Huelga de funcionarios y sindicatos de Justicia. Foto: Virgilio González/Confilegal.
Desde los sindicatos CSIF, CCOO, UGT y STAJ insisten en que ni este ni ningún juicio se puede celebrar sin la presencia necesaria y obligatoria del personal de Auxilio Judicial. Foto: Virgilio González/Confilegal.

Los sindicatos denuncian a un juez y un letrado del TS por celebrar un juicio sin personal del cuerpo de Auxilio Judicial

17 / 05 / 2023 14:17

Actualizado el 17 / 05 / 2023 15:29

Los sindicatos convocantes de la huelga de funcionarios de la Administración de Justicia han denunciado por vía penal a un juez y un letrado del Tribunal Supremo (TS) por celebrar un juicio permitiendo la suplantación de las funciones del cuerpo de Auxilio Judicial, que no contaba con personal en la Sala de lo Civil, donde ocurrieron los hechos. Según han afirmado fuentes sindicales a Confilegal, esto constituiría una vulneración del derecho a la huelga por suplantar competencias de funcionarios.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), Comisiones Obreras (CCOO), la Unión General de Trabajadores y Trabajadoras (UGT) y el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ) han presentado además escritos a la Secretaría de Gobierno del TS y a la del Ministerio de Justicia, superiores jerárquicos del letrado que habría usurpado las funciones del Auxilio Judicial en un juicio que los sindicatos no consideran un servicio esencial,

Por ello, desde los sindicatos insisten en que ni este ni ningún juicio se puede celebrar sin la presencia necesaria y obligatoria del personal de Auxilio Judicial, que en este caso estaría ejerciendo su derecho a la huelga y llevando a cabo únicamente las actuaciones correspondientes a los servicios esenciales, según la resolución de la Secretaría General de Justicia que fija los servicios mínimos que deben atender los funcionarios.

«Siempre respetamos los servicios mínimos, pero aquí había interés en celebrar un juicio que podría considerarse mediático», critica Vicente Navarro, secretario general de STAJ, que destaca que se han observado situaciones parecidas en las que otras personas ejercen competencias reservadas para el Auxilio Judicial, como llamar a los citados, pedir y verificar sus DNI y servir documentos. La usurpación de funciones está penada con un límite de tres años de prisión, según el artículo 402 del Código Penal.

Navarro apunta que se trata de una «denuncia extraña» al dirigirse a personas que forman parte del TS, aunque afirmó que los sindicatos confían en que desde este órgano «no van a intervenir» en su favor.

«Deberían estudiar cuáles son los servicios mínimos en los que deben participar los funcionarios», recalca, recordando que durante la fase de paros parciales de la huelga «no consideraron al personal de Auxilio para los servicios esenciales hasta que se suspendieron cientos de juicios, entonces ahora sí los incluyen, pero en algunos destinos se los quieren saltar».

También protesta por haber observado que «durante la huelga de los letrados de la Administración de Justicia no eran servicios esenciales algunos de los que sí se consideran como tales en esta».

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