La Audiencia Nacional admite a trámite el recurso del STAJ contra el acuerdo salarial cerrado por el Gobierno y los LAJ
El recurso fue interpuesto por el STAJ ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para este tipo de conflictos. Foto: Confilegal.

La Audiencia Nacional admite a trámite el recurso del STAJ contra el acuerdo salarial cerrado por el Gobierno y los LAJ

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16/6/2023 13:04
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Actualizado: 16/6/2023 13:05
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La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administraivo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ) contra el acuerdo que cerraron el 28 de marzo pasado el Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Ministerio de Justicia con el Comité de Huelga de las tres asociaciones de letrados judiciales (LAJ).

El tribunal, formado por los magistrados José Guerrero Zaplana, Luis Helmuth Moya Meyer, Felipe Fresneda Plaza y María Yolanda de la Fuente Guerrero, estima, en un auto que tiene fecha de 9 de junio, que “un examen detenido de dicha Resolución y de su contenido permite entender que en su impugnación pueden estar en juego derechos como el de la negociación colectiva así como el resto de derechos que se reconocen a los empleados públicos en el Título III del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público».

Y ordena reclamar a la Administración del Estado el Expediente Administrativo el acuerdo que se suscribió con los representantes de los letrados judiciales, componentes del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia, Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia y Asociación Independiente de Letrados de la Administración de Justicia.

De acuerdo con el mencionado Texto Refundido, que remite a la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, son los sindicatos los que tienen reconocida la representación sindical de los trabajadores y los que tienen la capacidad para llegar a acuerdos como el cerrado por Administración y asociaciones de LAJ, las cuales no poseen la naturaleza de sindicato.

Esto es lo que combate el STAJ en su recurso contencioso-administrativo.

«El Comité de Huelga de los LAJ no tiene legitimidad para cerrar ese acuerdo. Una capacidad que solo tienen las representaciones sindicales, a las que la Ley se lo reconoce de forma expresa. Eso es lo que ha reconocido la Audiencia Nacional», explica Vicente Navarro, secretario general del STAJ, el segundo sindicato de funcionarios de la Administración de Justicia. «Nosotros consideramos que ese acuerdo es nulo».

Los dos ministerios y el Comité de Huelga de los LAJ cerraron un acuerdo que contempla una subida de entre 430 y 450 euros brutos por LAJ en tres tramos, y que se completaría el 1 de julio de 2024 y que tenía por objeto formentar su participación en la implantación de los proyectos que el Ministerio de Justicia tenía en marcha hasta que el presidente del Gobierno convocó elecciones generales para el próximo 23 de julio.

Dicha decisión ha provocado que los 62 proyectos de ley en marcha en el Congreso de los Diputados hayan quedado abortados, entre ellos el de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa al que iba ligado el acuerdo con los LAJ.

Las tres asociaciones de letrados judiciales ya advirtieron ayer que si no se materializaba dicho acuerdo en el Consejo de Ministros estudiarían tomar medidas. La huelga de letrados judiciales duró dos meses.

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