¿Cómo puedo proteger a nivel legal mi videojuego?

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Jesús Caro Revidiego, abogado especializado en propiedad intelectual y nuevas tecnologías en HispColex Servicios Jurídicos, explica cómo debe hacerse esta protección desde un punto de vista legal.

27 / 05 / 2023 06:30

Actualizado el 29 / 05 / 2023 12:14

En España, la industria del videojuego actualmente equivale al 0,11% del PIB español y supone una facturación más de 1.000 millones de euros según la Asociación Española de Videojuegos (AEVI).

Para que nos hagamos una idea, según la AEVI, la industria de los videojuegos en España representa el 14,3% del sector de la edición, el 9,6% del sector de la producción audiovisual (donde también se incluye cine, video, televisión y música), el 3,8% del sector de la programación y tratamiento de datos y el 3,2% del sector de las telecomunicaciones. Y a pesar de todos estos datos, el videojuego no se encuentra reconocido como obra en sí misma en nuestra legislación.

El Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, actualmente no recoge una forma de registrar y proteger el videojuego como una obra en sí misma, pero esto no quiere decir que no esté protegida pues, un videojuego está formado por diferentes piezas u obras sujetas a derechos de autor y a la Propiedad Intelectual.

LA PROTECCIÓN JURÍDICA EN LA INDUSTRIA DE LOS VIDEOJUEGOS

Al tratarse de una obra cultural compleja, el proceso de creación de un videojuego es complicado, suele estar compuesto de varias fases e involucra a distintos perfiles profesionales. Está compuesto por un programa de ordenador o software, además del guión, una serie de elementos gráficos (personajes, escenarios…), bandas sonoras…

En la producción de un videojuego, es común que participen distintos profesionales: diseñadores del juego, diseñadores gráficos, programadores, compositores, guionistas, e incluso «publishers» y personal de marketing, entre otros.

Por ello, cobra especial relevancia la forma de establecer las relaciones entre las diferentes partes que comprenden el desarrollo de un videojuego y definir sus derechos y obligaciones, mediante un contrato (ya sea de colaboración, un contrato de arrendamiento de servicios, un contrato laboral…) que proteja y recoja la relación existente entre los diferentes profesionales que trabajan en el desarrollo del videojuego, así como un acuerdo de confidencialidad que preserve la integridad de la información fundamental para la creación y desarrollo del mismo.

Mediante estos contratos se dota de seguridad a cada una de las personas que intervienen en el desarrollo del videojuego sobre qué obligaciones y derechos tienen cada una, pudiéndose evitar problemas futuros acerca de a quién pertenece cada derecho y, sobre todo, los beneficios económicos obtenidos.

CUANDO UN USUARIO ADQUIERE UN VIDEOJUEGO ESTÁ ADQUIRIENDO UNA LICENCIA DE USO

¿Y la protección frente a terceros y usuarios? Cuando un usuario adquiere nuestro videojuego, ya sea de forma física o mediante una descarga, realmente lo que está adquiriendo es una licencia de uso.

Esto puede adquirir una especial relevancia si la persona que compra el juego, tiene como finalidad la creación de contenidos online utilizando dicho videojuego como herramienta.

Tanto para este tipo de usuarios como para los usuarios finales que solo tengan la intención de jugar de forma privada, es imprescindible un buen desarrollo de qué acciones se permiten con estas licencias de uso.

Otro aspecto a vigilar es en materia de Protección de Datos, ya que es más que posible que el usuario para jugar, previamente tenga que registrarse e introducir sus datos personales, o acceder a través de su usuario en Redes Sociales, lo que también comporta una cesión de datos personales.

Es fundamental informar al jugador con los correspondientes textos legales a la hora de registrarse en el videojuego, así como establecer las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de dichos datos.

Como vemos, son varias las opciones que permiten proteger nuestro videojuego como obra (como obra audiovisual o como obra multimedia, protección del software) y a la vez como proteger el videojuego de cara a los usuarios.

No obstante, dado que nos encontramos ante una industria claramente al alza y con una gran repercusión económica (además de los ingresos que genera también hay que tener en cuenta los más de 9.000 puestos de trabajos que genera de forma directa) es difícil de pensar que no se acabe regulando como obra propia que ampare y proteja a los autores de dichas obras.

Está claro que nos encontramos ante un terreno por explorar y que, más pronto que tarde, deberá ser regulado como obra en sí misma y así dar solución a la dificultad que se encuentran todas las partes inherentes del videojuego (diseño de personajes y escenarios, desarrollo software, etc…), así como a una mayor facilidad para su registro como una obra al completo.

Desde HispaColex Bufete Jurídico, entendemos que la industria del videojuego se consolida cada vez más en nuestro país, siendo cada vez más las empresas que se dedican al desarrollo de videojuego o que invierten sus recursos en este tipo de empresas, por lo que alcanzar una seguridad a la hora de desarrollar, proteger y comercializar nuestro videojuego debe ser un objetivo para todos los involucrados en el sector.

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