Calama cierra la instrucción del caso del Banco Popular sin practicar las diligencias contra Saracho
Emilio Saracho solicitó al magistrado instructor que declararan los funcionarios de la CNMV, autores de unos informes que considera esenciales –lo que aprobó el juez de la causa–, que nunca se han producido.

Calama cierra la instrucción del caso del Banco Popular sin practicar las diligencias contra Saracho

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26/6/2023 06:30
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Actualizado: 26/6/2023 13:18
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El pasado 27 de abril expiró la última prórroga de la causa que el magistrado titular del Juzgado Central de Instrucción 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, tenía abierta sobre el caso del Banco Popular sin que ni Anticorrupción, ni acusaciones particulares ni defensas solicitaran su ampliación por seis meses más.

Una causa en la que figuran como principales investigados los últimos presidentes de la entidad financiera, Ángel Ron y Emilio Saracho.

Hace dos años los representantes legales de este último, dirigieron un escrito al magistrado solicitando que archivara la causa contra Saracho y las otras cuatro personas que lo acompañaron en la aventura del Banco Popular:

Las otras cuatro personas son Carlos González Fernández, consejero y presidente del Comité de Auditoría desde el 20 de febrero de 2017; Antonio González-Adalid García-Sosaya, consejero del Banco Popular desde el 20 de febrero de 2017; Vitalino Nafría Aznar, consejero y vocal Comité de Auditoría y del Comité de Riesgos y Cumplimiento desde el 18 de abril de 2017; e Ignacio Sánchez Asiaín Sanz, consejero delegado desde el 18 de abril de ese año.

El magistrado denegó la petición argumentando que tenía que escuchar a los testigos-peritos autores de los informes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) aportados en la causa.

Era la cuarta petición de esta naturaleza.

Para Saracho, que fue presidente del Banco Popular durante 108 días, sus testimonios son fundamentales porque los funcionarios de la CNMV son conocedores de lo ocurrido con el Banco Popular durante el tiempo que estuvo al mando del timón. Un periodo de tiempo durante el cual la entidad financiera sufrió un súbito «shock» de liquidez que condujo a su desaparición.

Y así lo decidió Calama auto mediante el 8 de abril de 2021, en el que le recordaba «La instrucción de la ‘etapa Saracho’, que dirige este Juzgado, no se limita a determinar si ha existido o no un posible delito de manipulación del mercado sino también a escrutar la gestión interna de la entidad durante su permanencia en la misma, por si pudiera haber incurrido en un delito de administración desleal u otra especie delictiva».

Ahora, dos años y dos meses después el magistrado previsiblemente pasará a la siguiente fase sin haber escuchado los testimonios de estos funcionarios que consideraba esenciales para denegar el archivo provisional solicitado.

Porque sólo quedaba esa diligencia.

Sin embargo, Calama dejó claro que la instrucción respecto a Saracho no iba a finalizar con dichas declaraciones. «Y ello, porque también tendrán que declarar responsables del Mecanismo Único de Supervisión(MUS) bancaria europea; así como del Mecanismo Único de Resolución(MUR), tanto de la JUR como del FROB. Más aún: faltan por practicar otras declaraciones testificales con trascendencia para la posición como investigado del Sr. Saracho».

¿Qué va a pasar ahora? Una de dos, o llama a declarar a los funcionarios de la CNMV y realiza las diligencias que restan, lo que estaría fuera de lugar porque el periodo instructor está fuera de su tiempo. O archiva.

Sea como fuere, por lo que respecta a Saracho, el daño a su reputación ya está hecho. Así lo apuntaban sus abogados.

DAÑOS A SU REPUTACIÓN

“La dimensión de la presente investigación y su deriva hacen correr el riesgo de mantener a 5 personas unidas a una investigación, cuya duración es incierta y que ya se prolonga casi 4 años después de la resolución de la entidad bancaria, con los daños que este proceso ya ha supuesto para estas personas y seguiría suponiendo”, decía el escrito de los abogados.

El procedimiento judicial se centra “en dos cuestiones que son completamente ajenas” a Saracho y a los que fueron sus consejeros: “la financiación de acciones llevada a cabo en la ampliación de capital acometida por la entidad en mayo de 2016 y el presunto déficit de provisiones de la entidad, muy especialmente, en relación con las tasaciones inmobiliarias hechas por el Banco Popular”.

Una ampliación de capital llevada a cabo en 2016 por más de 2.500 millones de euros junto a las operaciones de financiación realizadas a través del entramado Thesan Capital en Luxemburgo.

Y añadían: “Ninguna de las diligencias acordadas (…) guarda relación con el periodo en el que los señores Saracho, González, González-Adalid, Sánchez Asiaín o Nafría trabajaron en el Banco Popular”.

Los letrados recordaban al magistrado Calama que el archivo provisional que solicitaban no limitaba su facultad para modificar su parecer en el futuro pero si que ayudaría “a ‘limpiar’ y ‘ordenar’ las denominadas ‘macrocausas’, al objeto de paliar los perniciosos efectos que estas conllevan”.

De acuerdo con los abogados de Saracho, José María Alonso, Jesús Santos Alonso y Carlos Gómez-Jara Díez, la instrucción está actualmente enfocada en investigar el periodo anterior a la llegada de Saracho a la Presidencia del Banco Popular, cuando ostentaba esa responsabilidad su antecesor, Ángel Ron.

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