La AN procesa por terrorismo al acusado de enviar cartas bomba a Pedro Sánchez, la ministra de Defensa y las embajadas de Ucrania y EEUU
Foto de archivo de agentes de Policía en la Embajada de EEUU en Madrid donde se recibió un paquete bomba, a 1 de diciembre de 2022.

La AN procesa por terrorismo al acusado de enviar cartas bomba a Pedro Sánchez, la ministra de Defensa y las embajadas de Ucrania y EEUU

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20/6/2023 12:55
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Actualizado: 20/6/2023 12:55
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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha procesado por delitos de terrorismo y fabricación y empleo de artefactos explosivos con finalidad terrorista al hombre detenido en Burgos por enviar seis cartas con artefactos explosivos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la ministra de Defensa, Margarita Robles, a las instalaciones de la empresa Instalaza en Zaragoza, a la embajadas de Estados Unidos y Ucrania en Madrid y al centro de satélites de la Base Aérea de Torrejón de Ardoz en noviembre del 2022.

En el auto al que ha tenido acceso Confilegal, con fecha del 20 de junio, el magistrado justifica el cargo de terrorismo por el contexto de la guerra de Ucrania, ya que la elección de los destinatarios evidencia que se trata de la «consecuencia de su apoyo a Ucrania ante la ocupación rusa, como obligar a los poderes públicos de nuestro país a abstenerse del apoyo mostrado a favor de Ucrania frente a la agresión rusa», además de que los artefactos podían estallar y herirlos.

«En el ánimo de dicho procesado está presente tanto el objetivo de alterar la paz pública, transmitiendo el mensaje de que nos encontramos ante unas acciones efectuadas por personas vinculadas a Rusia como represión hacia los intereses de España y Estados Unidos», explica Calama en el auto, recalcando que el envío de los artefactos se puede considerar una acción terrorista a pesar de que no hay indicios de que Pompeyo González Pascual, de 74 años, pertenezca a una banda o grupo terrorista o que haya entrado en contacto con alguna.

Ambos delitos se atribuyen en su modalidad agravada por tratarse de acciones dirigidas expresamente  al presidente del Gobierno y a la ministra de Defensa con su nombre y primer apellido, lo cual permite incardinar los hechos en el tipo agravado del párrafo segundo del art. 573 bis del Código Penal, que establece que las penas se impondrán en su mitad superior si los hechos se cometieran contra «los miembros del gobierno».

Calama recoge la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo al indicar que se puede considerar como terrorismo ciertas acciones por la intención y capacidad de alterar gravemente la paz pública, creando en la población una situación de alarma o inseguridad, incluso cuando no se vinculen a una banda organizada preexistente.

Las evidencias

Las pruebas realizadas a las cartas bomba revelaron vestigios de ADN correspondiente a un varón, luego de lo cual se estableció un dispositivo de vigilancia sobre el acusado y se recogió una bolsa de residuos que este depositó en un contenedor. Las pruebas a esta bolsa constataron que «el ADN extraído de los vestigios abandonados por Pompeyo González Pascual coincide con el perfil genético recogido en los sellos y en las diferentes partes internas de los artefactos explosivos», según el auto.

Durante el registro posterior de la casa del acusado se hallaron varillas cilíndricas que pueden corresponder con el tipo de cilindros que alojaban en su interior el pistón incendiario de los explosivos caseros, de taladros con brocas de precisión que podrían haber sido usados para la elaboración de los mismos y de tornillos junto con muelles parecidos al «percutor» diseñado son otros indicios tomados en cuenta para identificar al investigado como autor de los envíos.

Al solicitar información a Amazon sobre las compras realizadas por el investigado, se probó que adquirió un kilo de nitrato potásico puro, cable con mecha, interruptores y filamentos de cobre y bombillas incandescentes entre junio y julio, así como pegatinas adhesivas de 100 x 50 mm, bisagras de 25 x 23 mm, toda clase de tornillería, brocas de precisión y plantillas para dibujar los números y el abecedario entre octubre y noviembre, los cuales se relacionan con la confección de los sobres y cajas que contenían las sustancias explosivas.

El auto también señala indicios de que González Pascual adquirió, entre otras sustancias, clorato potásico, azufre, y pólvora para fabricar los explosivos, además de que introdujo postas de plomo a modo de metralla dentro de los sobres con la intención de incrementar la potencialidad lesiva de la deflagración. También se toma en cuenta el contenido de las páginas web visitadas por el acusado, como los portales de noticias rusos Russia Today y Sputnik, el autodenominado “periódico digital mundial sobre armas en español” www.armas.eswww.quimica.es .

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