia 220/2023 de 23 de marzo ha sido dictada por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo del Arco, Carmen Lamela Díaz, Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García.

Los hechos ocurrieron en 2019 durante una guardia en el hospital Clínico Universitario de Valencia. El cardiólogo preguntó a una médico residente si iba a ducharse en el baño de uso común por el personal sanitario y la joven dijo que sí.

El médico le pidió que, antes de que se duchase, le dejase entrar a él primero. En esos momentos instaló un teléfono detrás de una rejilla de ventilación con el objetivo de grabar a las personas que usasen el aseo. Para que no le pillaran tapó las partes mas brillantes del móvil con tinta negra, papel y cartón.

Cuando salió del aseo, donde estuvo unos quince minutos, le dijo a la médico residente que ya podía entrar. Pero la residente no se fiaba de él y por comentarios anteriores que había escuchado, decidió examinar el baño y descubrió el teléfono.

Reconoció que había puesto el teléfono a grabar

Tras el descubrimiento, delante de la jefa de guardia y del personal de seguridad del hospital, el acusado reconoció que el aparato era suyo y quiso quitar importancia a su acción diciendo que era una tontería y una chiquillada. Además, le pidió a la joven que no le denunciara.

La policía requisó el teléfono, pero éste no pudo ser examinado pericialmente porque estaba bloqueado y las claves que dio no eran las correctas.

La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la dictada por la Audiencia Provincial de Valencia por estos hechos.

Dijo que era para descubrir quién le había robado colonia

En su recurso, combatía su condena como autor de un delito contra la intimidad y argumentaba que su intención no era grabar a nadie en la ducha, sino que quería comprobar que podían captarse imágenes de la repisa del lavabo y, de ese modo, descubrir a quien, días antes, había sustraído de dicho lugar un fonendo y un frasco de colonia.

La Sala responde que de los hechos probados se deduce que el condenado “urdió un plan con la finalidad de lesionar la intimidad” de la médico residente y añade que “la lógica y razonable concomitancia de los hechos conduce, sin dificultad alguna, a la conclusión alcanzada: que el hoy recurrente pretendía captar imágenes la residente mientras se duchaba».

En este caso -precisa el tribunal- la sentencia recurrida analiza con detalle la explicación ofrecida por el recurrente, descartando que pueda ser atendida, y señala que, además de “la ausencia de acreditación” de que el recurrente sufriera la sustracción de sus pertenencias días antes de que colocara el teléfono en la rejilla del baño, “resulta imposible identificar relación posible de utilidad entre dicha colocación y el fin que, se afirma, perseguía con ello: identificar a la persona responsable de la afirmada sustracción”.

Por ello, concluye que la introducción por el médico condenado de una hipótesis alternativa adquiere un mero valor dialéctico que, en modo alguno, debilita la altísima probabilidad de la que goza la inferencia alcanzada por el tribunal de instancia.

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