El TS desestima el recurso de dos asociaciones judiciales por las vacantes en el Alto Tribunal, AN y TSJs
La Ley, flanqueada por la Justicia, a la izquierda, y el Derecho, a la derecha, coronan la fachada central del Tribunal Supremo, en Madrid, obra de Miguel Blay. La decisión de la Sala de lo Penal sobre la Ley del «sólo sí es sí» va a tener más consecuencias. Foto: Confilegal.

La decisión del Supremo sobre la ley del «sólo sí es sí», que desacreditó a la Fiscalía, puede disparar las rebajas de pena

10 / 06 / 2023 13:04

Actualizado el 13 / 06 / 2023 11:01

El respaldo del Supremo a las rebajas de condena practicadas por las audiencias provinciales tras la entrada en vigor de la conocida como ‘ley del solo sí es sí’ ha abierto la puerta a que se produzcan muchas más, ante la expectativa de que aquellos delincuentes sexuales a los que se les negó la reducción acudan ahora a la Justicia para que les aplique el criterio fijado por el alto tribunal.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) celebró entre el martes y el miércoles un Pleno monográfico para analizar, a través de 29 recursos, si los tribunales inferiores habían aplicado correctamente la ley del ‘solo sí es sí’ en condenas firmes.

La Sala Segunda rechazó, así, la aplicación de la citada disposición, lo que ‘de facto’ supone desacreditar la tesis señalada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que abogó por no mover la pena si era posible imponerla con la nueva ley.

El 1 de junio, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contabilizó que se habían producido 1.127 rebajas de pena y 115 excarcelaciones, pero fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que es probable que estas cifras se disparen de cara a la próxima actualización de datos, el 1 de julio

Hasta ahora, los tribunales habían optado por aplicar rebajas automáticas o mantener las penas antiguas allí donde fuera posible. En términos técnicos, el debate jurídico se situó entre el artículo 2.2 del Código Penal (CP), que recoge el principio de retroactividad a favor de reo, y la disposición transitoria quinta del CP de 1995, que insta a conservar las condenas cuando quepan en la nueva horquilla penal.

HASTA CINCO AÑOS

En primer lugar, apuntan que cabe esperar que aquellos delincuentes sexuales a los que los tribunales negaron la reducción de pena, siguiendo la pauta marcada por el Ministerio Fiscal, recurran ahora para exigir que su caso se revise a la luz de la doctrina fijada por el Supremo.

Además, fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalan que desde que el alto tribunal anunció en abril que en junio celebraría este Pleno monográfico muchos tribunales decidieron «parar máquinas» hasta conocer la posición de la Sala Segunda.

En este sentido, las citadas fuentes creen que podría haber una distorsión en los datos recabados hasta el 1 de junio y que el ‘efecto Supremo’ se notará ya en los del 1 de julio.

Y es que la doctrina alumbrada por el Supremo servirá de guía para las futuras revisiones de condenas firmes por delitos sexuales. Fuentes jurídicas auguran que la Justicia podría tardar hasta cinco años en terminar de ajustar penas.


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