El TSJ de Extremadura absuelve a un policía acusado de matar de un disparo a un preso fugado
El TSJ apunta que no se podía exigir al agente que colocase el seguro al arma entre cada disparo que realizaba al aire con fines intimidatorios y sin apuntar al fugado.

El TSJ de Extremadura absuelve a un policía acusado de matar de un disparo a un preso fugado

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03/5/2023 12:45
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Actualizado: 03/5/2023 12:45
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La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha revocado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres que condenaba por homicidio imprudente menos grave a un policía acusado de matar a un preso fugado. En la sentencia, a la que tuvo acceso Confilegal, se absuelve tanto al agente al considerar que cometió una imprudencia leve, así como a la Administración General del Estado de la condena por responsabilidad civil subsidiaria.

De esta manera, anula la obligación del pago de una indemnización de 108.000 euros a los padres y el hermano del fallecido (que hubiera tenido que pagar el Estado en el caso de una insolvencia) y una multa de 15 euros al día durante 6 meses. Al no ser firme, cabe un recurso contra la sentencia ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Los hechos que originaron los procedimientos judiciales ocurrieron el 2 de marzo de 2018, cuando el fallecido, un joven de 24 años con antecedentes de robo con fuerza en las cosas, fue trasladado en calidad de preso preventivo desde el Centro Penitenciario de Cáceres al Palacio de Justicia para cumplir con unas diligencias, llegando alrededor de las 9:48 en un vehículo policial, donde se encontraba custodiado.

El detenido llevaba dos muletas y no había sido esposado en ningún momento durante el trayecto ni al llegar a los estacionamientos del Palacio de Justicia, lo cual aprovechó para empujar con fuerza la puerta del vehículo en el momento en el que uno de los agentes la abría para sacarlo, causando que cayera al suelo. El detenido atacó al policía caído golpeándolo con una muleta, igual que a su compañero, que se había dirigido a ese lado del coche.

Inmediatamente, el detenido subió corriendo la rampa de acceso al estacionamiento, logrando huir antes de que se cerrara completamente la verja de la entrada. En menos de diez minutos se activó un dispositivo policial de búsqueda que incluía a distintos miembros de la Guardia Civil, Policía Nacional y Policía Local, ubicando al fugado dos de ellos, incluyendo al imputado, e iniciaron una persecución.

El policía absuelto realizó varios tiros al aire con un arma de apoyo que no era la reglamentaria de los agentes, y alcanzó al detenido, con el cual forcejeó, pero este logró escapar y tirarle una piedra al agente, impactándolo en la mano, además de que en un momento intenta quitarle el arma.

La sentencia describe que el absuelto resbaló y cayó con el dedo en el gatillo del arma, causando que se disparara una bala que impactó en la espalda del fugado, hiriéndole y causando su muerte en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital San Pedro de Alcántara.

El TSJ apunta que no se podía exigir al agente que colocase el seguro al arma entre cada disparo que realizaba al aire con fines intimidatorios y sin apuntar al fugado, con lo que no actuó de forma imprudente, sino que ajustó la intensidad en el uso del arma a las circunstancias. De esta manera, establece que se rompe la imputabilidad objetiva entre la acción y el resultado el disparo que resultó de la caída del policía.

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